La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha estimado el recurso de apelación interpuesto por la Fiscalía y por la acusación particular, encabezada por la hija del empresario conejero Antonio González, contra el archivo de la causa por falso testimonio y denuncia falsa que el Alto Tribunal sigue contra el senador autonómico Pedro San Ginés (CC) y ha reabierto la causa.
En el auto dictado el pasado 9 de abril, la Sala Segunda de lo Penal del Supremo defiende que el archivo acordado "se perfila como precipitado" ya que se trata de "una causa precedida por una previa instrucción", que fue "avalada por la Audiencia Provincial de Las Palmas", antes de que San Ginés adquiriera la condición de aforado al ser designado como senador y que "impidió la normal culminación del proceso".
Los hechos se remontan al miércoles 11 de noviembre de 2009 a las 22.30 horas de la noche, cuando San Ginés se personó en el cuartel de la Guardia Civil de Costa Teguise para denunciar a Carlos Espino, Antonio González y a José Manuel Páez por los contratos entre los Centros Turísticos y la empresa de González, Climafrical.
El Alto Tribunal expone que aunque "no existe una absoluta vinculación" entre la denuncia de Pedro San Ginés y la imputación del empresario Antonio González "sí una innegable base indiciaria". Además, añade que estos indicios "distan de poder ser tachados de extravagantes o arbitrarios" y que incluso sustentó su "validación" al dictarse el auto de apertura del juicio oral.
Así pues, el Tribunal aprecia "elementos que inclinan a sostener" que el expresidente sí denunció a Antonio González, ya que cuando acudió "voluntariamente" a la comandancia de la Guardia Civil en plena noche para denunciar "supuestas irregularidades", que señaló a la empresa Climafrical, administrada por el empresario conejero y resaltó la "afiliación política" de Antonio González.
En este sentido, la Sala de lo Penal insiste en que las declaraciones de Pedro San Ginés en sede policial "no se sustentan en conclusiones oficiales", a pesar de que él había sido consejero de los Centros de Arte Cultura y Turismo, del Ente Público Empresarial Local de los Centros y presidente del Cabildo de Lanzarote. Además, resalta que "no consta informe oficial en ese sentido", sino que "aporta un informe elaborado por los servicios jurídicos" de Coalición Canaria.
La Fiscalía insistió en el recurso ahora admitido que esta denuncia presentada por Pedro San Ginés contra Carlos Espino y los contratos de los Centros Turísticos con Climafrical fue una respuesta a la denuncia interpuesta por Espino meses antes y que destapó la mayor trama de corrupción política de Canarias, el caso Unión.
En este sentido, el Supremo resalta que las resoluciones del Juzgado de Arrecife y la Audiencia Provincial que dieron luz verde para la apertura del juicio oral "avalaría" que Pedro San Ginés actuó "motivado en intereses partidistas", capaz de incurrir en "la falsedad" o en un "temerario desprecio de la verdad".
Esta resolución llega después de que en junio del pasado año, la Sala de lo Penal inadmitiese el recurso de reforma interpuesto por ambas acusaciones al archivo definitivo y sobreseimiento libre de la causa que juzgaba al expresidente de Lanzarote.