El ex interventor, Carlos Sáenz, el ex concejal del PP, Pedro Reyes, y el empresario José Daniel Hernández han aceptado una condena de dos años de prisión por haber malversado fondos del Ayuntamiento de San Bartolomé entre los años 2004 y 2007. Los tres acusados han reconocido los hechos alcanzando un acuerdo de conformidad con la Fiscalía, quien inicialmente solicitaba para los procesados penas de cinco años y medio y seis años de cárcel. Además, en el caso de Carlos Sáenz y de José Daniel Hernández deberán indemnizar conjuntamente al Consistorio en la cantidad de 81.219 euros.
Asimismo, el Ministerio Fiscal no se ha opuesto a que se suspenda la pena a Pedro Reyes al no tener antecedentes pero sí a que se suspenda a Carlos Sáenz y a José Daniel Hernández. Y es que, aunque en el momento en que tuvieron lugar los hechos juzgados este lunes no tenían antecedentes, en la actualidad ambos cuentan con otras condenas a sus espaldas encontrándose cumpliendo pena en prisión. El empresario José Daniel Hernández, ya fue condenado en una pieza del caso Unión centrada igualmente en pagos fraudulentos por parte del Ayuntamiento de Arrecife junto al ex interventor Carlos Sáenz, quien en este caso tiene varias condenas por malversar fondos de ambos ayuntamientos.
Las defensas de Carlos Saénz y de José Daniel Hernández han solicitado sin embargo que no tengan que cumplir la pena en prisión aludiendo al compromiso de ambos de abonar la indemnización por responsabilidad civil y a que no tenían antecedentes en el momento de los hechos. Por su parte, la defensa del Ayuntamiento de San Bartolomé no se ha opuesto a la suspensión de la pena de ninguno de los tres acusados.
Además de las condenas de prisión y de la indemnización por responsabilidad civil, a Carlos Sáenz y a José Daniel Hernández se les ha impuesto la pena de inhabilitación durante un periodo de cinco años y al ex concejal Pedro Reyes de cuatro. A los tres acusados se les ha aplicado la atenuante de cooperación con la Justicia.
Acusados de malversar casi 600.000 euros
En la causa juzgada este lunes, la Fiscalía sostenía que los tres acusados se pusieron de acuerdo e "idearon un plan que tenía por objeto la arbitraria expoliación de fondos del Ayuntamiento de San Bartolomé", para que José Daniel Hernández "obtuviera un enriquecimiento patrimonial ilícito". Para ello, "crearon la apariencia de que se iban a prestar determinados servicios de iluminación y otros de electricidad en el municipio de San Bartolomé, a sabiendas de que en muchas ocasiones, tales servicios no iban a ejecutarse".
En total, Hernández llegó a cobrar 582.813 euros del Consistorio de San Bartolomé a través de una de sus empresas, Proyectos y Servicios de Lanzarote. Según la Fiscalía, lo hizo "prescindiendo total y absolutamente de las normas que regulaban el procedimiento de contratación pública" y "bajo la ficción de múltiples expedientes", en los que "se creaba la ficción de adjudicación directa por contrato menor", cuando lo cierto es que la cuantía impedía recurrir a ese procedimiento y obligaba a sacarlo a concurso.
En el escrito de acusación, el Ministerio Fiscal sostenía además que, de los 36 expedientes que se tramitaron, "al menos en 13 de ellos no se llegó a realizar la obra o a prestar el servicio objeto del contrato". Así consideraba acreditado que como mínimo 155.061 euros se abonaron sin que el Ayuntamiento obtuviera contraprestación alguna, que era la cantidad que reclamaba que los tres acusados devolvieran de forma solidaria al Consistorio. Sin embargo, este extremo ha sido modificado por Fiscalía este lunes reduciendo a ocho los expedientes en los que no se ejecutaron las obras y por ello se ha reducido a 81.219 euros el importe de la indemnización, a la que además solo deberán hacer frente finalmente Carlos Saénz y José Daniel Hernández.
En cuanto a Pedro Reyes, se considera probado que firmó la conformidad de 17 de esas facturas en calidad de concejal de Servicios Públicos, "pese a tener conocimiento de su mendacidad, asumiendo el gasto y simulando que el expediente de contratación era válido y que el servicio o la obra se habían desempeñado en las condiciones pactadas".