El Tribunal Superior de Justicia de Canarias acaba de ordenar que se ejecute la demoledora sentencia que determinó que debe revisarse la adjudicación del agua en Lanzarote a Canal de Isabel II por las irregularidades detectadas en el procedimiento. La resolución, que está fechada el pasado 27 de mayo, señala que el fallo ha "ganado firmeza", confirmando así lo que había publicado La Voz de Lanzarote y desmintiendo con ello al presidente en funciones del Cabildo, Pedro San Ginés, que hace solo dos semanas volvió a asegurar que este procedimiento estaba "cerrado" o "archivado".
"No hay nada que ejecutar", afirmó San Ginés después de que La Voz hiciera pública la providencia del Tribunal Supremo que hizo firme ese fallo, al rechazar los recursos presentados por el Consorcio del Agua y por Canal de Isabel II. Además, San Ginés reconoció que ya conocía esa providencia -que se había dictado casi tres meses antes- y que la había mantenido oculta, igual que hizo en su día con la sentencia del TSJC, que también tuvo que ser desvelada medio año después por este medio.
Ahora, la diligencia de ordenación dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias no solo deja constancia de la "firmeza" de esa sentencia, sino que también ordena que se "lleve a puro y debido efecto" y que se "exija el cumplimiento de las declaraciones contenidas en el fallo".
La sentencia tachaba de "polémica" la adjudicación y apuntaba a su nulidad
Ese fallo estimó un recurso interpuesto por Club Lanzarote y anuló una resolución del Consorcio por la que se rechazó su petición de revisar la adjudicación del agua a Canal. Así, ordenaba que se llevara a cabo esa revisión, "con observancia de todos y cada uno de sus trámites", tras haber detectado causas de nulidad. De hecho, la Sala apuntaba que había valorado anular directamente la adjudicación, aunque finalmente optó por ordenar que fuera la administración quien iniciara la revisión de sus actos.
"Lo prudente ahora es actuar como usualmente hacemos, esto es, ordenar se admita la solicitud y que se sustancie el procedimiento por todos sus trámites", señalaba la sentencia, que también advertía que "muy difícilmente podrá esta polémica actuación del Consorcio superar el obstáculo que supone el dictamen del Consejo Consultivo". Así, apuntaba que ese procedimiento de revisión terminará declarando nulo el contrato.
Por su parte, San Ginés se resiste a iniciar esa revisión y se aferra al convenio que negoció con Club Lanzarote por la desaladora de Montaña Roja, en el que incluyó una cláusula para que se retiraran también de este procedimiento. Sin embargo, la retirada del demandante no le exime de la obligación de ejecutar el fallo, dado que no se trata simplemente de un pleito entre particulares sino de una cuestión de orden público. Además, la propia Ley obliga a toda administración a revisar sus actos cuando hay causas de nulidad, y en este caso esa advertencia de nulidad viene de una sentencia judicial firme que el TSJC ya ha ordenado ejecutar.
Ignacio Calatayud, pieza clave en la adjudicación
Entre otras cosas, esa sentencia considera acreditado que en el procedimiento negociado se produjeron "sorprendentes alteraciones" en los pliegos "en beneficio" de Canal. Ese procedimiento negociado se inició después de quedar desierto el concurso, y quien propuso acudir a esta vía en lugar de convocar una nueva licitación fue el abogado Ignacio Calatayud, que después participó activamente en el proceso como asesor de San Ginés.
En ese momento, el secretario de la Corporación había señalado que también podía convocarse una nueva licitación, bien con los mismos pliegos o modificándolos y sacando un nuevo concurso, pero San Ginés optó por la vía propuesta por su asesor y amigo personal, que tras la adjudicación llegó a cobrar de Canal 116.000 euros en menos de dos años. Además, Calatayud también fue quien asesoró después al presidente para incautar la desaladora de Club Lanzarote en Montaña Roja y entregársela a Canal Gestión, en unos hechos por los que San Ginés se sentará en el banquillo acusado de prevaricación.
Además, pese a que el secretario advirtió que en caso de ir a un negociado no podían introducirse cambios sustanciales en los pliegos, la sentencia del TSJC confirma que eso fue exactamente lo que terminaron haciendo. "Es incuestionable que el Consorcio terminó por efectuar una modificación sustancial de las condiciones rectoras del procedimiento de adjudicación del contrato, hasta el punto que el efectivamente celebrado es radicalmente distinto al que fue objeto de la licitación inicial", señalaba la sentencia del TSJC que ocultó San Ginés y que ahora deberá ser ejecutada.
Un ex directivo de Canal hizo los pliegos y valoró las ofertas
En cuanto a los pliegos del concurso, quien los elaboró fue la empresa de un ex directivo de Canal, que después fue detenido en una de las causas de corrupción en las que está inmersa Canal de Isabel II. Después, cuando el concurso quedó desierto y se acudió al procedimiento negociado por recomendación de Calatayud, se volvió a contratar para realizar la valoración técnica de las ofertas a este ex directivo de Canal, que dio la mayor puntuación a su antigua empresa.
El otro informe, correspondiente a la valoración económica de las ofertas, fue redactado por el gerente del Consorcio del Agua, Domingo Pérez, y ni siquiera incluía un cálculo de cuánto dinero suponía cada oferta en lo relativo a los cánones variables, que era el punto fuerte de la otra empresa aspirante, Gestagua, superando con creces a la oferta de Canal.
Cabe recordar que Domingo Pérez se negó a comparecer en la comisión de investigación creada hace unos meses en el Cabildo y por tanto no aclaró las lagunas de su informe, mientras que San Ginés aseguró que era "imposible" conocer esa cifra. Sin embargo, tal como publicó la pasada semana La Voz de Lanzarote, las actas de las reuniones de la mesa de contratación confirman que el presidente sí manejaba datos de lo que hubiera supuesto la oferta de Gestagua, y la diferencia sería de decenas de millones de euros a los que renunció el Consorcio al adjudicar el agua a Canal.