“Consta acreditado que las infracciones materiales impiden la legalización”. Con esa contundencia acaba de tumbar el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número 5 de Las Palmas el intento de salvar del derribo al hotel Papagayo Arena, que tiene hasta tres sentencias declarando su ilegalidad, dos en la vía contencioso-administrativa y otra más en la vía penal, dentro del caso Yate.
En un auto fechado el pasado jueves 20 de enero, el Juzgado de lo Contencioso ordena la “ejecución íntegra” de una de esas sentencias -que tiene ya más de diez años- y concluye que ha quedado “comprobado el incumplimiento” del fallo por parte del Ayuntamiento de Yaiza. Y es que el hotel sigue ocupando a día de hoy suelo público, que debería ser un gran vial de acceso a la playa.
En total, la superficie pública ocupada superaría los 6.500 metros cuadrados, ya que el vial debía tener casi 200 metros de largo por 5 metros de ancho, a lo que habría que sumar otros 14,4 metros de retranqueo a cada lado, según la normativa en vigor.
“En cumplimiento de la sentencia que se ejecuta, se debe ordenar, en base a la declaración de nulidad radical de los actos, el restablecimiento de la legalidad urbanística y territorial infringida, llevándose a cabo las actuaciones necesarias para ello”, señala el auto. Así, dado que advierte que es “ilegalizable” la invasión del vial público, la única forma de “restablecer la legalidad” pasa por la demolición.
Eso es lo que reclamaban tanto el Cabildo como la asociación Transparencia Urbanística, que instó la ejecución de esta sentencia. Ambos recordaban además que la construcción fue posible gracias a los delitos de prevaricación en los que incurrió el ex alcalde, José Francisco Reyes, que en el caso Yate confesó que otorgó éstas y otras licencias a sabiendas de su ilegalidad y a cambio del cobro de sobornos.
Yaiza y la propiedad se oponían
Por su parte, la propiedad y el Ayuntamiento de Yaiza se oponían a esta ejecución, y llegaron a pedir al Juzgado que se inhibiera. Para ello, alegaban que ya había otro proceso abierto ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, que fue quien dictó la primera sentencia pendiente de ejecución, referida solo a las licencias de obra del hotel.
Sin embargo, la magistrada deja claro que este otro fallo también se debe ejecutar, ya que tal como había defendido el Cabildo, “se revisaron actos distintos”. En este caso, lo que se anuló fue un decreto previo otorgado por José Francisco Reyes en 1999, que autorizó la agrupación de dos parcelas. Gracias a eso se construyó el hotel como si fuera una sola, “comiéndose” ese vial que debía mantenerse entre ambas. Además, también declaró nulos los decretos que autorizaron el modelo del proyecto del hotel y el proyecto del estado final de las obras.
El motivo de que se recurrieran después fue que Reyes ocultó esos permisos al Cabildo, igual que hacía con otras licencias, hasta que la Justicia le ordenó cumplir la ley y realizar esas notificaciones. Por eso se denunciaron después y se dirimieron en este otro procedimiento, en el que ahora se ha ordenado la ejecución de la sentencia.
Además, el gran cambio que supuso este fallo es que sí entró al fondo de los incumplimientos urbanísticos, a diferencia de lo que hizo el TSJC con las licencias de obra. En aquel caso, como ocurrió con otras sentencias que anularon licencias hoteleras de Playa Blanca, la Sala vio motivo suficiente de nulidad en cuestiones formales, como el hecho de que el Ayuntamiento no solicitó los obligados informes de compatibilidad para otorgar los permisos. Por eso los declaró ilegales sin analizar el resto de motivos, lo que ha complicado la fase de ejecución de sentencia, al no haberse detallado todos los incumplimientos.
Sin embargo, no ocurrió lo mismo en este otro fallo del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, que ahora ha vuelto a reiterar que hubo una “flagrante vulneración” del propio Plan Parcial. Además, subraya que la normativa en vigor sigue contemplando ese vial público, y por eso concluye que lo ejecutado no es legalizable.
El Ayuntamiento “obvió” esta sentencia en el intento de legalización
“La presente ejecución no está condicionada por lo que se determine en el procedimiento de legalización que tramita el Ayuntamiento para el resto de la edificación, sino al revés”, había advertido la defensa del Cabildo, oponiéndose a los argumentos del Consistorio. “En el procedimiento de legalización únicamente se podrá determinar la edificación que se pueda legalizar fuera del suelo destinado al vial peatonal y sus retranqueos”, señalaba al respecto.
Además, cuestionaba que el Consistorio hubiera ignorado la existencia de este fallo en el intento de legalización del hotel. Al respecto, recuerda que el Ayuntamiento y la propiedad llegaron a presentar un acuerdo en los Juzgados -sin dar audiencia al Cabildo, pese a ser la parte demandante-, “obviando” esta sentencia y “tratando el referido vial público como si de una servidumbre o suelo privado se tratase”, en lugar de suelo público, que es lo que consta acreditado judicialmente.
Cuando tuvo conocimiento de ese “fraudulento acuerdo”, la Corporación insular lo recurrió y fue anulado por el TSJC, por lo que ese intento de legalización seguía sin prosperar.
“Se pretende consagrar la invasión del vial”
“Se pretende mantener y consagrar la invasión del vial”, denunció la defensa del Cabildo ante el Juzgado, en respuesta a los alegatos del Ayuntamiento, que defendía que el procedimiento de legalización que tiene abierto justificaba que no se ejecutara esta otra sentencia.
Sobre ese intento, cuestionaba que se ha “dividido el proyecto de legalización en dos”, planteando por una parte la legalización del hotel y por otro un proyecto de “accesos al mar”. Sin embargo, ese acceso a la playa se establece por el exterior del hotel, sin respetar el vial que sigue recogiendo el planeamiento en vigor y manteniendo la ocupación del suelo público, el lo que el Cabildo califica como una "aberración jurídica". Y lo mismo considera de otros argumentos esgrimidos por el Consistorio, como el proyecto que presentó la propiedad para establecer un paso al mar desde dentro del hotel, atravesando escaleras y ascensores.
“Lo que con esos proyectos se pretende no es legalizar el hotel existente adaptándolo a la normativa urbanística aplicable, sino cambiar la normativa urbanística aplicable para poder legalizar el hotel”, advertía la Corporación insular, que insistía en que ese cambio en el planeamiento nunca se puede autorizar a través de una licencia.
Además, cuestionaba que el Ayuntamiento usara como argumento que en el Registro y en el Catastro aparece una sola parcela en lugar de dos, y subrayaba que precisamente eso se debería haber impedido ejecutando esta sentencia que no cumplió el Consistorio, y que anuló el decreto que permitió agruparlas. Al respecto, el auto del Juzgado, contra el que aún cabe recurso, ordena que esta resolución sea notificada a todas las “autoridades competentes”, para que se proceda a ese “restablecimiento de la legalidad urbanística y territorial infringida”.