HASTA AHORA SOLO SE HA JUZGADO UNA PEQUEÑA PARTE DE LA CAUSA

El juicio principal de Stratvs arrancará en septiembre, con una petición de 15 años de cárcel para Rosa

La Audiencia ya ha fijado el calendario para celebrar la vista, cuatro años después de que se presentara el escrito de acusación. El juicio durará 22 días y sentará en el banquillo a una decena de políticos y técnicos de Yaiza, del Cabildo y del Gobierno canario

20 de marzo de 2019 (21:56 CET)
El juicio principal de Stratvs arrancará en septiembre, con una petición de 15 años de cárcel para Rosa
El juicio principal de Stratvs arrancará en septiembre, con una petición de 15 años de cárcel para Rosa

El juicio principal del caso Stratvs ya tiene fecha. La Sección Sexta de la Audiencia Provincial ha fijado un calendario de 22 jornadas para celebrar la vista, que comenzará el 17 de septiembre en Arrecife y terminará el 15 de noviembre en Las Palmas de Gran Canaria. La Sala tiene previsto desplazarse a Lanzarote para doce días del juicio, mientras que los otros diez se celebrarán en la sede provincial de la Audiencia.

El escrito de acusación de la Fiscalía, en el que se piden 15 años de cárcel para Juan Francisco Rosa, se presentó hace cuatro años, en marzo de 2015, pero desde entonces  solo se ha juzgado una pequeña parte de la causa, centrada en la concesión de la licencia de actividad a la bodega. Esa pieza se tuvo que separar cuando la ex alcaldesa de Yaiza, Gladys Acuña, pasó a estar aforada al convertirse en parlamentaria regional. En aquel primer juicio, el Tribunal Superior de Justicia de Canarias condenó a ocho de los diez acusados que se sentaron en el banquillo y que habían intervenido en la concesión de esa licencia ilegal -por la que se autorizó la apertura sin verificar siquiera lo que se había construido-, aunque absolvió a Rosa del delito de tráfico de influencias. 

Al respecto, la sentencia señalaba que las llamadas telefónicas que habían sido interceptadas por la UCO, en las que Rosa llamaba al concejal de Urbanismo reclamando esa licencia, "no revelan una presión de entidad suficiente" como para condenarle por tráfico de influencias, que era el único que se le imputaba en esa pieza. Por eso, solo fueron condenados los políticos y los técnicos que intervinieron para concederle ese permiso. Ahora, sin embargo, el empresario se enfrenta a cargos por más de una decena de delitos de los que sería autor directo, incluyendo delitos contra el medio ambiente, contra la ordenación del territorio, contra el patrimonio histórico, de estafa, de falsedad documental y de usurpación, y que son los principales que se investigaron en esta causa.

 

Las administraciones "no pusieron traba alguna a sus desmanes"


En este segundo juicio, junto a Rosa se sentará en el banquillo otra decena de acusados, entre los que se incluyen el arquitecto de la bodega, Miguel Ángel Armas Matallana, y cargos públicos y técnicos del Ayuntamiento de Yaiza, del Cabildo de Lanzarote y del Gobierno de Canarias. En su escrito de acusación, la Fiscalía señala que las administraciones públicas que debían velar por el cumplimiento de la legalidad urbanística y medioambiental "no pusieron traba alguna a los desmanes urbanísticos y especulativos del empresario, ni a su afán de lucro, a costa de atentar gravemente contra el medio ambiente insular en perjuicio de todos los lanzaroteños".

Tal como puso de relieve la instrucción de esta causa, Juan Francisco Rosa pidió licencia para restaurar una vivienda protegida y para construir un almacén-bodega de 900 metros y lo que hizo fue derribar la casa y construir una nueva más grande, levantando a su alrededor un macrocomplejo de 12.000 metros cuadrados en suelo protegido. Así, además de una bodega de grandes dimensiones construyó también una tienda, un restaurante, cocinas, muros y distintas terrazas que no tenían ningún tipo de cobertura legal y donde realizaba todo tipo de eventos pese a carecer de licencia y con la pasividad de las administraciones, hasta que la juez que instruía esta causa, Silvia Muñoz, ordenó el precinto.

