La Guardia Civil sorprende a una embarcación con artes de pesca prohibidas en Lanzarote

Los dos marineros de 59 y 25 años, contaban ya con varias infracciones por faenar con artes de enmalle prohibidos, más concretamente el método del cazonal

29 de junio de 2022 (10:36 CET)
Actualizado el 29 de junio de 2022 (12:35 CET)
La Guardia Civil sorprende a dos pescadores con artes de pesca prohibidas

La Guardia Civil del Destacamento Marítimo de Fuerteventura denunciço el pasado 23 de junio a una embarcación de pesca profesional por faenar con artes de enmalle prohibidos, más concretamente el método del cazonal en Lanzarote. Los dos marineros, de 59 y 25 años, cuentan con varias infracciones por hechos similares.

La Guardia Civil  tuvo conocimiento de los hechos puesto que la ciudadanía venía alertando del uso frecuente de la práctica del arte de pesca de enmalle. Los agentes localizaron una embarcación profesional ocupada por dos personas en la zona comprendida entre Punta del Gallo y los Lomillos, en la costa Oeste de Lanzarote. Desde tierra los agentes observaban cómo realizaban varios lances con artes de enmalle y procedían después a recoger el pescado para guardarlo a bordo.

Una vez el barco pesquero atracó en el puerto de la Santa, la Guardia Civil de Fiscal y Fronteras de Costa Teguise, identificó a los ocupantes de la embarcación y procedieron a inspeccionarla, comprobando que llevaba varios cazonales de unos 50 metros de longitud y distintas clases de pescado de la fauna marítima del entorno, unos 70 kilogramos.

Pescado interceptado
Pescado interceptado

Por todo ello, la Guardia Civil tramitó la correspondiente denuncia conforme al Reglamento de la Ley de Pesca de Canarias (Decreto 182/2004) cita en su artículo 17. D) desarrolla que está prohibida la pesca con artes de enmalle, con las excepciones de algunas áreas en las islas de Gran Canaria, Tenerife y La Palma, citadas en el anexo I del Reglamento.

Posibles sanciones

En la Ley 17/2003, de 10 de abril, de Pesca de Canarias ,la utilización o tenencia a bordo de artes o aparejos prohibidos, no autorizados o antirreglamentarios es una infracción grave recogida en el artículo 70.5. A su vez  el artículo 76.b) cita que las infracciones graves serán sancionadas  con multa de 301 a 60.000 euros.

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