El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha confirmado la sentencia que declaró nulo el decreto del Ayuntamiento de Yaiza por el que se adjudicó un contrato de asesoramiento en el año 2015 a la empresa de Jorge Coderch, que fue quien redactó el Plan General del municipio. En virtud de ese segundo contrato, Coderch siguió prestando servicios para el Consistorio tras la entrada en vigor del Plan , relacionados con los procesos para intentar legalizar los establecimientos hoteleros declarados ilegales por la Justicia, y precisamente fue una de las personas que intervienen en esos procesos quien presentó una demanda contra esta contratación.
Como demandantes figuran la empresa Estudio Lanzarote S.L. y su administrador, el arquitecto Ángel Vicente García Puertas, que ha estado vinculado a Juan Francisco Rosa y a Luis Lleó y que incluso fue investigado junto a ellos por la UCO durante la Operación Unión, en relación con la trama de la parcela de Costa Roja. Además, en la fase de exposición pública del Plan General, este arquitecto presentó alegaciones a través de su empresa, señalando ser propietario de una parte de esa parcela de acceso a Playa Blanca, y también en nombre del hotel Papagayo Arena. Además, más recientemente ha trabajado para el empresario Juan Francisco Rosa, precisamente en el proceso para intentar legalizar el hotel Princesa Yaiza. De hecho, García Puertas es quien ha ido aportando al Ayuntamiento documentación en nombre de la propiedad del hotel, mientras a su vez pleiteaba en los tribunales para intentar apartar a Coderch de la emisión de informes.
Eso mismo había sido intentado previamente y de forma directa por Juan Francisco Rosa, que se llegó a dirigir al Ayuntamiento pidiendo que Jorge Coderch fuera recusado y que no tuviera "intervención alguna" en los procedimientos iniciados para intentar legalizar sus hoteles de Playa Blanca, el Princesa Yaiza y el Son Bou, que en su actual estado siguen siendo ilegalizables a pesar de los aumentos de edificabilidad permitidos por el nuevo Plan. En su escrito, Rosa alegaba que Coderch tenía un "interés directo o indirecto" por haber sido el redactor del Plan General. Esa recusación fue rechazada por el Consistorio, pero lo que sí ha prosperado es la otra vía que abrió en los Juzgados el arquitecto contratado por Rosa.
De supuesta acusación a defensor de los intereses de Rosa
Además, la sentencia evidencia un vínculo más, en este caso con la polémica Asociación de Juristas Jiménez de Asúa (AJJA). Y es que el abogado que actuaba en nombre del demandante, José Antonio Zambrano Suárez, es a su vez el letrado y secretario de esta asociación, que supuestamente ha intentado ejercer la acusación popular en causas de corrupción abiertas en Lanzarote y especialmente en el caso Unión, en el que está acusado ?y ahora pendiente de sentencia- Juan Francisco Rosa.
Actualmente, AJJA ya ha sido ya expulsada de casi todas esas causas por las dudas sobre sus verdaderos fines e intenciones, lo que llevó a la Fiscalía a compararla incluso con un posible "caballo de Troya con intereses bastardos". De hecho, lo primero que hizo en algunas de las causas en las que consiguió personarse fue actuar contra los propios magistrados instructores e intentar poner en duda el procedimiento, especialmente dentro del caso Unión, y después ha seguido sosteniendo tesis similares a las de la defensa y muy alejadas de la supuesta acusación que pretendía ejercer.
En el caso de uno de los primeros abogados que empezó a actuar en nombre de AJJA, Juan David García Pazos, ya había podido constatarse que antes había ejercido como abogado de Luis Lleó. Ahora, también ha quedado de relieve que el letrado que sigue actuando en nombre de la asociación, José Antonio Zambrano, ha estado defendiendo intereses de Rosa en este pleito contencioso. Y es que al margen de que el arquitecto que interpuso la demanda lo hiciera o no siguiendo indicaciones del empresario que le contrató para legalizar sus hoteles, lo que es evidente es que el objetivo que ha conseguido es el que llevaba persiguiendo Juan Francisco Rosa desde hace más de tres años, cuando intentó sin éxito recusar a Coderch.
El Ayuntamiento cuestionaba la "legitimidad" del demandante
En su demanda, el arquitecto y su empresa pedían que el decreto adjudicando ese contrato de asesoramiento fuera anulado, alegando que se incumplió la Ley de Contratos del Sector Público, ya que el importe era de 32.100 euros y aún así el Ayuntamiento no permitió que optaran otras empresas y realizó una adjudicación directa. Por su parte, el Consistorio pedía que la demanda no fuera admitida alegando que existía una "falta de legitimidad" por parte de García Puertas, porque era "imposible" que él hubiera resultado adjudicatario.
Al respecto, señalaba que hubiera incurrido en claras "incompatibilidades" de cara a asesorar al Ayuntamiento, cuando prestaba "asesoramiento de forma simultánea a propietarios de edificaciones declaradas ilegales en procedimientos judiciales, cuya legalización se insta ante la Corporación municipal". En cuanto al motivo de fondo de la demanda, el Consistorio defendía que se optó por una adjudicación directa porque Jorge Coderch, como redactor del Plan, se encontraba "en posición de privilegio para dar el mejor diagnóstico técnico y jurídico de cada una de las licencias objeto de los diversos litigios".
Sin embargo, tal como había hecho ya el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, el TSJC desestima esos argumentos. Respecto a la falta de legitimidad del demandante, señala que sí podría haber concurrido como licitador, aunque después "se determinara su expulsión del procedimiento de contratación por las circunstancias aducidas por el Ayuntamiento". En cuanto a la conveniencia de que el asesoramiento lo prestara el redactor del Plan General, concluye que "no existe evidencia de que por el hecho de ser el redactor de un PGOU, que es un tipo de actividad muy específica, se tenga per se una capacidad de diagnosis técnica y jurídica (actividad de signo diverso a la anterior) de tal calado que haga irrelevante el consultar con otros profesionales del sector".
Así, confirma la sentencia de primera instancia y anula el decreto firmado hace cuatro años por la ex alcaldesa de Yaiza, Gladys Acuña, imponiendo al Ayuntamiento el pago de las costas generadas con este recurso. No obstante, contra este fallo aún cabe recurso ante el Tribunal Supremo.