Canarias lanza su primer protocolo para la atención a la conducta suicida en los centros educativos

"La prevención de la conducta suicida es una responsabilidad de todos los sectores de la sociedad", expone el documento que servirá de línea de actuación

31 de octubre de 2024 (06:54 CET)
Aulas de Infantil en el Colegio Gueina (Foto: Juan Mateos)
Aulas de Infantil en el Colegio Gueina (Foto: Juan Mateos)

"La prevención de la conducta suicida es una responsabilidad de todos los sectores de la sociedad". Así arranca el Protocolo de intervención ante riesgo suicida detectado en instituciones educativas de Canarias, elaborado por el Gobierno regional y que consta de 125 páginas. 

Las muertes por suicidio entre estudiantes son "infrecuentes", pero suponen "una de las primeras causas" entre adolescentes en el mundo. Este protocolo, que surge de una colaboración entre el sector sanitario, educativo y social, responde a la necesidad de los profesionales educativos de conocer cómo responder ante un caso de riesgo suicida detectado en el ámbito escolar.

Esta iniciativa ahonda en la importancia que tiene el entorno educativo en la prevención, así como su labor para detectar, valorar, intervenir y coordinar con otras instituciones, como Sanidad, cuando se detecta un caso.

El plan de acción abarca a los estudiantes canarios, pero también a sus familiares y personas cuidadoras, profesionales de los centros, así como trabajadores del Servicio Canario de Salud, de Servicios Sociales y entidades médicas que los atiendan.

 

La detección de la ideación suicida

El documento apuesta por establecer mecanismos que permitan la detección temprana de personas en riesgo. Por ello, indica la importancia de prestar atención a los cambios de comportamiento, expresiones verbales o escritas que puedan esconder pensamientos suicidas.

Las señales de alerta son "comportamientos, comentarios o síntomas" que pueden indicar que una persona está en riesgo de llevar a cabo una conducta suicida. El texto recoge diferentes tipos de señales: las directas (que implican una intervención más inmediata) e indirectas (que pueden manifestar un problema de salud mental, que podría implicar riesgo suicida). 

Este protocolo está previsto para activarse cuando se perciban señales de alerta con actos directos. En este caso, se trata de aquellas personas que muestran sentimientos de desesperanza, deseos de morir o autolesionarse, ideas suicidas e intención para suicidarse e incluso puede llegar a tener un plan.

En este caso, la persona en riesgo ya busca modos para quitarse la vida, incluso realiza actos de despedida como escribir una nota, arreglar asuntos personales, desprenderse de posesiones o despedirse de familiares y allegados. Además, presenta conductas autolesivas como cortes o quemaduras que se dan sin intención de quitarse la vida.

 

Cómo actuar cuando se percibe un caso 

Cuando se perciben algunos de estos comportamientos, se debe activar el protocolo. En este punto, cualquier persona de la comunidad educativa, sea docente o no, puede determinar si existe riesgo o conducta suicida y ponerlo en marcha.

Al detectar un caso en un centro educativo, se deberán llevar a cabo diferentes pasos: la fase uno (activación institucional) y la fase dos (activación individual).

En la primera fase pauta "adoptar medidas inmediatas de prevención", comunicarlo sobre la marcha a la dirección del centro y al orientador (o en su ausencia a la persona coordinadora para el bienestar y la protección del alumnado), así como al tutor.

En este punto, la dirección del centro debe activar el protocolo institucional. Además de hacer una entrevista a la persona en riesgo en el mismo día en el que se detecte. Para ello, el documento aporta un modelo de entrevista, que se regirá por la escala Columbia que mide el nivel de riesgo suicida. 

Entre que se activa el protocolo y se entrevista al alumno/a, el plan de acción pauta que el menor deberá estar bajo supervisión durante los recreos, cuando vaya al aseo, entre clase y clase y en los desplazamientos a las aulas, así como en espacios similares. Todo ello respetando la confidencialidad del menor. 

La entrevista que valora de forma provisional el riesgo suicida es "una herramienta fundamental" para este protocolo, ya que sirve para indagar, constatar o no una sospecha de riesgo suicida y el estado en el que se encuentra el alumno. A raíz de los resultados en la entrevista se determinarán "los diferentes procedimientos de actuación". Esta valoración no es una evaluación clínica, que está relegada exclusivamente a los profesionales sanitarios. 

Al mismo tiempo, el centro educativo podrá "explorar la situación personal y social del alumno o alumna recabando toda la información posible" para explorar y describir la situación actual.  

En este sentido y mientras arranca la segunda fase, también se debe limitar el acceso a los medios letales y controlar la asistencia del menor en caso de que se ausente de forma injustificada, comunicándolo inmediatamente a sus padres. 

