Ley de Costas: Protección ambiental, desarrollo sostenible y disfrute del litoral

Por Francisco Cabrera El pasado 9 de mayo el Congreso de los Diputados aprobaba la nueva Ley de Costas. Una Ley llamada a garantizar la protección ambiental y el desarrollo sostenible del litoral de España, atendiendo a la realidad de ...

16 de mayo de 2013 (15:39 CET)
Por Francisco Cabrera
El pasado 9 de mayo el Congreso de los Diputados aprobaba la nueva Ley de Costas. Una Ley llamada a garantizar la protección ambiental y el desarrollo sostenible del litoral de España, atendiendo a la realidad de ...

El pasado 9 de mayo el Congreso de los Diputados aprobaba la nueva Ley de Costas. Una Ley llamada a garantizar la protección ambiental y el desarrollo sostenible del litoral de España, atendiendo a la realidad de nuestras costas; esto es, diferenciando entre tramos urbanos y naturales de las playas y aumentando la protección de las playas vírgenes.

La normativa protege nuestras costas y da seguridad jurídica a las miles de personas que tienen sus propiedades junto al mar, al mismo tiempo que concilia la sostenibilidad ambiental con la actividad turística.

El nuevo marco legal da respuesta a las más de 20.000 peticiones de amparo cursadas ante el Parlamento Europeo por titulares que habían adquirido propiedades y que, pasado el tiempo, podían ser declaradas ilegales. No se trata, de una amnistía, ni de legalizar lo ilegal, pues ya eran legales. Además, los negocios costeros tendrán que cumplir las nuevas exigencias medioambientales para seguir funcionando.

La reforma prohíbe nuevas edificaciones o incremento de lo ya edificado en el litoral, tanto en dominio público marítimo terrestre, como en la zona o franja contigua de servidumbre de protección, incorporando cláusulas para frenar cualquier construcción ilegal antes de que se consolide .

Los núcleos urbanos habitados y consolidados desde antes de 1988 y que afectan mayoritariamente a viviendas sencillas y populares, no a hoteles o empresas, se excluyen del domino público.

Por otro lado, se mantiene la anchura de la servidumbre de protección en 100 metros. Únicamente se especifica cómo se aplica la regla especial de los 20 metros, ya prevista en la Ley de 1988, pero con una importante novedad: se prohíben expresamente nuevas edificaciones en estas áreas. Según establece el nuevo texto, la reducción de la servidumbre sólo se podrá aplicar a núcleos costeros que, antes de 1988, tuvieran un carácter urbano.

Sobre el cambio climático y sus efectos en cuanto a la erosión del litoral, incorpora regulaciones específicas. Así, y siguiendo criterios científicos contrastados, introducirá un régimen específico para los tramos de costa en riesgo de grave regresión. Para dichas áreas se limita la ocupación, y la Administración podrá realizar actuaciones de protección, conservación, restauración y podrá establecer contribuciones especiales a los beneficiarios, otra novedad importante de la normativa.

Un aspecto igualmente destacado de esta reforma es aquel que hace referencia a la prórroga de las concesiones hasta un máximo de 75 años, con lo que se mejora la situación jurídica de los antiguos propietarios de viviendas que la ley del 88 expropió. Durante la concesión y sus prórrogas (hasta los 75 años), se garantizará la adecuada conservación de la costa y, además, se exigirá a los propietarios corresponsabilidad en el mantenimiento del domino público.

Por otra parte, y dado que en ocasiones se están produciendo sin autorización y con cierta permisividad, la Ley de Costas regulará el desarrollo de eventos en nuestras playas. Y se hará estableciendo los requisitos, límites y condiciones en que es posible la ocupación de estos espacios para garantizar su conservación, además esas ocupaciones se restringen a los tramos urbanos.

En definitiva una reforma que con claridad y determinación pretende dar respuesta a una realidad que por, responsabilidad, había que afrontar, y así lo ha hecho el Ministro Arias Cañete.

*Francisco Cabrera García, diputado nacional del PP.

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