Inalsa rechaza la reclamación de 82.000 euros de Ignacio Calatayud, y recuerda “que se le han pagado 156.400 euros por honorarios del concurso"

Corujo: “La empresa pública actuará con contundencia frente a este ilegítimo intento de beneficiarse de fondos públicos de Ignacio Calatayud con la complicidad o, al menos, la tolerancia de Pedro San Ginés”.

25 de mayo de 2021 (06:47 CET)
Actualizado el 3 de junio de 2021 (19:29 CET)
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El abogado Ignacio Calatayud ha intentado “sortear la ley” para cargar una factura “indebida” y “desproporcionada” a Inalsa, en un “ilegítimo intento de beneficiarse de fondos públicos”. Eso es lo que ha advertido la empresa dependiente del Consorcio del Agua, que ha rechazado la reclamación de honorarios presentada por este letrado ante el Juzgado de lo Mercantil que llevó el procedimiento concursal de Inalsa.

Con esta nueva minuta, Calatayud pretende cobrar otros 82.000 euros por un incidente derivado de ese concurso, por el que ya recibió 156.450 euros, que desde Inalsa defienden que incluía todo el procedimiento. Además, cuestionan el método empleado por Ignacio Calatayud, dirigiéndose directamente al Juzgado, como si hubiera habido un impago, cuando ni siquiera había presentado formalmente la factura a Inalsa.

“El recurso por parte de Calatayud al procedimiento de Jura de Cuentas puede entenderse como un intento de sortear la actuación de los servicios jurídicos y de intervención del Consorcio del Agua de Lanzarote, quien lleva por delegación la administración de Inalsa”, señalan desde este órgano. Y es que recuerdan que “la correcta presentación de la factura, a través de la sede electrónica o del registro de entrada, hubiera supuesto la apertura de un expediente y la comprobación de la corrección del procedimiento y, en ese caso, los servicios del Consorcio hubieran advertido que la factura no procedía”.

Sin embargo, Calatayud no presentó factura alguna durante año y medio, pese a que ese incidente por el que ahora pretende cobrar se resolvió en junio de 2019. El primer paso lo dio el pasado mes de enero pero no por los cauces oficiales, sino enviando la minuta por correo electrónico a la secretaria del Consejo. Solo doce días después, se dirigió al Juzgado, utilizando un procedimiento creado para garantizar el cobro de los letrados cuando su cliente no cumple con el pago.

 

El contrato incluía “la tramitación de todo el procedimiento”

En su contestación a esta reclamación, Inalsa sostiene que Ignacio Calatayud Prats fue nombrado como abogado “para todo lo relacionado con el Procedimiento Concursal” mediante acuerdo adoptado por el Consejo de Administración el 18 de enero de 2010. En virtud de ese acuerdo, el que era presidente del Consejo de Administración, Pedro San Ginés, suscribió un contrato con Calatayud, por un importe de 186.000 euros (casi 200.000 con IGIC) en el que se señalaba: “El presente presupuesto incluye la tramitación de todo el procedimiento hasta su finalización en dicha instancia judicial. Se considerarán incluidos en los honorarios anteriormente presupuestados los gastos de desplazamiento y demás suplidos que puedan ocasionarse en la ejecución de los trabajos del presente encargo”.

Ese contrato suscrito con Pedro San Ginés, que era amigo personal de Ignacio Calatayud, desglosó el presupuesto en tres capítulos, y fijó unos honorarios de 86.000 euros para la que se conoce como “fase común” del concurso de acreedores, que es la fase principal del procedimiento, y que ya fueron abonados en su totalidad. Además, en el documento también se contemplaron los honorarios para las siguientes fases del concurso de acreedores, estableciendo 40.000 euros para la “fase de convenio” y otros 40.000 euros para la “fase de liquidación”, los cuales también fueron abonados al letrado tras una modificación del presupuesto suscrita el 23 de abril de 2012 por San Ginés, que estableció el importe final de estas dos últimas fases en un total de 64.200 euros.

