La Sección Primera de la Audiencia Provincial ha condenado a tres años, nueve meses y un día de prisión a la acusada de intentar matar a su pareja en enero de 2018. La joven ha reconocido los hechos durante el juicio que se ha celebrado este lunes y ha alcanzado un acuerdo de conformidad con Fiscalía, que inicialmente pedía una pena de 14 años y medio de cárcel.
En concreto, el Ministerio Fiscal solicitaba inicialmente para la acusada cinco años de prisión por un delito de lesiones y nueve años y seis meses de cárcel por un delito de homicidio en grado de tentativa, concurriendo en ambos casos la agravante de parentesco. Sin embargo, finalmente la acusada solo ha sido condenada por el segundo de los delitos, por el que además ha visto rebajada considerablemente la pena. No obstante, además de la condena a prisión, se le ha impuesto la prohibición de acercarse a menos de 500 metros de la víctima durante seis años y el pago de las costas procesales.
Al reconocer los hechos, se considera probado lo recogido en el escrito de acusación, que es que en las primeras horas de la madrugada del 31 de enero de 2018, cuando la acusada se encontraba en el aparcamiento del Centro Comercial Deiland de Playa Honda en compañía de su pareja, procedió "a clavarle un cuchillo en el muslo derecho" en el curso de una discusión.
Posteriormente, sobre las 4:15 horas de la misma noche, encontrándose la acusada y su pareja en la calle, frente al portal de la vivienda de éste, la víctima le manifestó "su intención de romper la relación con ella". Ante ello, la acusada procedió "a apuñalarle con el mismo cuchillo en el cuello", causándole "una herida penetrante de dos centímetros", que "al afectar a la vena yugular externa, llegó a suponer un riesgo vital".
A pesar de ello, fue el agredido quien "llamó a los servicios de emergencias, que acudieron al lugar inmediatamente, procediendo a cortar la hemorragia que éste sufría". Las lesiones que sufrió precisaron "tratamiento médico o quirúrgico especializado" y "tardaron en curar 12 días, de los cuales siete fueron impeditivos para sus ocupaciones habituales y uno fue de hospitalización". Además, el agredido sufrió "un perjuicio estético", aunque éste renunció "a cuantas acciones civiles y penales le pudieran corresponder como consecuencia de estos hechos".