La Asociación de Juristas Jiménez de Asúa, que presentó una querella contra el primer juez instructor del caso Unión, que intentó recusar a la última y que ha sido condenada por actuar con "mala fe" y por intentar "dilatar" ese procedimiento, no podrá entrar en el caso Montecarlo. Así lo ha acordado el juez instructor de esta causa, Ricardo Fiestras Gil, en un auto en el que rechaza la solicitud de esta asociación de personarse como "pretendida acusación popular" en una de las piezas de esta causa, concretamente la que se centra en el Ayuntamiento de San Bartolomé.
En su auto, fechado el pasado mes de diciembre, el juez señala que Jiménez de Asúa no ha acreditado "interés legítimo alguno" para ejercer la acusación popular en el caso Montecarlo, por lo que descarta su personación, ante el riesgo de que le guíen "motivos espurios, fraudulentos o meramente dilatorios". Además, cuestiona que no ha acreditado ni "los fines de su actuación", ni tan siquiera "la verdadera existencia de la asociación", al no aportar escritura pública de constitución ni el acta fundacional.
La primera vez que apareció el nombre de este colectivo de abogados de Gran Canaria fue en el verano de 2015, cuando la instrucción del caso Unión estaba en la recta final y en varias piezas ya había terminado y estaba pendiente de juicio. Entonces, empezó a registrar escritos pidiendo entrar como acusación popular, pese a que en ese momento ni siquiera se había registrado oficialmente como asociación.
Multados por actuar con "mala fe"
La juez instructora rechazó entonces su pretensión, pero finalmente logró entrar en una de las piezas, al estimarse su recurso por parte de la Audiencia Provincial. Y lo primero que hizo entonces la asociación fue recusar a la magistrada Silvia Muñoz. Fue ahí cuando la Audiencia le impuso una multa de 1.000 euros, por haber planteado una recusación "carente del más mínimo fundamento", con una "mala fe clara y suficientemente grave" y con la única intención "de apartar a la instructora para dilatar su tramitación".
Tal como ha venido publicando desde entonces La Voz de Lanzarote, al menos uno de los abogados que han formado parte de esa asociación, Juan David García Pazos, trabajó para uno de los principales acusados del caso Unión, Luis Lleó. Concretamente, le representó en una de las vistas de esta causa, en la que después pretendía ejercer la acusación popular. Al respecto, el nuevo auto del juez de Montecarlo subraya que es imprescindible conocer la "identidad" de quien actúa en nombre de la asociación, "para descartar la eventual circunstancia de que, quien quiera actuar, ya sea parte". Es decir, por ejemplo, que un acusado utilice esta figura para intentar intervenir en la causa como supuesta acusación.
Asociación vinculada a Lleó y a un periodista demandado
En el caso de la Asociación de Juristas Jiménez de Asúa, en su nombre ha actuado un abogado de Lleó, y este mismo letrado también ha representado al periodista Francisco Chavanel, en las demandas que interpusieron contra él el juez César Romero Pamparacuatro y el fiscal Ignacio Stampa, por vulneración de su derecho al honor, por los constantes ataques a su intervención en la mayor causa de corrupción abierta en Lanzarote y en toda Canarias. Una causa que ya tiene tres sentencias condenatorias, dos de ellas firmes.
Además, el mismo abogado fue también quien "convenció" para personarse en el caso Stratvs a una asociación de Fuerteventura, que después se retiró del procedimiento afirmando sentirse "engañada" y "utilizada" por este letrado. Después, ese mismo abogado empezó a actuar en nombre de otra supuesta asociación ecologista de Gran Canaria, Jacón, que desde entonces ha estado intentando sin éxito personarse en Stratvs. Además de haber compartido un mismo abogado, la asociación Jiménez de Asúa y Jacón también tienen en común que tienen su base en Gran Canaria y que aparecieron casi al mismo tiempo, intentando personarse en distintas causas judiciales abiertas en Lanzarote.
