La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha decidido corregir el auto que dictó el pasado 21 de marzo y ha aclarado que todas las pruebas contra Urbaser aportadas por el Ayuntamiento de Arrecife en el caso Unión podrán incorporarse al procedimiento. En aquel auto, la Audiencia decidió dejar fuera de la causa uno de los dos escritos de acusación presentados por el Consistorio en esta pieza, centrada en la etapa de gobierno de María Isabel Déniz y en dos tramas distintas, la de Urbaser y la relacionada con FCC y el pabellón de Argana.
Por este motivo, el Ayuntamiento presentó dos escritos distintos dentro de esta pieza, uno por cada trama, elaborados por abogados diferentes. En su momento, la juez instructora aceptó esos escritos entendiendo que eran complementarios y no dos calificaciones distintas. Sin embargo, tras un recurso presentado por Felipe Fernández Camero y otros dos acusados, directivos de Urbaser, la Audiencia accedió a dejar fuera uno de los dos escritos.
Además, estableció que el expulsado fuera el relativo a la trama de Urbaser, alegando que se presentó más tarde, pese a que los dos se entregaron en los Juzgados en el mismo momento, según el Consistorio. Tras conocer esa decisión, el Ayuntamiento presentó un incidente de nulidad que ha sido rechazado, pero lo que sí se ha asegurado es que no tendrá que renunciar a ninguna de las pruebas aportadas.
"Se refieren a hechos por los que acusa el Ministerio Fiscal"
Fue el Ministerio Fiscal quien pidió a la Audiencia que aclarara el auto, mientras que las defensas alegaron que la petición era "extemporánea", para intentar impedir que esas pruebas se incorporaran a la causa. Sin embargo, la Sala ha rechazado sus argumentos, en un nuevo auto fechado el pasado 24 de mayo. Así, además de señalar que esas pruebas fueron presentadas "en tiempo", también subraya que "se refieren a hechos que han sido incorporados al auto de incoación del procedimiento abreviado y por los que acusa el Ministerio Fiscal, luego tampoco se refieren a hechos novedosos".
Por eso, concluye que "la devolución del escrito de calificación no supone la devolución de las pruebas acompañadas al mismo", más allá de que será al inicio del juicio oral cuando la Sala encargada de enjuiciar la causa se pronuncie sobre la admisión de éstas y de las demás pruebas de cargo y de descargo presentadas por las partes.
En el caso de las aportadas por el Ayuntamiento, incluyen informes periciales y documentos contractuales que no estaban en el procedimiento y que servirían para acreditar el presunto desfalco de las arcas municipales por parte de los acusados. Entre otras cosas, el Consistorio ha presentado un informe pericial económico sobre los pagos a Urbaser, que pone de relieve lo "lesivo" del contrato que se le adjudicó a esta empresa, a través de un presunto amaño. A esto se suma otra pericial sobre el coste real de las naves por las que el Ayuntamiento se comprometió a pagar 6 millones de euros a esta empresa por hacer la obra en suelo municipal.