Tribunales

La Audiencia ordena el ingreso en prisión del ex secretario de Yaiza, que causó "daños irreparables al municipio"

Rechaza suspender la ejecución de la condena del caso Yate y subraya la "gravedad" de los hechos por los que fue condenado. "Las construcciones desmedidas y contrarias a la normativa provocaron una alteración del territorio en perjuicio de todos los ciudadanos"

La Audiencia ordena el ingreso en prisión del ex secretario de Yaiza, que causó daños irreparables al municipio

La Audiencia Provincial de Las Palmas ha rechazado el último intento de evitar la cárcel del ex secretario del Ayuntamiento de Yaiza, Vicente Bartolomé Fuentes, que deberá ingresar en prisión para cumplir la condena que se le impuso en el caso Yate, por la concesión masiva de licencias ilegales en el municipio. Dado que la condena era de un año de prisión, el ex secretario pidió que se suspendiera su cumplimiento, pero su petición fue rechazada en un auto dictado el pasado 20 de abril. Ahora, lo que se ha desestimado es el recurso que presentó contra ese auto.

En la nueva resolución, contra la que ya no cabe recurso, la Sección Segunda de la Audiencia subraya las condenas anteriores que pesaban sobre Bartolomé Fuentes y también la "gravedad" de los delitos por los que fue condenado en esta causa. "Las construcciones desmedidas y contrarias a la normativa urbanística provocaron una alteración del territorio en perjuicio de todos los ciudadanos", recoge el auto, que señala que la actuación del ex secretario causó "daños irreparables al municipio".

Al respecto, el auto recuerda que la sentencia, dictada además tras alcanzar un acuerdo de conformidad con la Fiscalía y reconocer los hechos que se le imputaban, le condenó por haber emitido informes como secretario, bajo la Alcaldía de José Francisco Reyes, "a sabiendas de su manifiesta ilegalidad, contribuyendo de manera decisiva en el dictado final de los decretos de concesión de licencia por el alcalde, propiciando con su actuación manifiestamente ilegal una alteración total de la realidad urbanística del municipio de Yaiza, puesto que se autorizaron construcciones y edificaciones hoteleras sin otra base legal que el capricho del alcalde". 

 

Confesó que sabía que Marina Rubicón y el Plan Playa Blanca eran ilegales


Además, subraya que ese relato de hechos probados de la sentencia "fue reconocido como cierto por el propio Vicente Jesús Bartolomé Fuentes". Respecto a uno de los alegatos que ha empleado después para evitar la cárcel, la Audiencia señala que "es cierto que en algunas ocasiones el alcalde actuó contra el criterio" del ex secretario, pero señala que "por tales casos no ha sido condenado" y por tanto no es por ellos por los que debe responder.

Concretamente, Vicente Bartolomé Fuentes confesó haber cometido un delito de prevaricación al informar a favor de dos proyectos que sabía que eran ilegales: el Plan Parcial Playa Blanca y el puerto deportivo Marina Rubicón. Y también reconoció haber contribuido a malversar fondos públicos del Ayuntamiento, al haber permitido que se pagaran viajes privados del ex alcalde con dinero del Ayuntamiento de Yaiza. 

"Se trata de delitos cometido por funcionarios públicos, en lo que viene denominándose corrupción política, que como decíamos en el auto recurrido, suponen uno de los ataques más demoledores que puedan infringirse a una sociedad democrática, no solo desde un punto de vista cuantitativo: por el perjuicio económico que producen, sino cualitativo: al socavar, hasta casi disolver, los principios mismos sobre los que se asienta aquélla", señala la Audiencia, que cuestiona que la defensa de Bartolomé Fuentes no hacía ninguna referencia en su recurso a la "gravedad de los hechos" por los que fue condenado.

 

Cuatro condenas a sus espaldas


Además, a esto añade también el riesgo de reincidencia. Y es que aunque Bartolomé Fuentes ya fue apartado de su cargo de secretario de Yaiza por una condena anterior, actualmente sigue trabajando para la administración pública, concretamente en el Cabildo de Gran Canaria. "La posibilidad de comisión de nuevos delitos está latente, no solo por su condición de funcionario en activo actualmente, y porque en tal condición cometió los delitos de las tres condenas que pesan sobre el mismo, si bien una de ellas no es firme, sino porque además le consta una cuarta condena por delito contra la seguridad vial, lo que probaría la variedad delictiva que practica el aquí penado", subraya el auto.

Además, señala que el recurso del ex secretario hacía referencia a "una serie de circunstancias que en nada afectan a la posibilidad o no de suspender la ejecución de la pena". Al respecto, señala que el hecho de que reconociera los hechos durante el juicio "ya conllevó la rebaja de las penas impuestas".

En cuanto al abono de la responsabilidad civil, además se subrayar la "escasa cuantía referida en el recurso", apunta que "no puede calificarse de 'esfuerzo'". Y tampoco el pago de la multa, "pues en otro caso conllevaría la privación de libertad de un día de prisión por cada dos cuotas impagadas". Por último, en cuanto al hecho de que manifestara "la voluntad de integración social y laboral", la Audiencia considera que "es una mera manifestación de intenciones por quien ha sido condenado en varias ocasiones, por distintas modalidades delictivas".