Rechaza el recurso de la empresa y confirma la nulidad de la licencia que permitió agrupar las dos parcelas sobre las que se hizo el hotel

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias confirma que el Papagayo Arena también invade un vial público de acceso a la playa

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha desestimado el recurso que interpuso la empresa propietaria del hotel Papagayo Arena y ha ratificado la ...

4 de diciembre de 2012 (00:12 CET)
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias confirma que el Papagayo Arena también invade un vial público de acceso a la playa
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias confirma que el Papagayo Arena también invade un vial público de acceso a la playa

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha desestimado el recurso que interpuso la empresa propietaria delhotel Papagayo Arena y ha ratificado la nulidad de una de las licencias que permitió construir este establecimiento (la última que quedaba pendiente de sentencia firme).

El nuevo fallo, fechado el pasado 30 de octubre, ratifica la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 5 de Las Palmas, que en 2011 estimó el recurso del Cabildoy anuló la licencia que el ex-alcalde de Yaiza, José Francisco Reyes, concedió el 30 de abril de 1999, autorizando la agrupación de las parcelas 1 y 2 del Plan Parcial de Las Coloradas para edificar sobre las mismas el polémico hotel Papagayo Arena.

En la sentencia que acaba de ser notificada a las partes, el Alto Tribunal señala que "comparte el criterio del Juzgado", que declaró nula la licencia que permitió la agrupación de las referidas parcelas, porque "ambas parcelas se encuentran separadas por un vial peatonal de acceso al mar de 5 metros de ancho, previsto como vial público, y que dicho vial se mantuvo en la modificación llevada a cabo para su adaptación al PIOT. Lo que conlleva que la licencia incurra en un evidente vicio de nulidad, al no ser parcelas contiguas y, además, supone una flagrante vulneración de las previsiones del Plan Parcial, al invadir el vial".

Una infracción "incontestable"

El Tribunal Superior de Justicia rechaza los argumentos de la empresa y concluye que resulta "incontestable" la infracción cometida, al autorizar la agrupación de las dos parcelas sobre las que se construyó el hotel, declarando la Sala que "por más que el artículo 67.5 de las Ordenanzas del Plan Parcial permita la agrupación de parcelas con carácter general, resulta incontestable que no cabe agrupar dos parcelas separadas por un vial".

La Sentencia de la Sala también confirma la anulación de otras dos licencias que el ex-alcalde de Yaiza, José Francisco Reyes, concedió a dicho hotel: una en fecha 4 de septiembre de 2002, autorizando un modificado del proyecto de ejecución, y otra de 9 de diciembre de 2003, autorizando el denominado "estado final de las obras". El Tribunal ratifica la nulidad de estas licencias porque "derivan" de unas licencias que ya habían sido anuladas por la propia Sala en Sentencia firme de 18 de julio de 2007, que declaró nulas las licencias de 1 de junio de 1998 (autorizando el proyecto básico del hotel) y de 11 de agosto de 2000 (autorizando el proyecto de ejecución).

"No pueden subsistir esas «licencias derivativas» una vez anulada la licencia de obra en que tienen su origen, por la sencilla razón de que desaparece su objeto, presentado un contenido imposible (artículo 62.1 c) de la Ley 30/1992). Ni tiene objeto modificar una licencia anulada ni tiene sentido verificar la adecuación de la obra a un proyecto no autorizado", señala la sentencia.

Abocado a la demolición

Con el fallo de esta última Sentencia, ya han sido anulados todos los permisos urbanísticos que en su momento se concedieron por el Ayuntamiento de Yaiza para la construcción de este polémico hotel, que podría quedar en la práctica abocado a su demolición. Por un lado, porque lainvasión del vial público de 5 metros de ancho de acceso al mar impide su legalización. Por otro, porque tampoco entraría dentro de las medidas que prevé el Plan General de Yaiza, que tramita el Gobierno de Canarias, para facilitar la legalización de los hoteles que han visto anuladas sus licencias urbanísticas por los Tribunales. Así, la DisposiciónAdicional Quinta de este documento, por la que se permitirá hasta un 50 por ciento de aumento de edificabilidad, no serviría para legalizar el Papagayo Arena.

La sentencia también recoge la situación creada por la construcción de este hotel, que fue denunciada por el Cabildo, reflejando que el hotel se "edificó en primera línea de costa invadiendo por completo el vial público de 5 metros de ancho que separa la parcela 1 de la parcela 2 (que "despareció" de la faz de la tierra con la construcción del hotel, que se edificó sobre dicho suelo público), vulnerando de forma flagrante y grotesca la ordenación urbanística aplicable al haber incumplido, también, los retranqueos que debieron observar las edificaciones a ejecutar en la Parcela 1 y en la parcela 2 (no se trata solo de que se agruparon dos parcelas que estaban separadas por un vial peatonal público, sino que tampoco se respetaron los retranqueos que debía mantener la edificación a realizar en dichas parcelas respecto al vial público con el que ambas lindan generando, a su vez, un ilícito aprovechamiento urbanístico radicalmente incompatible con la ordenación aplicable), consumando un resultado que, amén de manifiestamente ilegal, ha provocado un tremendo impacto sobre el frente de playa, generando una enorme pantalla arquitectónica, tanto lineal como vertical, que ha desfigurado por completo dicha zona, que pugna con las bases de la ordenación territorial, urbanística y turística aplicable y repugna al modelo de desarrollo turístico equilibrado y sostenible que se propugna para la Isla en su Plan Insular".

"Incomprensible" actitud del Cabildo

En el último de los fundamentos de la sentencia, a propósito de los efectos materiales que tendrá la anulación de todas las licencias que se concedieron en su día a dicho hotel, la Sala reprocha al Cabildo de Lanzarote su pasividad a la hora de instar la ejecución de la sentencia que en el año 2007 ya había anulado las licencias del Papagayo Arena. "Teniendo en cuenta el tiempo transcurrido desde aquella primera Sentencia y la actitud del Cabildo, resulta incomprensible", subraya la sentencia del TSJC.

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[Vea el informe de Legalidad Urbanística sobre el hotel Papagayo Arena->http://www.legalidadurbanistica.org/files/p1_2_representacion_grafica_infraccion.pdf]

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