El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) anuló este viernes los acuerdos comerciales de 2019 entre la UE y Marruecos en materia de pesca y de productos agrícolas, y alegó que el pueblo del Sahara Occidental no prestó su consentimiento y que se celebraron vulnerando los principios de autodeterminación y del efecto relativo de los tratados.
No obstante, en el caso del convenio relativo a las medidas de liberalización en materia de productos agrícolas, la corte comunitaria decidió mantenerlo en vigor durante doce meses, habida cuenta de las consecuencias negativas graves para la acción exterior de la Unión que entrañaría su anulación inmediata y por razones de seguridad jurídica.
El TJUE explicó que el consentimiento del pueblo del Sáhara Occidental a la aplicación de los Acuerdos comerciales UE-Marruecos de 2019 en materia de pesca y de productos agrícolas en dicho territorio no autónomo es una condición de validez de las decisiones mediante las cuales el Consejo los aprobó en nombre de la Unión.
El Tribunal reconoce que la Comisión y el Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) llevaron a cabo consultas antes de la adopción de esas decisiones, pero, aclara, "esas consultas no iban dirigidas al pueblo del Sáhara Occidental, sino a las poblaciones que se encuentran actualmente en el territorio, con independencia de si pertenecen o no al pueblo del Sáhara Occidental".
"Al encontrarse en la actualidad una parte considerable de ese pueblo fuera de dicho territorio, esas consultas no podían acreditar que ese pueblo hubiese dado tal consentimiento", concreta.