Economía

Las patronales urgen al Estado a que permita modificar la base imponible del IGIC de las facturas incobradas de Thomas Cook

Ashotel, FEHT, Asofuer y FTL consideran discriminatorio que las empresas peninsulares afectadas por la quiebra del turoperador sí hayan podido recuperar ya el IVA de esas facturas

Imagen de archivo de los presidentes de las patronales turísticas

Las patronales turísticas canarias, entre las que se encuentra la Federación de Lanzarote, urgen al Gobierno estatal a que cambie la ley para “permitir a las empresas turísticas afectadas modificar la base imponible del IGIC de las facturas que nunca han cobrado de Thomas Cook”, que está en concurso de acreedores, tras su quiebra de septiembre de 2019.

Las patronales señalan que esta circunstancia se ha trasladado también al consejero de Hacienda del Gobierno de Canarias, Román Rodríguez, que “confía en que el Estado lleve a cabo este cambio legislativo, por el que las empresas canarias llevan esperando más de un año desde su solicitud formal”.

Desde las patronales recalcan que esta merma económica para las arcas de las empresas se ha visto agravada “por la dura pandemia y sus efectos en la economía”, que llegó apenas seis meses después de la quiebra del turoperador, con el cierre total de la actividad alojativa en todo el país.

De este modo, desde las patronales apuntan que los empresarios turísticos canarios están sufriendo “una situación injusta”. “En función de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), los sujetos pasivos del IVA pueden modificar la base imponible por créditos impagados en procedimientos concursales al aplicar la jurisprudencia directamente, mientras que ésta no puede trasladarse directamente al IGIC, al ser contraria a la regulación vigente”, detallan las patronales.

En concreto, explican que se requiere la modificación de las normas relativas a la base imponible del IGIC, del artículo 22.8. 2º de la Ley 20/1991, a los efectos de que “se permita la modificación de la base imponible como consecuencia de la insolvencia o declaración de concurso de acreedores del deudor cuando éste no esté establecido en Canarias”. Añaden que dicha petición se ha realizado, además, para que se produzca “con efectos retroactivos”.

“Al mismo tiempo, debe realizarse de forma simultánea a la modificación correspondiente en la normativa reguladora del IVA, en este caso, el artículo 80, apartado 5, 2º, de la Ley 37/1992 y en los mismos términos”, aseveran las patronales.

Según explican, Román Rodríguez les ha trasladado que “existe conformidad por parte del Ministerio de Hacienda para realizar estas modificaciones necesarias”. Sin embargo, tras un año desde la solicitud formal y tras varias reiteraciones, “aún no se han producido estos cambios legislativos”.

Las patronales turísticas denuncian que, ante esta circunstancia, las empresas canarias “están soportando un elevado grado de morosidad, que en muchos casos proviene de empresas no situadas en Canarias, y es absolutamente injusto que aún no se haya podido recuperar el IGIC, como ya ha permitido la Administración General del Estado con respecto al IVA”.