Cuando los resultados de la escala Columbia determinen que el estudiante está en riesgo "bajo, moderado o alto" se deberá constituir un equipo de gestión e intervención y seguimiento ante el riesgo suicida en un plazo máximo de 48 horas. Tras ello, se trazará un plan individualizado. 

 

 

Segunda fase del protocolo: activación individual

La fase dos del protocolo, la activación individual, se pone en marcha cuando la escala Columbia de riesgo de suicidio evidencia que existe riesgo (de cualquier nivel), sea inminente o incierto.

En ese punto, las personas referentes del centro (responsables de dirección, orientación, tutorías e inspección de zona) deberán conocer que se ha activado el protocolo también se deberá trasladar la información al alumno según su edad y su capacidad para comprenderlo. Además de ello, también se trasladará la activación a las familias y la solicitud para mantener informados a otros organismos e instituciones.  

Mientras se forma el equipo de gestión e intervención, la dirección del centro y los orientadores serán "responsables" de establecer las acciones básicas que deban aplicarse de forma "inmediata". 

Al mismo tiempo, el menor será derivado al centro sanitario del Servicio Canario de Salud o a la compañía de seguros adscrita y el centro educativo deberá constatar que ha sido valorado en el centro recomendado.

Mientras se le ofrecerá una guía de recomendaciones generales para la familia tras detectar el riesgo suicida en estudiantes y se le dará una serie de recomendaciones a las diguras parentales, como medidas de seguridad hasta que sea valorado. 

 

Estudiantes de riesgo alto e inminente

Si se trata de estudiantes en riesgo alto de llevar a cabo un acto suicida se le pedirá a los tutores legales que acudan "urgentemente" al centro educativo. Así pues, se deberá acompañar hasta que se encuentre con sus figuras parentales o los responsables de su tutela, debe estar acompañado por, al menos, dos personas y nunca estar solo, eliminar medios letales y controlar accesos a ventanas.

Mientras tanto, si tras la entrevista se determina que el estudiante está en riesgo inminente, es decir, que puede cometer el acto suicida en menos de 48 horas deberá "primar el criterio clínico y legal superior, es decir, la salvaguarda de la vida, cuando exista un riesgo inminente". 

Indicar al estudiante la necesidad de evaluar y de recibir apoyo profesional en el Servicio Canario de Salud "de forma inmediata" y su derivación a un centro sanitario. Además de ponerse en contacto con sus progenitores, en el caso de que sea menor de edad. 

Si los padres no pueden acudir al centro, se deberá activar la coordinación con el 112 para el tralado por profesionales del ámbito sanitario y constatar que ha sido valorado en el Servicio de Urgencias hospitalario. 

Si en caso contrario, la escala Columbia concluye que no existe riesgo, no se activa la segunda fase del proceso, pero sí que se deberá comunicar la situación a la familia, al tiempo en que se recomendará a los profesionales sanitarios realizar al menor una evaluación clínica de su estado mental. 

Mientras tanto, en los actos indirectos la persona siente que la vida no tiene sentido o que no tiene motivos para vivir. A lo que se suma el sufrimiento y la sensación de sentirse una carga para el resto.

En estos casos, se aisla de sus seres queridos, muestra conductas impulsivas y puede llevar a aumentar el consumo de alcohol o drogas. Si se sospecha de que la persona padece un problema de salud mental o solo se perciben señales de alerta indirectas no se activará este protocolo sino que se seguirán los "procedimientos habituales" que ya están establecidos en los centros educativos canarios. 

 

Qué son y cómo detectar las autolesiones y gestos suicidas

Para entender qué es la conducta suicida, el documento habla de la autolesión y el gesto suicida, que aunque son conceptos que tienen diferencias se definen de forma conjunta porque en ninguno "hay intención de matarse" y se puede pronosticar de formar similar. Sin embargo, ambas pueden provocar la muerte, aunque no sea lo que se busque

El gesto suicida es la conducta realizada por una persona para que otros "crean que tenía intención de matarse" aunque no exista intención, mientras que la autolesión provoca una lesión de forma deliberada, pero sin intención de matarse.

Frente a ello, existe el intento de suicido, donde existe una "conducta potencialmente lesiva autoinfligida" y que no logra la muerte, pero en la que existe intencionalidad de quitarse la vida. Mientras tanto, el suicidio es la muerte autoinfligida con evidencia (implícita o no) de que la persona quería provocarse a sí misma la muerte.

Así, el riesgo suicida es la probabilidad de una persona para realizar un intento de suicidio, en el que se detecta: el nivel de riesgo inminente (cuando existe la probabilidad de que la persona se quite la vida en las 48 horas siguientes a la evaluación). 

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