El ex presidente del Cabildo, Pedro San Ginés, ha conseguido que se anulen todas las declaraciones realizadas durante la primera jornada del juicio por la incautación de la desaladora de Montaña Roja y que la vista se suspenda 'sine die', ya que pasará ahora a manos de la Audiencia Provincial.
Así lo había solicitado este martes su defensa, alegando que la magistrada del Juzgado de lo Penal Número 3 de Arrecife “no es competente” para celebrar esa vista, porque la pena solicitada supera los diez años de condena, en este caso de inhabilitación. Este argumento, que no había sido planteado hasta ahora por sus letrados, pese a que la pena solicitada se conoce desde julio de 2018, es el que han esgrimido con el juicio ya comenzado. Y sobre todo, después de una primera jornada en la que la declaración de uno de los acusados había entrado en frontal contradicción con la línea de defensa de San Ginés.
Tras escuchar los argumentos del abogado José María Calero, que lleva la defensa del ex presidente y ha intervenido en algunos casos de corrupción más conocidos de España, la magistrada ha comenzado señalando que la vista continuaba. Sin embargo, el letrado le ha llegado entonces a advertir con emprender acciones legales contra ella, insistiendo en que estaba celebrando una vista para la que no era “competente”.
Así, tras la intervención de la fiscal, la juez ha acordado finalmente realizar un receso para analizar la situación. Unos minutos después, todas las partes han regresado a la sala y la jueza ha anunciado que se inhibe del procedimiento y que lo remitirá a la Audiencia Provincial, lo que volverá a retrasar el juicio, como mínimo, durante meses. Además, ha explicado que su decisión implica anular también todo lo actuado desde que la causa llegó a su Juzgado, una vez que el Juzgado de Instrucción ordenó la apertura de juicio oral y le remitió la causa.
El día anterior, igual que lo había hecho también por escrito antes de la vista, la defensa de San Ginés había pedido a esta misma magistrada -de la que este martes ha dicho que no es competente- que anulara el procedimiento e incluso que dictara "una sentencia absolutoria", al considerar que el auto de apertura de juicio oral no era válido porque insiste en que no hay una acusación popular "legalmente constuida". Este argumento, que ya fue rechazado por el juez instructor, por la Audiencia Provincial y por el Ministerio Fiscal, no le sirvió para impedir el inicio del juicio, por lo que ha terminado optando por una nueva estrategia que, de momento, le ha servido para volver a retrasar la vista.
Al anunciar su decisión, la magistrada María Luisa Moreno ha señalado que si no es competente para celebrar el juicio tampoco lo es para anular el auto de apertura de juicio oral, como venía solicitándole la defensa de San Ginés. "Se da por terminado el juicio", ha señalado al concluir su intervención, tras anunciar que ahora el procedimiento pasará a manos de la Audiencia.
Convocatoria a la prensa a las puertas de los Juzgados
Antes de que se iniciara este martes la segunda jornada del juicio, el abogado de San Ginés ha hecho declaraciones a los medios, que habían sido convocados a las puertas de los Juzgados a través del gabinete de prensa de Coalición Canaria. En esa declaración, además de adelantar la medida que acababa de solicitar, también ha valorado la primera jornada del juicio, que instantes después ha conseguido que se anule. En concreto, se ha referido a la declaración del ex secretario del Cabildo, Francisco Perdomo, que negó que Pedro San Ginés le hubiera pedido un informe antes de ordenar la incautación.
“Lo que se discute de si fue por escrito o fue oral, quedó acreditado que fue oral. Si fue más profundo o menos profundo, ayer dijo que no fue muy profundo. Pero hubo un asesoramiento en cualquier caso”, ha señalado al respecto José María Calero, con un tono muy alejado del empleado en el comunicado enviado la noche anterior por San Ginés, supuestamente en nombre de su defensa.
En concreto, lo que declaró el ex secretario es que el entonces presidente solo le preguntó en una ocasión por este tema, que fue una conversación “informal” y que solo le pudo dar un asesoramiento “con carácter general” e “improvisado”, porque no conocía el expediente ni las “interioridades” del caso, ni había podido estudiarlo. Además, se remitió a lo que ya había declarado previamente durante la instrucción de esta causa, cuando llegó a afirmar que él “no hubiera adoptado la medida que adoptó el presidente sin contar con un informe jurídico escrito previo”, que él “hubiera estado respaldado por informes jurídicos escritos previos” y que cuando le dio su opinión lo hizo “con las reservas de que se trataba de un informe verbal”.
