Por ACN
El Boletín Oficial de Canarias (BOC) del 30 de diciembre de 2005 publicó la Orden por la que se convocan ayudas para paliar los daños que se han registrado en las producciones e infraestructuras agrarias, debidas a los efectos de la tormenta tropical 'Delta', que afectó al Archipiélago durante los días 28 y 29 de noviembre pasado.
Las ayudas, subvenciones y medidas de carácter excepcional que se han acordado para reparar los daños producidos por el paso del 'Delta' cuentan con una dotación presupuestaria de 3.008.822,05 euros, partida presupuestaria con la que se trata de complementar las indemnizaciones de los seguros agrarios y con ello paliar los efectos que se han registrado tanto en la producción como en las infraestructuras. Los fondos podrán ser aumentados con posterioridad en función de las peticiones solicitadas.
Los agricultores y ganaderos afectados por la tormenta podrán acogerse a las ayudas, tramitando la solicitud antes del 30 de enero del presente año, que han de presentar en las dependencias de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación del Gobierno de Canarias, en las Agencias de Extensión Agraria o en cualquiera de las dependencias o formas previstas en los procedimientos administrativos de la Comunidad Autónoma.
Se podrán acoger a las ayudas los agricultores y ganaderos afectados, que pese a tener en vigor la póliza amparadas en el Plan de Seguros Agrarios Combinados para el año 2005, registren pérdidas que no estén cubiertas en dicho plan, así como aquellos que, pese a no haber iniciado en esa fecha la contratación del seguro, sí dispusieran de dicha contratación en campañas anteriores. También se podrán acoger los agricultores y ganaderos que han sufrido pérdidas en producciones no incluidas en el Plan Anual de Seguros Combinados.
La Dirección General de Estructuras Agrarias dictará y modificará las resoluciones que den lugar ante los expedientes presentados y hará público su dictamen antes del 13 de marzo. Se establece asimismo que las ayudas en materia de infraestructura se abonarán de manera fraccionada: el 50 por ciento de su importe en el momento de su concesión y el 50 por ciento restante previa justificación de la reparación del daño, sin que en ningún caso supere el 31 de diciembre de 2006.