Opinión

Abogacia de turno de oficio: ¿Derecho de huelga?

Eduardo Máximo Morato López

Abogado lanzaroteño

Una de las reivindicaciones sindicales nacionales que recoge el único Sindicato de Abogados de España, Venia, es el necesario Estatuto Jurídico Nacional del Abogado/a y en concreto el derecho de huelga de los
abogados/as en general (y particularmente en lo que se denomina la Abogacía de Turno de Oficio).

Mientras la Abogacía asiste impávida y pasiva (como casi siempre) al manifiesto colapso de la Administración de Justicia con parte de su funcionariado en huelga, desde hace tiempo, así como a las reivindicaciones de plataformas, asociaciones y movimientos diversos contra la Mutualidad de la Abogacía (donde está una gran parte de las "cotizaciones" de los abogados que no están en la Seguridad Social como autónomos), no hace falta ser un lince para saber quién puede convocar una huelga de la Abogacía del Turno de Oficio. Y es Venia, como Sindicato de Abogados, le pese a quien le pese, encontrando su razón fundamental precisamente en lo antedicho, en su condición de sindicato.

Para que se hagan una idea los profanos, el "turno de oficio" es ese servicio al que acude un ciudadano/a para recabar un servicio de orientación jurídica (SOJ) o para el nombramiento de procurador/a y abogado/a de oficio para tal
o cual asunto judicial que quiere plantear en el juzgado o del que se quieren defender cuando un tercero lo ha iniciado.

También es "turno de oficio" ese servicio de asistencia letrada que está de guardia cuando a uno/a le detienen por tal o cual delito, a fin de defender los derechos del detenido. Sin embargo, el ciudadano/a pocas veces se pregunta "a cómo pagan" al abogado/a del turno de oficio por tal o cual asistencia al detenido/a o turno asignado.

Pues les respondo: a precio de miseria, completamente descorrelacionado con el tiempo, esfuerzo y trabajo realizado y además con injustificables diferencias según el territorio del que hablemos, causando enormes agravios
comparativos, intolerables, por esa intencionada asimetría (léase desigualdad). Y así, que pregunten a los abogados/as vascos que tienen el mayor baremo en España y a los abogados/as andaluces que tienen el menor baremo en una misma nación, España.

Por ello, y a pesar de las críticas de algunas de esas plataformas, asociaciones y movimientos de la Abogacía hacia Venia, cuya última razón de ser estriba en la envidia (que es tan española y humana a la vez), Venia, y
empezando por Galicia, ha convocado una huelga de la Abogacía del Turno de Oficio para el 12 de Julio, precisamente el día de celebración, el Día de la Justicia Gratuita y con los servicios mínimos que disponga la Administración, a fin de que se reconozca, entre otros, el derecho a bajas por enfermedad y por maternidad, cotizaciones laborales, conciliación familiar, el incremento de las remuneraciones, así como el reconocimiento de todas sus actuaciones y
el abono puntual de guardias y turnos de oficio asignados.

No olviden que el Turno de Oficio es una externalización de un servicio público a bajo coste para la Administración, conformado por abogados/as afectos al mismo (hoy masivamente ante el decreciente número de asuntos
privados que se eternizan, sin solución, por las sucesivas huelgas de la Admon de Juticia) y que a la postre, estamos "funcionarizados" y sometidos al poder de dirección de la Administración, al ser ésta, a través de los
colegios de abogados quien nos asigna los clientes, los horarios laborales y las remuneraciones (que eufemísticamente en la ley aplicable denomina "indemnizaciones"). De lo anterior, queda acreditado que nosotros estamos subordinados al poder de decisión de la Administración, siendo operadores jurídicos del mismo rango que los jueces, los letrados de la Administración de Justicia y el resto s funcionarios.

Pues bien, si la Abogacía de Turno de Oficio opera bajo esos criterios de la Administración, ello conlleva, inevitablemente, el reconocimiento de derecho laborales como tienen el resto de funcionarios de la Administración de
Justicia, y entre otros, el derecho de huelga. Y hemos empezado por convocar huelga en Galicia. Y además, con posibilidad de expansión al resto del territorio español.

Llegó el momento de la inevitable positivización de los Derechos del Abogado, con mayúsculas y particularmente de la Abogacía de Turno de Oficio, aún cuando la Administración, además, deba acometer una profunda reforma de la Administración de Justicia colapsada, ineficaz, ineficiente, incompetente (en su acepción vulgar) e inútil implementando la IA (inteligencia artificial) para suplir todos aquéllas tareas que no aportan ningún valor, que son la inmensa mayoría y a un altísimo coste económico para España. Pero éso da para otro artículo.