Consumo amenaza con sanciones de hasta 100.000 euros a empresas de alquiler turístico por anuncios engañosos

Las empresas estarían ocasionando "lesiones o riesgos para los intereses de consumidores y usuarios de forma generalizada" al anunciarse como una persona particular o varias y tratarse realmente de una empresa

EFE

20 de febrero de 2025 (08:49 WET)
Actualizado el 20 de febrero de 2025 (08:51 WET)
El ministro de Consumo, Pablo Bustinduy, durante una comparecencia en el Senado
El ministro de Consumo, Pablo Bustinduy, durante una comparecencia en el Senado

El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha incoado expedientes sancionadores a empresas que administran viviendas turísticas ante la sospecha de que podrían estar incurriendo en prácticas engañosas y en otras potenciales infracciones de la Ley General para Defensa de Consumidores y Usuarios. 

Según un comunicado emitido este jueves, estos expedientes sancionadores tienen su origen en la investigación puesta en marcha desde el departamento que lidera Pablo Bustinduy el pasado diciembre, a partir de la cual se requirió información a diversas empresas que operan en todo el territorio nacional comercializando cientos de alojamientos turísticos en régimen de alquiler

Los datos recopilados por la Dirección General de Consumo constatarían que estas compañías estarían ocasionando "lesiones o riesgos para los intereses de consumidores y usuarios de forma generalizada" al estar ofreciendo información falsa o que puede inducir a error.

Esto es, por ejemplo, indicar en el anuncio que quien gestiona un alojamiento turístico es una persona particular o varias, cuando en realidad se trata de una empresa. 

El ministerio considera que esto supondría una práctica engañosa susceptible de alterar el comportamiento económico, como define el Artículo 5 de la Ley de Competencia Desleal. 

Según el precepto legal, estas prácticas pueden llegar a calificarse como infracciones graves, con multas de hasta 100.000 euros, cantidad que se puede sobrepasar hasta alcanzar entre cuatro y seis veces el beneficio ilícito que haya obtenido cada empresa por haberlas llevado a cabo. 

Estos nuevos procedimientos se unen al expediente sancionador que Consumo abrió hace dos meses, también en el ámbito de las viviendas turísticas, a una plataforma dedicada al alquiler de este tipo de alojamientos. 

En este caso, el expediente se puso en marcha porque dicha plataforma mantiene miles de anuncios de pisos turísticos que se catalogaron como publicidad ilícita, ante lo que el ministerio solicitó que se retiraran de forma inminente, exigencia que la compañía no acató. 

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