Abierto el plazo para presentar la declaración de la renta

Las personas en situación de desempleo que reciban una prestación o quienes perciban el Ingreso Mínimo Vital también tendrán que presentarla

2 de abril de 2025 (10:37 WEST)
Declaración de la Renta. Foto: rtve.es
Declaración de la Renta. Foto: rtve.es

La Agencia Tributaria ha abierto el plazo para presentar la campaña de la declaración de la renta. En concreto, desde este miércoles 2 de abril y hasta el 30 de junio se podrá realizar la declaración de la renta y patrimonio correspondiente al año pasado a través de internet. 

Así pues, entre el 6 de mayo y hasta el 30 de junio, la Agencia Tributaria podrá confeccionar las declaraciones de la renta por teléfono, pero siempre y cuando se haya solicitad cita previa entre el 29 y el 27 de junio.

En este sentido, también podrá acudir a las oficinas de la Agencia Tributaria, entre el 2 de junio y el 30 de junio, para realizar su declaración de forma presencial. Este paso también tendrá que ser con cita previa, habiéndola solicitado entre el 29 de mayo y el 27 de junio.

Para ser atendido por la Agencia Tributaria tanto por teléfono como presencialmente, debe pedir cita previa, por Internet o llamando a los siguientes números de teléfono. Teléfono automático: 915357326 / 901121224 o Servicio de cita para Renta: 915530071 / 901223344.

 

¿Quiénes deben presentarla?

Los contribuyentes que han obtenido rendimientos a partir de 22.000 euros anuales deberán presentar la declaración, si solo han tenido un pagador. Para aquellos que hayan tenido dos pagadores deberán presentarla a partir de 15.876 euros anuales y para los que hayan tenido más de tres, a partir de los 1.500. 

Asimismo, también deberán presentarse los rendimientos íntegros de capital mobiliario y ganancias patrimoniales, por ejemplo, beneficios de acciones, intereses a cuenta, participaciones de instituciones. Todo ello, si supera los 1.600 euros anuales.

Mientras tanto, se tendrán que presentar las rentas inmobiliarias, rendimientos de las letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas cuando el mínimo conjunto sea de 1.000 euros anuales.

Asimismo, todos aquellos ciudadanos que estén en situación de desempleo tendrán que presentar la declaración si cobran y quieren seguir cobrando una prestación. A lo que se suma que quienes perciban el Ingreso Mínimo Vital también tendrá que hacer la declaración.

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