El TSJC da la razón a Inalsa y condena a Teguise a pagar con intereses las facturas no abonadas desde 2002

El Ayuntamiento tendrá que pagar casi dos millones de euros, al sumarse los intereses desde la fecha en la que se emitieron las facturas impagadas

23 de junio de 2021 (12:21 CET)
Actualizado el 23 de junio de 2021 (13:29 CET)
Instalaciones de Inalsa

La sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha resuelto en favor de Inalsa el recurso presentado por la empresa pública de aguas a una sentencia de noviembre de 2020, que condenaba al Ayuntamiento de Teguise a pagar casi 1.5 millones de euros a Inalsa más los intereses moratorios generados desde la interpelación del recurso, esto es, desde abril de 2019, por una deuda generada entre 2002 y 2013, años en los que el Consistorio no pagó por el suministro ni por la tasa de saneamiento.

Citando distinta jurisprudencia, los magistrados del TSJC han fallado, sin embargo, que la mercantil tiene el derecho a cobrar los intereses de demora devengados “desde el preciso momento en el que se emitieron las facturas, algunas de ellas, incluso, desde diciembre de 2001”.

"La cifra a percibir del Ayuntamiento presidido por Oswaldo Betancort se eleva considerablemente casi hasta los dos millones de euros”, señalan desde Inalsa.

Además, subraya que los magistrados "reconocen, implícitamente, el derecho de la mercantil recurrente al pago de la cantidad de 40 euros por cada factura a las que se refiere su reclamación, que no haya sido pagada en el plazo contractual o legalmente establecido".

La presidenta del Cabildo de Lanzarote y del Consejo de Administración de Inalsa, María Dolores Corujo, considera que “es justo que todas y todos cumplamos con las obligaciones contraídas con entidades públicas y privadas, más aún quienes debemos dar ejemplo desde nuestros puestos de responsabilidad”.

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