La Fiscalía del Tribunal Supremo ha pedido que se inadmita de plano del recurso presentado por el Gobierno de Canarias contra la decisión de su Tribunal Superior de Justicia de no ratificar el cierre perimetral de las islas que se encuentren en nivel 3 y 4 para poder hacer frente a la pandemia por Covid. Considera que el recurso carece de interés casacional, por lo que no cabe que el alto tribunal delibere sobre la cuestión planteada.
"Esta Fiscalía entiende que, en realidad, el recurso de casación interpuesto por la representación del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Canarias encierra una simple pretensión revisora del razonamiento empleado por el Tribunal a quo, que no se ajusta al concepto y la función del recurso de casación, sino que más bien tendría cabida en la técnica de la apelación", señala.
Añade que, si bien el razonamiento valorativo empleado por el TSJ de Canarias puede ser discutible, "no cabe confundir esa discrepancia con la infracción del juicio de proporcionalidad que impone la jurisprudencia examinada".
Por ello, concluye el recurso carece de "interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia respecto al control de proporcionalidad realizado por el tribunal canario".
La cuestión casacional que proponía el Gobierno de Canarias buscaba que el Supremo fije como criterio jurisprudencial que, en situaciones excepcionales como es el caso de una pandemia de dimensión mundial, el juicio de proporcionalidad sobre medidas de la autoridad sanitaria precisadas de ratificación judicial, no puede abstraerse de la realidad que ha obligado a la adopción de las medidas, y resolver como si se estuviera en situación de absoluta normalidad.
En total, el TSJC tumbó dos de las medidas propuestas por el Gobierno canario -el toque de queda y los cierres perimetrales de islas con alta incidencia-, pero finalmente el Ejecutivo decidió recurrir solo una de ellas y renunciar al toque de queda, al entender que tenía más posibilidades de prosperar.