El Juzgado de Instrucción Número 2 de Arrecife ha enviado a prisión provisional a un hombre detenido por la presunta violación a una niña de 14 años, a la que obligó a entrar en su vivienda, ubicada en el barrio de San Francisco Javier de la capital.
Los hechos ocurrieron sobre las 21,30 horas del pasado martes 15 de marzo, cuando la menor se dirigía a su casa y fue abordada presuntamente por el imputado, de 41 años. Según su denuncia, J.A.E.Q. le empezó preguntando “cómo se llamaba” y “a dónde iba”, y después le ofreció “dar una vuelta en el coche” e ir a comer a Mc Donalds.
Ante su negativa, le dijo “si era tonta” y a continuación “la agarró por uno de sus brazos” y le hizo entrar al portal, consiguiendo después que subiera hasta su domicilio. En su declaración ante la policía, la menor relató que “no forcejeó ni ofreció resistencia alguna por el miedo”. “Estaba más preocupada de salir de allí viva que otra cosa”, explicó la víctima, que detalló que “aguantó" incluso "las ganas de llorar”.
Declaración "clara, congruente e inequívoca"
En su auto ordenando el ingreso en prisión provisional, el magistrado Jerónimo Alonso señala que la declaración que prestó la menor ante la policía es “clara, precisa y congruente, además de completa e inequívoca”. En ella, relató con detalle lo ocurrido primero en el sofá del salón, donde se iniciaron los tocamientos, y posteriormente en el dormitorio, donde le quitó la ropa y se consumó la presunta violación. Después, la dejó ir al baño y cuando ella se estaba vistiendo, él entró y se metió en la ducha, momento en el que aprovechó para huir del domicilio.
“Además de aportar el relato de una situación posible, ubica debidamente el incidente tanto en el espacio como en el tiempo, narra la agresión con suficiente detalle y aporta elementos de corroboración periférica de su testimonio”, añade el juez, que de momento no ha hecho comparecer a la menor en los Juzgados para evitar una “revictimización”. Así, a la espera de una comparecencia que se llevará a cabo en presencia de peritos psicológicos, ha basado su decisión en la declaración que ya prestó la víctima en sede policial y también en su relato durante el examen médico al que fue sometida en el Hospital Molina Orosa.
Al respecto, el magistrado añade que ambas declaraciones se corresponden, “con lo que se produce una persistente incriminación del investigado” por parte de la víctima. Además, a esto añade otras pruebas aportadas, como los mensajes de WhatsApp que la menor envió a un amigo tras los hechos, contándole lo sucedido. “Se presentan como elemento de corroboración periférica de importancia, tanto por su inmediatez como por su contenido”, subraya el magistrado.
Tardó tres días en contárselo a su madre y denunciar
En cuanto a la denuncia, se presentó tres días después de los hechos, ya que inicialmente la menor no se atrevió a contárselo a su madre. Lo primero que hizo al salir del domicilio del presunto agresor fue dirigirse a una plaza del barrio, donde llamó a dos amigos para contarles lo ocurrido. Ambos le recomendaron sin éxito que se lo contara a su madre, y al día siguiente lo hizo también su mejor amiga, con quien compartió lo que había vivido.
Finalmente, fue esa amiga quien se lo contó a su propia madre, y ésta a su vez a la madre de la víctima, quien tras hablar con su hija acudió inmediatamente a la Policía. Ésta les indicó los pasos a seguir, empezando por ese examen médico y la declaración en comisaría, así como la entrega de la ropa que llevaba cuando se produjo la presunta agresión sexual.
En el examen médico no se hallaron lesiones externas, lo que concuerda con la declaración de la menor, pero sí un “posible desgarro superficial” en la vagina. Además, el informe advierte de las “respuesta psíquicas inmediatas”, como “sensación de culpabilidad y vergüenza”.
Riesgo de fuga y otros antecedentes penales
“Con los datos que se dispone hasta el presente momento, se desprenden motivos bastantes y razonables sospechas para creer responsable criminalmente del delito investigado al imputado”, concluye el magistrado en su auto.
Además, considera que hay un “evidente riesgo de sustracción a la acción de la justicia” que justifica su ingreso en prisión provisional, entre otras cosas por la gravedad del delito y de la pena que podría solicitarse. Al respecto, recuerda que la agresión sexual sobre menores de 16 años está castigada con penas de entre 12 y 15 años de cárcel, por lo que insiste en que hay “riesgo de fuga”, dado que además el investigado no es español.
También subraya que J.A.E.Q., de nacionalidad colombiana, “tiene antecedentes penales por diversos ilícitos de gravedad cometidos en territorio español y carece de autorización administrativa para residir en España”. A esto añade que “la protección de la víctima menor de edad que ha sido sometida un acto violento y notorio reciente exige igualmente que se disponga la prisión provisional del investigado”, para “evitar el riesgo de que pueda atentar nuevamente contra cualquiera de los bienes jurídicos de la víctima o perturbar su tranquilidad y estabilidad”.