Tribunales

La Fiscalía respalda que San Ginés vaya a juicio con la acusación popular aunque ella pedirá la absolución

Tras el nuevo plazo que le dio el juez que instruyó la causa por la incautación de la desaladora, la fiscal ha presentado finalmente escrito de calificación pidiendo que se celebre la vista oral

La Fiscalía respalda que San Ginés vaya a juicio con la acusación popular aunque ella pedirá la absolución

La Fiscalía, que había decidido no formular acusación en la causa penal por la incautación de la desaladora de Montaña Roja, ha pedido no obstante que se lleve a juicio al presidente del Cabildo, Pedro San Ginés, al secretario, Francisco Perdomo, y al que era gerente del Consejo Insular de Aguas, José Juan Hernández Duchemín, en base al escrito de calificación presentado por la acusación popular, ejercida por el grupo Podemos en el Cabildo, que coincide a su vez con el criterio del juez instructor.

Para ello, tras recibir un nuevo plazo por parte del magistrado, la fiscal Celia María Asensio ha presentado finalmente su propio escrito de acusación, aunque pidiendo la absolución de los investigados. Así, pese a mantenerse en su postura, avala que se celebre la vista oral coincidiendo así con el criterio del juez instructor, que ya había ordenado la apertura de juicio atendiendo a lo solicitado por la acusación popular.

Tanto la defensa de San Ginés como del resto de acusados habían pretendido evitar el juicio aferrándose a la conocida como "doctrina Botín", que evitó que el conocido banquero fuera a juicio cuando en el procedimiento que se seguía contra él se retiró la Fiscalía y quedó solo la acusación popular. Sin embargo, otros precedentes más recientes, como el ocurrido en el caso Noos con la infanta Cristina y después con el caso Bankia, avalan que el procedimiento pueda continuar cuando están en juego intereses colectivos, que son los que representa la acusación popular. "La acción popular cobra especial relevancia en los delitos de corrupción, en aquellas modalidades delictivas que, por su reiteración y por el menoscabo que generan en el tejido social, preocupan de forma especial a la ciudadanía", señalaba el juez en el auto en el que ordenó abrir juicio oral contra San Ginés.

 

"Un capricho de San Ginés" para "beneficiar a Canal Gestión"


Así, San Ginés, Perdomo y Duchemín deberán sentarse en el banquillo con una petición de 12 años de inhabilitación para cada uno por un presunto delito de prevaricación, al haber incautado unas plantas privadas de Club Lanzarote, sin orden judicial y sin un solo informe por escrito que lo avalara, para entregárselas a Canal Gestión.

"La resolución adoptada carece de lógica jurídica alguna, ya que resulta improcedente y absolutamente desproporcionado incautar una instalación privada como medida cautelar sujeta a un expediente sancionador que, como máximo, podía imponer una multa de 7.200 euros", señalaba el escrito de la acusación popular, que considera que la incautación se llevó a cabo porque era "la única vía que daba respuesta al capricho del señor San Ginés y su deseo de beneficiar a Canal Gestión Lanzarote", que gracias a ello obtuvo "pingües beneficios".

Aunque esa acusación fue interpuesta por el grupo Podemos en el Cabildo, a efectos jurídicos quienes están personados en la causa son los consejeros a título personal. Así, pese a los cambios que se producirán en ese grupo político tras las próximas elecciones, el portavoz Carlos Meca ha dejado claro que continuarán ejerciendo la acusación.

 

Dos hechos que coincidieron con el cambio de criterio de la Fiscalía


En su escrito, fechado el pasado 18 de diciembre pero notificado a las partes este miércoles, la fiscal incluye el mismo relato de los hechos que le había llevado pedir en su día la imputación de los tres acusados y a sostener que había indicios suficientes para llevarles a juicio. Fue el pasado mes de mayo, y tras haberse opuesto a los recursos que éstos presentaron contra el auto que puso fin a la instrucción, cuando cambió de criterio y pasó a pedir "el sobreseimiento provisional de las actuaciones en tanto no obraran nuevos elementos de juicio". 

En aquel escrito, la Fiscalía vinculaba su decisión al auto que acababa de dictar el polémico juez Salvador Alba ?hoy apartado de la Audiencia Provincial y pendiente de juicio por graves delitos en el ejercicio de su cargo-, que acordó la desimputación de uno de los investigados, el abogado Ignacio Calatayud, Así, la fiscal señaló que "ante la imposibilidad de formular acusación" contra este letrado, al que el resto de acusados señalaban como el "ideólogo" de la incautación, tampoco podía hacerlo contra los demás.

Además, el cambio de criterio coincidió también con la retirada del procedimiento de Club Lanzarote, que fue quien denunció la causa pero que después decidió abandonarla, tras negociar un acuerdo con San Ginés por el que actualmente sigue explotando esas plantas.

 

Se retiró, pero avalando los siguientes pasos del juez


No obstante, pese a haber pedido el sobreseimiento, el Ministerio Fiscal siguió defendiendo después los pasos dados por el juez para continuar las actuaciones y ahora incluso ha pedido que la causa vaya a juicio, a pesar de que pedirá la absolución. Al respecto, en su nuevo escrito señala que "los hechos relatados no son constitutivos de infracción penal" ni existe "responsabilidad criminal", aunque en esta ocasión no explica qué le ha llevado a adoptar este nuevo criterio.

En ese relato de los hechos, la Fiscalía recuerda que el único informe jurídico con el que contaba San Ginés para justificar su actuación se elaboró en realidad cuando ya había ejecutado la incautación. Y quien lo elaboró fue su amigo Ignacio Calatayud, que no es trabajador del Cabildo pero que ha sido contratado de forma reiterada por el presidente como asesor externo. Después, ese informe fue firmado también por el secretario de la Corporación, en lo que el juez instructor considera que pudo ser un acto de prevaricación para intentar dar cobertura a la medida que ya había adoptado al presidente.

Además, la Fiscalía recuerda también las sentencias dictadas en la vía contencioso administrativa, que han concluido ya que una medida cautelar "tan gravosa y extrema" como la incautación no estaba justificada, máxime cuando a la titular de las plantas solo se le había abierto expediente por tres infracciones leves y una menos grave. De hecho, eso fue lo que llevó a anular la incautación y a devolver a Club Lanzarote las plantas que habían dejado en manos de Canal Gestión, que durante ese periodo aumentó significativamente su facturación.

Pese a ello, la fiscal ha decidido pedir ahora la absolución, aunque su escrito deja claro que estará presente en el juicio. Incluso, en su escrito pide interrogar durante la vista a los acusados, así como a distintos testigos que pide que sean citados.