La Sección Sexta de la Audiencia Provincial ha confirmado la prisión provisional para un hombre que fue detenido por un robo con violencia en Lanzarote al considerar que hay "riesgo de fuga" por parte del acusado, que solicitó que se revocara dicha medida cautelar.
En concreto, según se recoge en un auto fechado el pasado 26 de agosto, el hombre fue detenido después de que un agente de la Policía Nacional viera "a un individuo encapuchado agrediendo a varias personas y ejerciendo muchísima violencia física a una persona mayor al objeto de arrebatarle un bolso".
Dicho individuo emprendió "la fuga" pero fue "interceptado por un viandante" y finalmente fue detenido por el agente de la Policía Nacional "con ayuda de otro funcionario de la Policía Local", consiguiendo "entre los dos reducirlo".
"Los hechos que se imputan son de gravedad"
Tras ello, en un auto fechado el pasado 2 de agosto, el Juzgado de Instrucción número 2 de Arrecife decretó el ingreso en prisión provisional comunicada y sin fianza del detenido. Sin embargo, su defensa recurrió dicha decisión solicitando la revocación del auto y que, en todo caso, se tomara como medida cautelar la comparecencia del acusado ante el Juzgado cada siete días.
En su recurso, la defensa alegaba que los indicios de criminalidad "no coinciden con los motivos bastantes para decretar la prisión, que "desde 2011 su detenido no ha cometido ningún delito" y que "sus circunstancias personales aseguran que no se sustraerá de la justicia".
Al respecto, la Sección Sexta de la Audiencia Provincial apunta en primer lugar que "los hechos que se imputan son de gravedad" y que "están conectados con la posible comisión de delito de robo, empleando violencia, y de un delito de lesiones". En este sentido, precisa que la pena por el delito de robo oscila entre los dos y los cinco años de prisión y que el delito de lesiones igualmente puede llevar aparejada la pena de cárcel.
Además, indica que "el ahora apelante abordó y desplegó contra la víctima un actuar violento y agresivo". Y es que, ésta declaró "cómo forcejeó con el investigado al intentar éste arrebatarle el bolso que llevaba, que le golpeó con a mano abierta en la cara, así como dos patadas, y que soltó el bolso cuando cuando vio que se acercaba gente".
"Cabe presumir la tentación de huida"
No obstante, la sala apunta que, en su motivación, el juez de instrucción no solo tomó en consideración la gravedad del delito y los indicios no cuestionados que existen contra el imputado derivados del atestado policial y de la declaración de la víctima, sino también "la elevada penalidad que los delitos comportan (hasta cinco años de prisión", lo que considera que "resulta relevante para la evaluación del riesgo de fuga".
"Pues a mayor gravedad del delito imputado más intensa cabe presumir la tentación de huida y el riesgo de fuga es asumido sin reparos por éste Tribunal, pues la gravedad de la pena no parece compensada por la posible existencia de un arraigo".
Además, la Audiencia Provincial señala que la instrucción de la causa ha terminado habiéndose dictado auto el 5 de agosto "por el cual se acuerda la continuación de las previas por los trámites de procedimiento abreviado, por lo que al tratarse de causa con preso tendrá lugar el señalamiento de juicio en fecha cercana".