Se "quitó la careta" en la vista previa al juicio de Lleó
A todo esto se suma además lo ocurrido la pasada semana, durante la vista previa al juicio del caso Unión contra Luis Lleó, en la que Jiménez de Asúa sí terminó logrando entrar como "acusación" popular. Durante esa vista, la asociación se "quitó la careta", según señaló el Ministerio Fiscal. Y es que no solo no rebatió ni uno solo de los argumentos de la defensa de Lleó, que pide que se anulen todas las pruebas contra él, sino que incluso apoyó una de esas causas de nulidad invocadas por el acusado. Además, ni siquiera ha presentado escrito de acusación en esa pieza, limitándose a "adherirse" al de la Fiscalía y sin aportar ni agregar nada.
"Entendemos que sí hay parte de razón en lo planteado por la defensa", sostuvo en la vista el abogado que intervino en nombre de la asociación, José Antonio Zambrano, que supuestamente ejercía como acusación. Durante su intervención, él mismo recordó que Jiménez de Asúa presentó una querella contra el primer juez instructor de Unión, César Romero Pamparacuatro. Y lo hizo después de que fueran rechazadas otras querellas presentadas por Lleó contra el juez, el fiscal y la UCO. Sin embargo, la de la asociación corrió la misma suerte y tampoco fue admitida siquiera a trámite, al no apreciarse indicio alguno de delito por parte del Tribunal Superior de Justicia de Canarias.
Por su parte, el fiscal Javier Ródenas subrayó en varias ocasiones que es "incompatible" que alguien ejerza la acusación popular en una causa después de haber presentado una querella contra el juez que la instruyó, y calificó de "malabarismos" los intentos del abogado de Jiménez de Asúa de justificar cuál es su papel y qué pretenden al estar personados en esta causa.
Intenta entrar en Montecarlo "sin interés legítimo alguno"
Ahora, esta misma asociación lleva meses intentando entrar en el caso Montecarlo, cuya instrucción también está cerrada desde hace casi un año. De momento, el juez ha rechazado su personación en la pieza de San Bartolomé, y hay pendiente al menos otra solicitud en una de las piezas vinculadas al Ayuntamiento de Arrecife, donde la Fiscalía ya se ha opuesto a que se le permita entrar.
"Examinado el iter procesal de la pretendida acusación popular hasta el momento, se observa una resumidísima solicitud, de la que no puede inferirse ni la capacidad de actuación, ni interés legítimo alguno", señala el juez instructor en el auto en el que rechaza su personación en la pieza de San Bartolomé, en la que están acusados el interventor Carlos Sáenz, el ex alcalde Miguel Martín, el ex concejal Javier Betancort, el tesorero Luis Manuel Rodríguez y el empresario José Vicente Montesinos.
En cuanto a esa "resumidísima solicitud", el magistrado señala que solo dedica "una frase" a explicar que "los fines de la asociación son la defensa del interés público y la legalidad". Al respecto, el juez cuestiona el "carácter genérico" de esta afirmación y la falta de "concreción", y recuerda que "la defensa del interés público y la legalidad" ya está encomendada por Ley al Ministerio Fiscal.
Así, recuerda que la obligación de determinar con qué "fin" se pretende ejercer la acusación popular "no es un requisito subjetivo impuesto de manera caprichosa", sino que está destinado a evitar que se utilice esta figura con motivos "espurios". Al respecto, recuerda el auto por el que se expulsó al Partido Popular como acusación en el caso Gürtel, por haber estado "ayudando" a Bárcenas más que acusando. Además, recuerda otras sentencias que hablan de las "indudables ventajas" de que exista la acusación popular en una causa, como son la "transparencia, impulso del procedimiento y el complemento de la labor del Ministerio Público o de la acusación particular", pero también de las "desventajas", como la posible "utilización de dicha personación para fines no exactamente previstos por la ley".
En la misma línea, cita también al juez Gómez de Liaño, que en referencia a una tesis doctoral de Julio Pérez Gil advirtió de que "si no pocas veces el Ministerio Fiscal es acreedor de desconfianza, con mayor motivo cabe recelar de quien ejerce la acción popular desde la indeterminación y la subjetividad de móviles y fines".