Tribunales

El juez archiva la causa contra los consejeros de CC por falsedad documental y coacciones a Sosa

Respecto a las presuntas amenazas que el consejero recibió de San Ginés, el auto concluye que “solo se cuenta con la declaración incriminatoria del denunciante”

Los consejeros de CC, a su llegada a los Juzgados (FOTOS: José Luis Carrasco)

El juez Jerónimo Alonso ha decidido sobreseer provisionalmente una de las causas abiertas contra Pedro San Ginés, en la que estaba investigado por un delito de coacciones contra el consejero Juan Manuel Sosa. Este procedimiento se amplió después a todos los consejeros del grupo de CC, por un presunto delito de falsedad documental, que ahora ha sido también archivado.

En un auto fechado este lunes, contra el que cabe recurso, el magistrado señala respecto al primer delito que “solo se cuenta con la declaración incriminatoria del denunciante”, sin que tras la investigación se haya obtenido “elemento indiciario alguno” para “corroborar” su testimonio.

Lo que denunció Juan Manuel Sosa, tal como recuerda el auto, fue que el 12 de mayo de 2021, Pedro San Ginés le citó en su casa y allí “le exhibió en la pantalla de su ordenador un documento que contenía una querella formulada contra él por la comisión de un delito contra la Hacienda Pública, con una petición de pena de 2 a 6 años de prisión y de multa de 85.000 euros”.

En ese encuentro, según Sosa, San Ginés le amenazó con presentar la querella e iniciar una campaña de prensa contra él si no renunciaba a su acta de consejero en el Cabildo.

“Las notas de prensa y declaraciones realizadas con posterioridad al día 13 de mayo de 2021 por el investigado Pedro San Ginés Gutiérrez no implican, de por sí, que existiera la amenaza denunciada”, sostiene ahora el magistrado, tras haber investigado los hechos por orden de la Audiencia Provincial, que anuló su primer auto de sobreseimiento.

Respecto a la supuesta falsificación del reglamento del grupo de CC en el Cabildo, que según Sosa fue “simulado y creado ad hoc” para poder expulsarle, el juez concluye que “carece de relevancia penal, sin perjuicio de las consecuencias que en el ámbito administrativo pudiera tener esta actuación”.