Vivienda

Rodríguez: "Arrecife no podrá dar una licencia vacacional más en cinco años si no aprueba un nuevo plan"

El director general de Ordenación del Gobierno de Canarias indica que la futura Ley de Ordenación del Uso Turístico de Vivienda persigue restaurar "el orden natural de las cosas" y que los suelos residenciales solo puedan ser utilizados para tal fin

ADT

Periodista

El director general de Ordenación Turística del Gobierno de Canarias, Miguel Ángel Rodríguez

El director general de Ordenación, Formación y Promoción Turística del Gobierno de Canarias, Miguel Ángel Rodríguez, ha intervenido este martes en Radio Lanzarote-Onda Cero para explicar las principales premisas del nuevo anteproyecto de la Ley de Ordenación del Uso Turístico de Vivienda, que fue anunciado la pasada semana. Este nuevo texto es el resultado de las casi 3.000 alegaciones recibidas tras la publicación del primer borrador del anteproyecto, que estuvo envuelto en polémica por la cantidad de requisitos exigidos a los propietarios.

Durante su intervención Rodríguez ha indicado que los ayuntamientos que no tengan un plan de ordenación actualizado, como es el caso del de Arrecife, no podrán autorizar una sola licencia turística más una vez entre en vigor la ley.  

Esta norma busca establecer un límite al crecimiento desmedido de la vivienda vacacional en Canarias, que es una de las causas de los problemas del aumento de los precios del alquiler en las islas, aunque no el único. Además, Rodríguez indica que el alquiler de viviendas para uso turístico supone ya alrededor del 40% de la oferta alojativa de las islas. Por este motivo, el director general de Promoción Turística ha asegurado en el matinal Buenos días, Lanzarote que estos datos "ponen en riesgo el empleo de calidad, la competitividad y la sostenibilidad de la industria turística en Canarias". 

A grandes rasgos, Rodríguez ha señalado que la futura norma tiene "un eje principal" que determina que los suelos destinados a uso residencial solo podrán destinarse al turístico "de forma excepcional". Hasta el momento, la norma en vigor, el Decreto 113/2015 que fue aprobado durante la primera legislatura de Fernando Clavijo (CC) como presidente canario, permite dar de alta una vivienda vacacional solo presentando una declaración responsable, en contra de la ley estatal.

De esta manera, Miguel Ángel Rodríguez expone que la futura norma persigue restaurar "el orden natural de las cosas" y que los suelos residenciales solo puedan ser utilizados como vivienda habitual, alquilando a un tercero o con alquileres de temporada. Mientras, el uso turístico queda en manos del planeamiento "democráticamente aprobado" y "ordenando adecuadamente la ciudad, el pueblo y el núcleo". 

 A pesar de que el Ejecutivo canario anunció que este nuevo borrador "flexibiliza" la ley y busca conjugar "sostenibilidad y protección a pequeños propietarios", la Asociación Canaria del Alquiler Vacacional (ASCAV) asegura que "todos los propietarios de apartamentos, bungalós y similares (casi un 60% de las viviendas vacacionales actuales) quedarán automáticamente expulsadas del alquiler vacacional".

"Ellos hablan efectivamente de purga y exterminio, pero no es verdad y no son términos razonables, no son términos proporcionados y no responden a la realidad", ha indicado. Por ejemplo, "si usted tiene un bungaló sepa que no va a poder seguir porque no es una vivienda, es un alojamiento turístico del viejo decreto de apartamentos y su vivienda vacacional era ilegal e ilegalizable, no es que la ley le expulse ni le purgue, es que usted no está ejerciendo legalmente".

Por su parte, el director general de Promoción Turística indica que esta ley tiene que tener "límites en la cantidad y "unas mínimas exigencias de calidad". Así, busca establecer "un régimen transitorio" diferenciado entre "los propietarios que a la vez son explotadores, de los explotadores que no son propietarios" y también determinar qué sucederá con las personas que quieran emprender en el futuro y dar de alta una vivienda vacacional. Uno de los puntos claves de la ley es que los ayuntamientos serán quiénes establezcan "cuántas, cómo y dónde" conceder estas nuevas licencias turísticas.

 

Efecto dique

La futura ley da cinco años de plazo para que los ayuntamientos actualicen sus planes generales de ordenación y los adapten a la nueva normativa. Así pues, en el caso de Arrecife, cuyo plan de ordenación es de 1996, "cuando entre en vigor la ley no podrá haber ni una sola vivienda vacacional más, ni una en cinco años", ha señalado durante su intervención radiofónica.

Desde el Gobierno de Canarias señalan que este requisito es "un efecto dique" que busca contener el aumento de las viviendas vacacionales. "Evitamos que el problema siga creciendo, ¿qué pasa a los cinco años si el Ayuntamiento de Arrecife no ha sido capaz de sacar adelante una ordenanza, un plan especial o una modificación menor?", ha cuestionado Rodríguez, "pues se aplican unas normas que se llaman de aplicación subsidiaria que están en la propia ley". Entonces, podrán darse de alta "algunas viviendas" si cumplen una serie de requisitos. 

 

Las licencias no pueden transmitirse

Mientras tanto, los propietarios podrán mantener de forma indefinida su explotación, salvo en caso de venta o transmisión a terceras personas. Tampoco podrá continuar con la explotación si deja de explotarla turísticamente durante un año o si forma parte de una herencia. "Es indefinido, pero no a perpetuidad, no es transmisible", ha puntualizado el director general de Ordenación. 

Así pues, otros requisitos se mantendrán. Por ejemplo, si la vivienda vacacional no es explotada por el propietario, sino por una persona diferente. Una vez se extinga la relación entre ambos también acabará la explotación. En caso contrario, podrá continuar cinco años explotando la propiedad, y si en esos cinco años continúan cumpliéndose los requisitos, podrá continuar hasta un plazo de diez. 

La modificación del borrador también contempla la posibilidad de seguir explotando turísticamente una vivienda durante 20 años si se compensa poniendo en el mercado de alquiler viviendas equivalentes en el mismo núcleo. "Por cada vivienda de uso turístico, una vivienda de uso residencial dentro del término municipal. Si va a ofrecerlo en otro núcleo, la proporción adecuada es dos de alquiler de larga estancia a una turística", ha indicado. "La ley no plantea nunca una opción cerrada, siempre da al menos una o dos alternativas más", ha indicado. 

 

Inspecciones en las viviendas que incumplen

Rodríguez explica que dentro de la fiscalización de las viviendas vacacionales hay tres procesos diferentes: comprobar si la declaración responsable se cumple y si la vivienda cumple con las características de habitabilidad y el resto de requisitos legales, de lo que debe encargarse el Cabildo; y comprobar que cumple con las características de una actividad clasificada, de lo que se encarga el Ayuntamiento; para concluir, el Gobierno de Canarias es el encargado de inspeccionar y sancionar.

Para evitar que haya viviendas vacacionales o de alquiler de hasta un año de duración que incumplan la ley, el Gobierno de España está coordinando con el resto de comunidades autónomas la obligatoriedad de que las plataformas retiren todos los anuncios que incumplan la ley. "Cuando se implemente el Reglamento será automático, a parte del Ayuntamiento, el Cabildo y el Gobierno de Canarias será el Gobierno de España con ese reglamento, diciendo fuera y tienen 48 horas para sacarla y si la plataforma no lo hace puede ser sancionada", ha explicado Rodríguez.  

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