Tribunales

El juicio por una violación en Playa Blanca se salda con dos años de cárcel y una indemnización de 2.500 euros

El acusado ha reconocido los hechos y ha evitado el juicio alcanzando un acuerdo de conformidad con la Fiscalía, que ha rebajado las penas y ha cambiado la calificación inicial, pasando de agresión sexual a abusos sexuales

Imagen de la Sala de la Audiencia, con el acusado de espaldas (a la izquierda) junto a su letrada

El acusado de violar a una mujer dentro de un coche en Playa Blanca ha alcanzado este martes un acuerdo de conformidad con la Fiscalía justo antes de empezar el juicio, consiguiendo así una considerable rebaja en la pena que se solicitaba para él. Así, se le impondrá finalmente una condena de dos años de prisión, frente a los 8 años que pedía inicialmente el Ministerio Fiscal.

Para justificar esta rebaja, la fiscal ha modificado la calificación inicial, pasando de un delito de agresión sexual a uno de abuso sexual, y ha tenido en cuenta dos atenuantes. Una de ellas ha sido la “reparación del daño”, al asumir el acusado el compromiso de indemnizar a la víctima con 2.500 euros en un plazo máximo de 8 días.

El otro atenuante han sido las “dilaciones indebidas” en la instrucción de la causa, que estuvo parada más de 18 meses en el Juzgado de Instrucción Número 3 de Arrecife, según ha señalado la representante del Ministerio Público. Concretamente, ha detallado que se tomó declaración judicial al investigado a mediados de 2019, poco después de ocurrir los hechos, y hasta finales del año siguiente no se practicaron nuevas diligencias.

 

Podrá eludir la pena de prisión

La negociación entre las partes se ha llevado a cabo justo antes de comenzar el juicio, que estaba previsto a las 9,30 horas ante la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Las Palmas, que se había desplazado a Lanzarote para la vista. Finalmente, tras más de una hora de conversaciones, el acusado ha entrado a la sala con su letrada para ratificar el acuerdo ante los magistrados.

De esta manera, ha evitado la celebración del juicio y se ha procedido directamente a dictar una sentencia de conformidad, contra la que ya no cabe recurso, al haber renunciado a ello las dos partes. “A este tribunal no le queda otra que dictar sentencia en los términos acordados por la señora fiscal”, ha señalado el presidente de la sala tras confirmar el acusado que aceptaba el acuerdo y que reconocía los hechos que se le imputan.

A continuación, se le ha advertido que debe cumplir con el pago de esa indemnización a la víctima en el periodo máximo acordado, y también con la otra parte de la condena que se le ha impuesto, que implica la prohibición de acercarse a menos de 500 metros de la víctima o comunicarse con ella por cualquier medio durante 5 años. “En caso de no hacerlo, podrá incurrir en un nuevo delito”, le ha advertido la secretaria judicial.

En cuanto a la pena de prisión, al no superar los dos años y al no tener antecedentes penales el condenado, podría no llegar a cumplirla, saldándose la causa con la orden de alejamiento y esa indemnización de 2.500 euros a la víctima.

 

Sin imágenes del acusado para proteger a la víctima

En su escrito de calificación inicial, la Fiscalía sostenía que el delito había sido de agresión sexual y no de abusos, describiendo la violencia física que empleó el acusado (que es la que marca la diferencia entre ambos delitos y las diferentes penas establecidas para ambos). Según ese escrito, el condenado había estado tomando esa noche una copa con la víctima y después se ofreció a llevarla a casa en su coche. Una vez en el interior del vehículo, se desvió de la ruta y se dirigió a esa zona apartada, donde intentó besarla. “Ante su negativa, forcejó con ella y le propinó un golpe en la parte izquierda de la cabeza”, señalaba el Ministerio Fiscal, que añadía que después aprovechó el efecto del golpe y del alcohol que había consumido “para bajarle los pantalones y las bragas y penetrarla vaginalmente”, en contra de su voluntad.

Además, en base a los partes médicos, señalaba que la víctima sufrió distintas heridas en la cara, en las rodillas y en los brazos, por lo que lo acusaba también de un delito de lesiones, por el que pedía una multa de 1.080 euros, que finalmente también se ha eliminado en el acuerdo.

Respecto a la indemnización, inicialmente solicitaba que fuera de 5.000 euros, pero se ha rebajado a la mitad.

Durante la comparecencia del acusado ante el tribunal para ratificar el acuerdo, el presidente de la Sala ha permitido el acceso de la prensa, pero ha advertido que no debían tomarse “imágenes directas” del acusado para “preservar la intimidad de la víctima”, evitando mostrar su rostro ante la posibilidad de que se le pudiera relacionar con ella.