Además, la Fiscalía sostiene que incluso la primera licencia que obtuvo, y que nada tenía que ver con lo que terminó construyendo, también era ilegal, a lo que se suma que el suelo donde levantó Stratvs ni siquiera era suyo. De hecho, ha sido ahora, ante la proximidad del juicio, cuando Rosa acaba de comprar los terrenos a las familias que estaban personadas en la causa como perjudicadas, y que ahora se han retirado del procedimiento.

 

"Una ficción continua y premeditada"


En el auto que puso fin a la instrucción de esta causa, la juez instructora señalaba que la construcción de Stratvs se basó en una "ficción continua y premeditada", que empezó desde la solicitud del primer permiso. Para ello utilizaron esa vivienda protegida preexistente, que ni siquiera pertenecía a Rosa. Ahí fue donde entró en escena el arquitecto, Miguel Ángel Armas Matallana, que tenía parte de la titularidad de ese suelo a través de su familia, aunque no eran los únicos dueños (otros titulares eran los que se habían personado como acusación en esta causa). 

Incluso, en la primera solicitud de licencia ni siquiera aparece el nombre de Rosa sino el de la mujer del arquitecto, que fue quien pidió el primer permiso. Después, esa solicitud fue "mutando" - ya que inicialmente solo se planteaba la rehabilitación de la vivienda y después se amplió a "restauración de vivienda y almacén", simulando incluso que también existía una antigua bodega-, y al hacerlo se llegó a "falsificar" la firma de la solicitante, según reconoció en los Juzgados su propio marido. 

Sin embargo, pese a no aparecer el nombre de Rosa, el Gobierno de Canarias le enviaba a él las notificaciones sobre este expediente. Después, una vez obtenido el permiso, lo que se construyó nada tenía que ver siquiera con el proyecto que se había autorizado, y que también sería ilegal según la Fiscalía. Y a todo esto se sumaron otros "datos falsos", incluyendo alteraciones catastrales y un retraso de cuatro años en el plazo que se había fijado para terminar la obra, sin que el Ayuntamiento actuara pese a haber abierto expediente.

Además, tanto el Juzgado como la Fiscalía concluyeron que "se alteró de forma irreversible uno de los elementos más claramente diferenciados de este espacio protegido, como era el Barranco del Obispo, y se excavaron al menos 44.000 metros cúbicos, con la consiguiente extracción de piedra, tierra y rofe, recurso este último no renovable y que forma parte de los elementos a proteger en La Geria".

 

"Grave riesgo" por los vertidos contaminantes


El escrito de acusación del Ministerio Fiscal incluye además otros delitos cometidos presuntamente tras la apertura de la bodega, ya que había informes desde el año 2006 y hasta diciembre de 2008 advirtiendo de que las instalaciones "no cumplían con la normativa en materia de evacuación de aguas residuales". Sin embargo, el Consejo Insular de Aguas dependiente del Cabildo llegó a otorgarle permisos para el sistema de vertidos, pese a que había informes que advertían de la contaminación.

De hecho, la Fiscalía señala incluso que se provocó un "grave riesgo" para el equilibrio del Espacio Protegido e incluso para la salud de las personas, a la vista de los parámetros de contaminación que arrojan los vertidos procedentes de las instalaciones, destacando que únicamente se puso freno a dicha contaminación por parte del Juzgado de Instrucción, al clausurar cautelarmente el complejo ante la permisividad de las autoridades municipales e insulares competentes.

En su escrito de acusación, además de penas de cárcel e importantes multas económicas, la Fiscalía también reclama la demolición del macrocomplejo Stratvs, la clausura definitiva de la actividad, y la nulidad de todas las licencias y permisos que se concedieron, así como de las escrituras públicas e inscripciones registrales practicadas con relación al complejo Stratvs.

En principio, el juicio se celebrará los días 17, 18, 19, 24, 25 y 26 de septiembre y 1, 2, 3, 15, 16 y 17 octubre en Arrecife y los días 8, 9 y 10 de octubre y 5, 6, 7, 12, 13, 14 y 15 de noviembre en Gran Canaria, aunque este calendario aún está sujeto a cambios, en caso de que las partes pongan reparos justificados a alguna de esas fechas.

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