“La oposición de Inalsa ante el intento de cobro indebido de Calatayud se basa, por tanto, en la existencia de un contrato que cubría todas las actividades a desarrollar en el procedimiento concursal y en que las cantidades presupuestadas en el citado contrato han sido abonadas en su totalidad al indicado letrado, al cual se han pagado un total de 156.450 euros por su intervención en el concurso”, insiste la empresa.

 

La opción b, que hubiera un “contrato verbal irregular” con San Ginés

Además, Inalsa añade que aunque se le hubiese encomendado la defensa de este incidente concursal de forma separada al resto del concurso, los 82.000 euros reclamados por Calatayud también son “desproporcionados” y además no tendrían cobertura en ningún contrato, porque no consta otro posterior.

Por eso, el Consorcio insiste en que si esa factura se hubiera presentado por los cauces establecidos, también habría sido rechazada por este motivo. “Si se hubiera entendido que no estaba incluida en el contrato original, la administración de Inalsa hubiera debido señalar que no existía contrato alguno que amparara la prestación de estos servicios tratándose de un contrato verbal, circunstancia esta absolutamente irregular”, subraya. Y es que la Ley de Contratos del Sector Público no permite contrataciones directas por importe superior a 15.000 euros.

“En el caso de que se entendiera que los servicios prestados por Calatayud se amparaban en un supuesto e irregular contrato verbal, San Ginés hubiera vulnerado el límite establecido para la contratación menor, debiendo haber acudido a fórmulas de contratación que permitieran la libre concurrencia”, advierte.

 

Una cantidad “desproporcionada”

Por otra parte, Inalsa subraya la “desproporción” entre el precio que se pactó para toda la fase común del procedimiento concursal, que es la más larga y compleja, y lo que reclama ahora el mismo abogado por un incidente dentro de ese mismo concurso, a pesar de la diferencia de las cuantías que estaban en juego, que es otro de los factores que marcan los honorarios de la defensa.

En el caso de la fase común, se presupuestó en 86.000 euros, tratándose de un procedimiento con una cuantía de más de 40 millones de euros, y ahora Calatayud pretende cobrar 82.000 euros por un incidente cuya cuantía asciende tan solo a 1,6 millones de euros. “La desproporción resulta evidente”, insisten desde Inalsa.

Para sostenerlo, se remiten además a la intervención de Calatayud en este incidente, que se concretó, fundamentalmente, en dos escritos. “En el primero de ellos, de dos páginas y media, se limitó a adherirse a lo sostenido en la demanda formulada por los administradores concursales. En el segundo, se limitó a la redacción de tres páginas mientras el escrito de la administración concursal se extendía a lo largo de 23 páginas con abundante doctrina jurisprudencial y fundamentación jurídica”, subrayan. Además de esos dos escritos, apuntan que “constan algunos otros de trámite sin entidad suficiente como para justificar los elevadísimos honorarios que reclama”.

 

El procedimiento de jura de cuentas

Aunque la empresa pública ya ha presentado un escrito en el Juzgado oponiéndose a la pretensión de cobro de Calatayud, también advierte que su defensa le ha trasladado que “cabe el riesgo de que Inalsa se vea obligada a pagar la cantidad reclamada indebidamente por Calatayud”. 

Y es que la jura de cuentas a la que ha recurrido es un mecanismo excepcional por el cual un abogado puede exigir a su cliente el pago de una factura de manera sumaria, mediante un procedimiento que tan solo permite discutir lo adecuado del importe de los honorarios exigidos, sin que quepa oponer al intento de cobro la disconformidad con el trabajo realizado o las incidencias que hayan podido producirse en el desarrollo del contrato.

No obstante, desde Inalsa adelantan que en caso de que eso ocurriera, emprenderían después otro procedimiento “a través del cual la empresa pública podría resarcirse de este cobro indebido”.

“La empresa pública actuará con la diligencia y contundencia necesarias para garantizar la defensa de los intereses de Inalsa frente a este ilegítimo intento de beneficiarse de fondos públicos de Ignacio Calatayud con la complicidad o, al menos, la tolerancia de Pedro San Ginés”, ha advertido la presidenta, María Dolores Corujo.

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