El juez Rafael Lis, que desde este martes está suspendido por una falta muy grave en el ejercicio de su cargo, siguió adoptando decisiones clave y al margen del criterio de la Fiscalía al menos hasta la víspera de ser apartado del Juzgado. En el último auto al que ha tenido acceso a La Voz, que está fechado este domingo 29 de abril, el juez pone fin a la instrucción de una causa abierta hace dos años e inicia el trámite llevarla a juicio, pese a que el Ministerio Fiscal pidió el pasado mes de enero que fuera archivada al no encontrar indicios de delito.
En su auto, Lis ordena iniciar el trámite de Procedimiento Abreviado contra la ex presidenta del Cabildo, Manuela Armas, y contra los ex consejeros Carlos Espino, Juan Félix Eugenio, Ramón Bermúdez y Juan Carlos Becerra, por un supuesto delito de prevaricación al otorgar la calificación territorial a una gasolinera promovida por Combustibles Canarios SA, propiedad de Honorio García Bravo, en la carretera de Playa Blanca a Femés.
Los hechos fueron denunciados hace dos años por la polémica Asociación de Juristas Jiménez de Asúa (AJJA), que ha sido apartada de otras causas judiciales, entre otras cosas por actuar con "mala fe". Además, esta asociación ha compartido intereses y argumentos con acusados en causas de corrupción como Luis Lleó y Juan Francisco Rosa, lo que ha llevado a la Fiscalía a compararla con un "caballo de Troya con intereses bastardos". Sin embargo, Lis sí permitió que esta asociación se personara en causas abiertas en su Juzgado, incluyendo ésta cuya instrucción acaba de cerrar.
La misma asociación pidió la fianza para Espino
La Asociación de Juristas Jiménez de Asúa también está personada en otra causa de Lis contra Carlos Espino por su gestión en los Centros Turísticos, y fue quien pidió que se le impusiera una fianza al ex consejero. En este caso, Lis atendió la petición de AJJA el pasado 18 de abril, imponiendo a Espino una fianza de 1,5 millones de euros. Y adoptó esta decisión cuando ya sabía que iba a ser apartado del Juzgado de forma inminente, ya que el Tribunal Supremo acababa de rechazar el recurso que presentó pidiendo medidas cautelares para evitar que se ejecutara la sanción que le impuso el Consejo General del Poder Judicial.
En el expediente disciplinario que dio lugar a esa sanción se le consideró responsable de una falta muy grave, al haber continuado interviniendo en una causa en la que había sido recusado, al existir dudas de su imparcialidad. El motivo de esas dudas estaba en el vínculo entre el juez y Juan Francisco Rosa, ya que la mujer del magistrado trabajaba para este empresario, que estaba utilizando las diligencias que instruía Lis en su defensa en el caso Unión.
Ahora, el juez ya ha empezado a cumplir esa sanción y estará fuera del Juzgado durante seis meses, suspendido de empleo y sueldo, pero antes ha adoptado dos decisiones clave en dos causas con denominadores comunes: que la Asociación de Juristas afín a los intereses de Rosa ejerce la acusación y que como investigado aparece Carlos Espino, que entre otras causas fue denunciante del caso Unión y del caso Yate. Además, el último auto está fechado en domingo y cuando ya sabía que le quedaba un día en el Juzgado, dado que el TSJC puso la pasada semana fecha al inicio del cumplimiento de la sanción, fijándola este 1 de mayo.
La Fiscalía ya rebatió los argumentos del juez
En cuanto a la causa cuya instrucción ha decidido cerrar, el criterio del juez choca con el de la Fiscalía, que el pasado mes de enero pidió que se archivaran las actuaciones al no apreciar indicios de delito en los hechos denunciados por AJJA. Sin embargo, en su auto, Rafael Lis se basa en un informe de la jurista del Cabildo Joana Macías, que se había pronunciado en contra de conceder la calificación territorial a esa gasolinera en el año 2008. Así, concluye que los cinco investigados ?cuatro de ellos como miembros del grupo de gobierno y Juan Carlos Becerra como consejero de la oposición- aprobaron conceder ese permiso "a sabiendas de su injusticia", al contar con un informe negativo.
Frente a esto, el Ministerio Fiscal ya había señalado el pasado mes de enero que el informe de Joana Macías no era vinculante, tal como declaró ella misma en los Juzgados, cuando fue citada como testigo en esta causa. En esa declaración judicial, la funcionaria explicó que se trababa de un "tema complejo" y que "el sentido del informe fue desestimatorio, pero que el planificador tenía que decidir", porque se trataba de interpretar el planeamiento, que no ordenaba expresamente este tipo de infraestructuras.
"Reseñó que en el momento de emitir su informe, a ella no le constaba la existencia de ninguna normativa que regulase explícitamente el número de gasolineras que debía haber por densidad de población o por distancia", subrayaba el Ministerio Fiscal en su escrito pidiendo el archivo de la causa. Además, recordaba que la propia jurista agregó que "una decisión tomada en sentido contrario a su informe, también podía ser honesta o irreprochable, si era rigurosa y estudiada", así como que "ninguno de los políticos intervinientes en el Consejo de Gobierno la presionó para que cambiase el sentido de su informe" y que "de hecho ni los vio".
"Excluye la comisión de ilícito penal alguno"
En opinión del Ministerio Fiscal, el hecho de que el informe de Macías no fuera vinculante y que se tratara además de un tema interpretable "excluye la comisión de ilícito penal alguno". Además, en su escrito añadía otros argumentos para archivar la causa, reproduciendo parte de las declaraciones prestadas por otros técnicos del Cabildo y por los políticos imputados. "Los investigados manifestaron tomar la decisión, y así lo plasmaron en la resolución del expediente de calificación territorial, atendiendo a los restantes informes, que eran positivos, y con el pleno convencimiento, como señaló Carlos Espino, de que incluso el informe jurídico, considerando su argumentación previa, era favorable a la calificación", señalaba la Fiscalía.
Así, recordaba que Espino "manifestó, en concreto, que él entendió que la consideración de Joana Macías no tenía nada que ver con el objeto del informe y no estaba sustentada en norma alguna que le permitiese establecer que el informe era negativo, dado que no existía ninguna norma que estableciese la densidad máxima de gasolineras por habitante o por kilómetros cuadrados, y dado que la argumentación previa era positiva".
Sin embargo, pese a ese escrito del Ministerio Fiscal, el juez Lis no solo no ha archivado la causa sino que este domingo decidió dar por cerrada la instrucción, abriendo el plazo para que se presenten los escritos de acusación, si así lo estiman necesario las partes. No obstante, ese auto de Lis aún puede ser recurrido, tanto por los investigados como por la Fiscalía.