Tribunales

El exalcalde de Yaiza y los técnicos municipales, condenados por la licencia de las mil viviendas de Costa Roja

El juzgado declara que cometieron delitos de prevaricación urbanística en la concesión de la licencia a Lleó y les impone penas de un año y nueve meses de inhabilitación y multa por el largo tiempo que estuvo paralizado el procedimiento

Juicio por la licencia ilegal de Costa Roja

El juicio por la licencia ilegal de las mil viviendas de Costa Roja ya tiene sentencia. En el banquillo se sentaron el exalcalde de Yaiza, José Francisco Reyes, y Bartolomé Fuentes y Antonio Lorenzo, quienes ejercieron de secretario y jefe de la Oficina Técnica del ayuntamiento, respectivamente.

Los tres acusados han sido condenados por prevaricación urbanística a la multa de tres meses y un día y han quedado inhabilitados por un año y nueve meses, tras aplicarles como atenuante muy cualificado las dilaciones indebidas a las que se vio sometido el procedimiento penal.

Como se recordará, los hechos que han dado lugar a esta nueva sentencia se produjeron hace ya más de 17 años, cuando el que fuera alcalde de Yaiza, José Francisco Reyes, otorgó una licencia a Luis Lleó para la construcción de más de 1.000 viviendas, 228 locales comerciales y 2.559 plazas de garaje a la entrada de Playa Blanca, en un suelo que carecía de la ordenación adecuada para ese macroproyecto.

El Cabildo de Lanzarote tuvo conocimiento de la concesión de esta licencia sin adoptar medidas en su contra hasta que, como consecuencia de una moción del PSOE, se vio obligado a interponer un procedimiento contencioso en contra de la misma. Esta acción judicial se vio reforzada por la denuncia que a título personal realizó quien fuera secretario general del PSOE de Lanzarote y consejero de Política Territorial del Cabildo de Lanzarote, Carlos Espino.

Precisamente en esta licencia se encuentra el origen del Caso Unión ya que Lleó intentó, a través de Fernando Becerra, que actuaba como intermediario, que Espino retirara el procedimiento interpuesto contra la concesión de la licencia a cambio de un  soborno, que fue puesto en conocimiento de la UCO dando lugar a que se investigara una de las tramas de corrupción más importantes en Canarias.

Tal y como establece la sentencia, el proyecto al que se le concedió la licencia era contrario al ordenamiento jurídico, "al no estar el suelo en el que se situaba la parcela recogido como suelo urbano en el planeamiento municipal, sin que el mismo tuviera la consideración de suelo urbano consolidado y además se le pretendía dar un uso residencial cuando el suelo tenía una atribución de turístico".

A lo largo del procedimiento, las defensas intentaron por todos los medios justificar lo contrario y, como ha venido sucediendo en todos los procedimientos relacionados con la corrupción urbanística en Lanzarote, correspondió a Felipe Fernández Camero la tarea de tratar de desvirtuar las disposiciones del Plan Insular, al que llegó a tildar de anticonstitucional en su defensa de varias licencias hoteleras.

De especial interés, como recoge la sentencia, fue la declaración de Agustín Domingo Acosta Hernández,abogado especialista en derecho administrativo y que ya en el 2007 llevaba 10 años impugnando licencias urbanísticas por encargo del Cabildo y cuya exposición en el acto del juicio fue muy aclaratoria y reveladora sobre la actuación de los acusados..

La intervención del citado letrado (propuesto como perito por la Fiscalía) fue clave para establecer varios aspectos que, nuevamente, recoge de manera textual la sentencia, pudiendo destacar que su exposición resultó fundamental para acreditar las infracciones del procedimiento y la real condición del suelo, estableciendo claramente que se trataba de suelo urbanizable no sectorizado, resultando imprescindible que el Plan Insular "incorpore criterios para la sectorización de ese suelo y que informe favorablemente la sectorización el Cabildo, con aprobación de un plan parcial" por lo que el suelo sobre el que se concedió la licencia no podía ni urbanizarse ni edificarse.

Hay que recordar que el procedimiento estuvo bloqueado hasta el año 2019 por el polémico juez Lis, titular por entonces del Juzgado que instruía la denuncia interpuesta por Espino.