El juicio contra el club de cannabis la Oveja Verde se salda con cinco condenas y un acusado huido de la Justicia

El TSJC ha confirmado la pena de 3 años y medio de cárcel a uno de los acusados de vender drogas a la asociación. Los responsables del club ya habían confesado y alcanzado un acuerdo de conformidad

3 de octubre de 2022 (20:33 CET)
Intervención policial en el club La Oveja Verde
Intervención policial en el club La Oveja Verde

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha ratificado la condena de 3 años y medio de prisión y multa de 9.298 euros a uno de los acusados en el juicio contra el club de cannabis de Arrecife “La oveja verde”, que fue intervenido por la policía en mayo de 2018. Junto a Yeray Lorenzo D.O. fueron condenadas otras cuatro personas, aunque en su caso habían alcanzado un acuerdo de conformidad y aceptaron la pena, por lo que no recurrieron el fallo de primera instancia.

En cuanto al sexto acusado en la causa, Jorge Javier R.T., el nuevo fallo del TSJC señala que sigue huido, por lo que no ha podido ser juzgado. Debido a su ausencia, el único acusado por el que se celebró la vista pidió que se suspendiera el juicio, pero la Audiencia Provincial lo rechazó.

“No parece probable con un cierto margen de certeza que dicho otro acusado pueda ser hallado en un periodo razonable de tiempo a fin de posibilitar el enjuiciamiento conjunto de los dos”, señala el fallo. Al respecto, explica que fue citado en el domicilio que facilitó en su día en Gran Canaria, donde reside su madre, pero ésta comunicó que había viajado a Marruecos, que era donde presuntamente compraba la droga. “La ausencia de tratado de extradición con dicho país deja en el ámbito de lo sumamente incierto que dicho acusado decida voluntariamente retornar a España”, añade el fallo.

Así, el procedimiento continuó con solo cinco de los seis acusados, aunque cuatro confesaron antes de comenzar la vista. Tres de ellos, Jonathan Cecilio P.D., Alejandro S.G. G. y Jean Paul C., fueron los fundadores del club “La oveja verde” y admitieron ante la Sección Sexta de la Audiencia Provincial un delito contra la salud pública, por la venta de hachís y marihuana; y otro de asociación ilícita. Los tres aceptaron una pena de dos años de cárcel, frente a los 7 que solicitaba inicialmente la Fiscalía, y una multa de unos 13.000 euros.

El cuarto acusado que confesó, Jonathan C.C., colaboraba en el local en la venta de droga y aceptó la misma pena de 2 años de prisión y 13.000 euros de multa.

 

Tres kilos de hachís en un coche a su nombre por "un favor"

En cuanto a los otros dos procesados -el huido, Jorge Javier R.T., y el que ahora ha visto rechazado su recurso, Yeray Lorenzo D.O.-, estaban acusados de suministrar la droga al club. Durante la operación policial, ambos fueron sorprendidos en el local. Justo enfrente, los agentes encontraron e intervinieron su vehículo, en el que llevaban casi 3 kilos de hachís, que según la Fiscalía hubiera tenido un valor de 4.649 en el mercado ilícito.

El coche estaba alquilado a nombre de Yeray Lorenzo D.O., que en su defensa alegó que lo hizo para hacer un favor al otro acusado, por lo que defendía que su presencia en el juicio era determinante . De hecho, sostenía que el propio Jorge Javier R.T. lo confirmó en la declaración que presentó tras su arresto, reconociendo que la mochila con droga que se encontró en el coche era suya.

“Admitamos que Jorge Javier R.T. se autoincrimina exculpando a Yeray Lorenzo D.O., más ello no implica que esta Sala deba admitir como cierta la falta de implicación de Yeray Lorenzo D.O. en el delito que se le atribuye”, señala la sentencia de segunda instancia.

Además, califica de “inverosímil” su explicación. “El acusado Yeray Lorenzo afirma que venía desde la isla del Hierro y en el aeropuerto de Gran Canaria se encontró "casualmente" con Jorge Javier, pero no ofrece - como tampoco la ofrece éste último en el plenario- una razón lógica del porqué viajan juntos a Lanzarote, de porqué deciden el día 16, esto es, un día antes a que fueren detenidos en el local de la asociación, alquilar en el aeropuerto un coche ofreciendo la documentación Yeray Lorenzo, y porque deciden por la mañana del día siguiente trasladarse juntos a la asociación, siendo más que evidente que Yeray Lorenzo debía saber de la existencia de la mochila con las bellotas que portaba”, apunta el fallo.

Al respecto, añade que cuando fue detenido dentro del local, Yeray llevaba encima tres bellotas, y su explicación fue que se las había regalado su compañero, “por el favor de poner su nombre al alquiler del coche”. “Muy probablemente sería la muestra que querían enseñar a los responsables de la asociación”, concluye la Sala sobre esas tres bellotas.

 

"Tal explicación es simplemente insostenible"

Además, subraya que ninguno de los dos era socio del club. “Afirman ser consumidores de hachís, y si bien manifiestan que estaban en la asociación para hacerse socios porque son consumidores, tal explicación es simplemente insostenible en la medida en que ambos eran poseedores de una muy apreciable cantidad de hachís como se ha dicho, luego carece por completo de sentido racional que decidan alquilar un coche e ir a la asociación con la finalidad de asociarse para acceder a esa sustancia, cuando ya tenían una cantidad apreciable de la misma en el vehículo”, señala la sentencia.

“Como la tesis de ambos acusados es insostenible y absurda, la única explicación razonable conciliando todos esos datos objetivos con el hecho de que los dos tuviesen como domicilio habitual la isla de Gran Canaria, es que se concertaron ambos para acudir a la asociación con la finalidad de ofrecerles el hachís que portaban a cambio de un precio, operación que no pudo culminarse al ser detenidos cuando se practicó la entrada y registro en dicha asociación”, concluye.

La sentencia que ahora ha sido confirmada también ordenaba la disolución de la asociación ilícita y el cierre del local de La Oveja Verde, así como el comiso de la droga y el dinero intervenidos. Y es que concluye que su único fin era “encubrir un verdadero tráfico ilegal de drogas bajo la cobertura formal de la libertad asociativa”.

Además, recuerda que ya se se había dictado otro fallo similar en Lanzarote, que terminó en condena contra los responsables de otra asociación. Y también están pendientes de sentencia los responsables de otro club, que fueron juzgados el pasado mes de julio.