La Sección Segunda del Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha rechazado un recurso presentado por la bodega Stratvs, que pretendía que se suspendiera la orden de cierre del restaurante. Esta medida fue ordenada por el Ayuntamiento de Yaiza en septiembre de 2013, tres meses antes de que la Justicia ordenara también el precinto del resto de la bodega.
La propiedad recurrió esta decisión municipal y, mientras se resuelve el procedimiento, solicitó medidas cautelares para que les permitieran reabrir el restaurante. Sin embargo, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 6 de Las Palmas rechazó su solicitud en octubre de 2013, y ahora ha hecho lo mismo el TSJC.
En su recurso contra la decisión del Ayuntamiento, la sociedad dueña de Stratvs apeló a los "cuantiosos perjuicios económicos-financieros" y a la "consiguiente destrucción de doce puestos de trabajo". Sin embargo, el Tribunal rechaza este argumento con contundencia.
"Por lo que se refiere a los perjuicios económicos", sostiene la sentencia, "conviene recordar que solo son imputables a quien voluntariamente se ha colocado en una situación de ilegalidad, ejerciendo una actividad clasificada sin la previa obtención de las correspondientes licencias, con el riesgo y peligro que ello entraña para los intereses generales que se materializa, sobre todo en los vecinos colindantes a la actividad, así como en los usuarios de la misma, sin un control previo de que las instalaciones reúnen los requisitos de seguridad y salubridad que debe controlar la administración".
Al respecto, la sentencia a la que ha tenido acceso ahora La Voz, y que está fechada el pasado 29 de marzo, recuerda que se ordenó la clausura del restaurante "por carecer de la preceptiva licencia de actividad clasificada de restauración", y subraya que "esta circunstancia por sí sola justificaría la denegación de la petición de suspensión" de la orden de cierre.
Además de rechazar la solicitud de medidas cautelares, el TSJC condena a la propiedad a pagar las costas y subraya que contra esta sentencia ya no cabe recurso.
Dos procedimientos paralelos
El cierre del restaurante fue ordenado por la alcaldesa de Yaiza, Gladys Acuña, cuando el procedimiento penal por la construcción de esta bodega ya estaba en marcha e incluso ella había sido citada como imputada.
Durante la declaración de la alcaldesa, la juez Silvia Muñoz le preguntó si iba a adoptar medidas con la bodega, considerando que al menos de la mano de este procedimiento, ya había tenido conocimiento de la situación de ilegalidad. Su respuesta fue afirmativa, pero casi 20 días después, el Juzgado tuvo que dirigirse al Ayuntamiento, a través de una providencia, para que manifestara qué medidas se habían adoptado, "conociendo la carencia de licencias".
Finalmente, el 9 de septiembre de 2013 el Ayuntamiento ordenó el cierre, pero sólo del restaurante, alegando que aún mantenía abierto el expediente sobre el resto de las instalaciones. Un mes y medio después, los técnicos que instruían ese expediente propusieron el cierre total de la bodega, que no llegó a ejecutarse.
El 20 de diciembre de 2013, la propia juez fue quien terminó ordenando la clausura total de la bodega, en un durísimo auto en el que reprochaba a las administraciones públicas implicadas (Ayuntamiento de Yaiza, Cabildo de Lanzarote y Gobierno de Canarias) su "alarmante inactividad" con Stratvs. Atendía así la solicitud de una de las partes en esta causa, un miembro de la familia Negrín, que se ha personado como perjudicado, al entender que parte de las instalaciones se levantaron en suelo de su propiedad.
Pendientes del recurso contra el cierre de la bodega
Aunque el cierre del restaurante decretado por el Ayuntamiento ha sido avalado por el TSJC, también está pendiente el recurso que presentó Stratvs contra el cierre total de la bodega ordenado por la Justicia. En este caso, para resolverlo se celebrará una vista este miércoles 30 de abril en la Audiencia Provincial de Las Palmas.
Tras escuchar a las partes, está previsto que este mismo miércoles se dicte una resolución por parte de la Audiencia, determinando si mantiene la clausura o permite su reapertura.
En cualquier caso, el restaurante deberá continuar cerrado. Además, aunque la Justicia decidiera no mantener las medidas cautelares sobre el resto de la bodega, también quedaría pendiente resolver el expediente municipal que propuso el cierre total de la instalación.
En este sentido, tal como señaló la juez en su auto ordenando el cierre, cabe recordar que la competencia para proceder al cierre de una actividad sin licencia o con permisos ilegales no corresponde a la Justicia, sino a la administración pública. Sin embargo en este caso, y ante la "inactividad" del Ayuntamiento, se adoptaron esas medidas cautelares para evitar que se siguieran cometiendo presuntos delitos, por ejemplo, con la supuesta contaminación en el tratamiento de las aguas residuales.