El Tribunal Supremo ha confirmado una condena a 21 meses de cárcel a un agente de la Guardia Civil destinado en Costa Teguise, Carlos Alberto Troyano Astorga, al considerar acreditado que se quedó con droga intervenida en distintas operaciones policiales. Además, deberá abonar una multa de 1.350 euros y será suspendido de empleo o cargo público durante año y medio, todo ello como culpable de un delito de malversación.
El primer veredicto fue dictado el pasado año por un jurado popular y el fallo fue después confirmado por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, tras rechazar un recurso del agente. Ahora, ha sido el Supremo quien ha desestimado su último recurso, declarando firme la sentencia.
"El acusado, en el marco de sus atribuciones, con el fin de obtener un beneficio económico y a sabiendas de que con dicha conducta contravenía los deberes de fidelidad inherentes a su cargo, el día 28 de abril de 2010, se apoderó de 1,4 gramos de cocaína, que había sustraído del sobre en que la sustancia encontraba y que el acusado custodiaba como consecuencia de la incautación de dicha sustancia en la vía pública, no reintegrándola en ningún momento", señalaba la sentencia confirmada.
Cocaína, hachís y marihuana en su domicilio
Junto a éste, la sentencia relataba otros episodios por los que fue acusado, aunque muchos de ellos no llegaron a ser declarados probados. Lo que sí se encontraron también fueron 16,07 gramos de hachís, 1,7 gramos de marihuana y 0,5 gramos de cocaína en el domicilio del acusado, que según el fallo "procedían de incautaciones de sustancias estupefacientes en la vía pública".
En su defensa, el agente alegó que un cabo que declaró como testigo actuó movido por un "ánimo espurio", ya que mantenían "malas relaciones debido a las continuas irregularidades que se cometían en la unidad en relación con el pesaje de las sustancias estupefacientes y la inexistencia de una caja fuerte para guardarlas". Incluso, aseguró que este cabo "le tendió una trampa con la sustancia intervenida" a un traficante.
"No se explica por qué la Unidad guardó durante varios meses esa sustancia y no la envió a la Delegación de Gobierno para que la analizara y la destruyera. Ni tampoco por qué el capitán está presente en el pesaje de la sustancia, pero luego no está presente en la entrega de la misma", sostenía su defensa, que alegaba que "no existen garantías" de que el cabo al que culpa de lo ocurrido "no pudiera haber dado el cambiazo al sobre".
Inicialmente había reconocido los hechos
Sin embargo, el Supremo vuelve a rechazar sus argumentos y, entre otras cosas, recuerda que cuando el acusado declaró en el cuartel, reconoció "espontáneamente" haber sustraído la droga. Y también volvió a hacerlo en el Juzgado de Instrucción, señalando que "sacó una cierta cantidad" y que "es práctica habitual en esa comandancia sacar cierta cantidad para fines lícitos", así como que "la sustancia que había en su casa es de lo mismo" y que él "solo se queda con el sobrante".
Después, en el juicio modificó su declaración, pero el jurado consideró "más fiable y convincente" la que prestó durante la instrucción. A esto, se suman las declaraciones que prestaron los funcionarios de la Guardia Civil que denunciaron en su día los hechos. Además, el TS también rechaza el alegato de que la droga encontrada en el domicilio perteneciera a la novia del acusado, como alegó en el juicio y en los recursos que ha interpuesto contra el primer fallo.