Tribunales

Condenado a cinco años de prisión el acusado de abusar sexualmente de la hija menor de su pareja

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial también impone a Michael Roland Williams la pena de libertad vigilada durante seis años una vez salga de prisión y una indemnización de 20.000 euros para la víctima

Michael Roland Williams, durante el juicio por abusar sexualmente de la hija de su pareja

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial ha condenado a cinco años de prisión al acusado de abusar sexualmente de la hija menor de su pareja en Costa Teguise, cuando ésta tenía entre ocho y nueve años de edad. Michael Roland Williams deberá además indemnizar a la víctima con 20.000 euros por los "daños morales" causados, aunque ha sido absuelto del delito de exhibicionismo del que también estaba acusado. 

La sala considera probado que Michael Roland Williams mantuvo una relación con la madre de la menor entre diciembre de 2012 y mayo de 2014 conviviendo con ambas en Costa Teguise y que "en fecha no determinada", pero "en todo caso" dentro de ese periodo, "le pidió a la niña que le aguantara su pene, a lo que la menor accedió introduciendo su mano dentro de los pantalones cortos que Michael se había puesto", "no hallándose la madre de la menor en la casa" en aquel momento. 

Otro día, añade la sala, cuando la niña "se encontraba en su cama y sin que su madre se hallara en la casa, Michael Roland Williams se aproximó a la menor, se bajó los pantalones, y seguidamente le preguntó a la niña si ella se podía masturbar, la convenció para ello y ésta accedió". 

El tribunal también estima acreditado que "en otro momento", la niña "fue a la cama" donde estaban el acusado y su madre y "Michael Roland Williams, con ánimo de satisfacer su deseo sexual, tocó la vagina" de la menor, "mientras la madre de ésta se encontraba dormida". En otra ocasión, "por aquellas mismas fechas", el acusado "le pidió a la menor" que "eligiera uno de los vibradores que él y su pareja tenían en el dormitorio" y le enseñó "cómo funcionaba" y "lo usó haciendo que el vibrador tocara las zonas íntimas de la niña", se recoge en la sentencia.

 

Absuelto del delito de exhibicionismo 


Sin embargo, para la Sección Sexta de la Audiencia Provincial "no ha quedado acreditado" que el procesado "exhibiera a la menor, en cinco o siete ocasiones, películas no aptas para ésta, y a la vez le dijera que se masturbara delante de él, accediendo la menor a hacerlo", ni tampoco que en otra ocasión "Michael Roland Williams se bajara sus pantalones exhibiendo sus órganos genitales a la menor", que "le bajara las bragas a ésta" y que "comenzara a tocar con el dedo en las zonas genitales de la niña, indicándole que eso era el clítoris". 

Por ello, la sala absuelve a Michael Roland Williams de un delito de exhibicionismo, aunque le condena por uno continuado de abusos sexuales al no abrigar "duda alguna de la fiabilidad y veracidad en el testimonio de la menor", a pesar de que el acusado negó los abusos durante el juicio, acusando a la madre de actuar "por despecho" y de cometer "un enorme fraude" contra él "de unos 250.000 euros" y "utilizar" esta acusación para "deshacerse de él" 

 

"Credibilidad" del testimonio de la menor 


"No se atisba motivo alguno de resentimiento o venganza", señala el tribunal, que apunta que el relato de la menor "fue corroborado por lo dictaminado en la prueba pericial psicológica", señalando que "según las psicólogas forenses", el testimonio de la niña "presenta criterios de credibilidad y validez". Además, la sala manifiesta que "tampoco se puede afirmar que la madre de la menor haya influido en su hija para que mienta" y que "en modo alguno se ha acreditado la existencia de ese supuesto fraude" que manifestó el procesado. 

Así, considera la Audiencia Provincial que "no se aprecia motivo alguno que pudiera justificar o explicar que la menor se invente los hechos que relata" y recuerda que el propio acusado sí reconoció en el juicio "que explicó a la menor el funcionamiento del vibrador". 

 

Libertad vigilada durante seis años tras la pena de cárcel 


Por todo ello, la sala condena a Michael Roland Williams a cinco años de prisión, así como le prohíbe acercarse a la menor "a una distancia inferior a 200 metros" o comunicarse con ella "durante un periodo de seis años". 

Una vez cumplida la pena de cárcel, también se le impone la "libertad vigilada", que consistirá en la prohibición de acercarse a la víctima o comunicarse con ella durante otros seis años, así como también se le prohíbe durante ese tiempo "toda actividad que implique tener bajo su custodia o cuidado a menores" y "la obligación de participar en programas de educación sexual para pedófilos" también durante seis años. Por último, se condena al acusado a que indemnice a la menor "con la cantidad de 20.000 euros en concepto de daños morales". 

 

Dilaciones indebidas


Fiscalía había pedido para Michael Roland Williams seis años de cárcel por el delito continuado de abusos sexuales. Sin embargo, el tribunal ha aplicado la atenuante de dilaciones indebidas, ya que desde la declaración de la menor en el Juzgado de Instrucción hasta la emisión del informe psicológico forense "transcurrió algo más de un año y tres meses sin que, a la espera de dicho informe, se hubiera practicado (porque no era necesaria) otra actuación propia de la fase de instrucción del proceso". 

No obstante, la Sección Sexta de la Audiencia Provincial estima que esta atenuante sólo debe apreciarse como "simple" y no como "muy cualificada" como sostenía la defensa del acusado, lo cual hubiera supuesto una rebaja de pena mayor. Y es que, a juicio del tribunal, no se puede valorar como tal porque "la dilación no superó el concepto de extraordinaria, ni existió un plus de perjuicio para el acusado, quien no sufrió por estas actuaciones una situación de prisión provisional ni ninguna otra medida limitativa de sus derechos más allá de la detención durante poco más de dos horas en las dependencias de la Guardia Civil de Costa Teguise".