LA AUDIENCIA NACIONAL HA RATIFICADO LA SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA

La empresa de seguridad del Castillo de San José, condenada por no notificar un robo

La Audiencia Nacional ha confirmado la sentencia de primera instancia y ha ratificado la sanción que le impuso la Secretaría de Estado de Seguridad, rechazando así el recurso de la empresa... 

27 de marzo de 2015 (12:59 CET)

La Audiencia Nacional ha rechazado un recurso de la empresa Sistemas de Seguridad SH Lanzarote y ha ratificado la sentencia dictada en septiembre de 2014 por el Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo número 1, que consideró probado que la empresa cometió una infracción grave al no notificar a la Policía el robo que había tenido lugar en el Castillo de San José mientras sus vigilantes se encontraban de servicio.

Así, el tribunal confirma la multa de 30.051 euros impuesta en su día por el Secretario de Estado de Seguridad. La empresa había presentado un recurso de "reposición" contra esta resolución, pero el Juzgado de lo Contencioso Administrativo lo desestimó y ahora ha hecho lo mismo la Audiencia Nacional, condenando además a la empresa a pagar las costas generadas por ambos recursos.

El tribunal ratifica que la empresa de seguridad incurrió en una "infracción muy grave", tipificada como una "negativa a prestar auxilio o colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en la investigación y detención de los delincuentes o en la realización de las funciones inspectoras o de control que les correspondan". El fallo recuerda que el 4 de septiembre de 2012 se cometió un robo de cables en el Castillo de San José, cuando prestaban servicio los vigilantes de seguridad de esta empresa. Aunque los vigilantes hicieron constar este hecho en el parte, la Policía no tuvo constancia de ello hasta el 7 de septiembre, cuando el gerente del establecimiento presentó una denuncia.

"Aunque es cierto que Sistemas de Seguridad SH Lanzarote remitió de forma inmediata por fax los partes partes que le fueron solicitados", añade la sentencia, "ya había transcurrido casi una semana sin dar noticia del robo a la Comisaría". 

La sentencia emitida ahora por la Audiencia incide en que "conviene llamar la atención (...) sobre la idea de que el auxilio o la colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad es una exigencia que las empresas de seguridad han de cumplir y que es consustancial a su asunción de funciones de exclusiva titularidad estatal, haciendo preciso que la Administración despliegue sobre ellas una amplia gama de controles, impensables en otros sectores de actividad económica". 

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