“También dijo que conoció y que firmó un informe posterior. Dijo muchas cosas, pero en ningún caso dijo que en algún momento le dijera al señor San Ginés que aquello fuera ilegal”, ha pasado a afirmar ahora su abogado. “No lo ha dicho nadie en toda la causa ni lo puede decir nadie, porque nadie le dijo que fuera ilegal”, ha sostenido, marcando así una clara diferencia con lo que lleva sosteniendo años el ex presidente, que aseguraba no solo que nadie le advirtió de la ilegalidad, sino que le habían dicho expresamente que esa medida sí era legal.
Incluso, en su declaración de este lunes, en la que se negó a responder a las preguntas del Ministerio Fiscal y de la acusación popular, San Ginés llegó a asegurar que Perdomo no solo le había dicho que podía ordenar la incautación, sino también que podía hacerlo sin orden judicial y sin contar con ningún informe jurídico previo por escrito. Y de nuevo, esto chocó frontalmente con la declaración del ex secretario, al que la defensa del ex presidente no le realizó ninguna pregunta, ni siquiera para intentar que corroborara lo que había declarado San Ginés.
“Si le hubiera simplemente apuntado la posibilidad de que aquello fuera ilegal, obviamente el señor San Ginés no hubiera tomado esa decisión”, ha reiterado su abogado ante los medios. Después, con la suspensión de la vista, ha conseguido frenar también las declaraciones previstas para este martes y para la próxima semana, cuando entre otros iban a comparecer representantes de Club Lanzarote, que es la dueña de las plantas incautadas. Esta empresa fue precisamente quien interpuso la querella que dio origen a esta causa, y durante la primera jornada del juicio, varios agentes de la Policía Local y de la Guardia Civil confirmaron que fueron testigos de la incautación y vieron cómo el representante de esta empresa, Joaquín Cañada -que iba a declarar el próximo lunes-, advirtió de que estaban llevando a cabo un acto ilegal, al tomar por la fuerza las instalaciones sin tener siquiera una orden judicial.
Algo "evidente" para la defensa que han negado el juez, la Audiencia y Fiscalía
“Es tan evidente que no hay una acusación con legitimación procesal que nos sorprendió muchísimo que se iniciara el juicio. Pero una vez iniciado, si se solicita una pena de 12 años de inhabilitación especial, el órgano competente es la Audiencia Provincial. El Juzgado de lo Penal solo puede conocer si las penas de cualquier naturaleza no superan 10 años”, ha sostenido este marets el abogado José María Calero, que no había planteado este argumento hasta ahora, pese a que el escrito de acusación en el que se solicita esa pena se presentó hace más de dos años.
“Son las reglas del juego que sujetan a todos. A la defensa, al abogado, pero también a los jueces y a los órganos jurisdiccionales”, ha defendido el letrado, que tanto en los meses previos como en la primera jornada de juicio había actuado ante este Juzgado sin realizar ninguna advertencia al respecto.
De hecho, en su comparecencia ante los medios, ha vuelto a insistir en que la magistrada debió aceptar el lunes su petición de anular la causa, pese a que sostiene que no es competente para intervenir. “Dijo que lo resolvería en sentencia, pero no tiene sentido. No tiene sentido abrir un juicio si no hay una acusación correctamente constituida. Y es evidente”, ha vuelto a reiterar, a pesar de que ese argumento ha sido rechazado por todas las instancias judiciales donde lo han planteado.
Aunque la defensa de San Ginés insiste en que quien se personó como acusación fue el grupo Podemos en el Cabildo, y no los ex consejeros como personas físicas, el juez instructor que aceptó esa personación ya le ha aclarado reiteradamente lo contrario. Y también lo repitió este lunes en el juicio, durante la presentación de las cuestiones previas, la representante del Ministerio Fiscal. Así, tras ver rechazado otra vez ese intento, la defensa ha jugado esta nueva baza con el juicio ya iniciado. "Si se pide esa pena, el conocimiento y el fallo corresponde a la Audiencia Provincial", ha alegado, dos años y cuatro meses después de que se conociera la pena solicitada por la acusación.