Tribunales

Condenado a 14 años y medio de prisión un vecino de Lanzarote por violar a una menor en Galicia

El acusado tenía "una relación de parentesco" con la joven, que tenía 14 años en el momento de la agresión, a la que deberá además indemnizar con 50.000 euros 

Condenado a 14 años y medio de prisión un vecino de Lanzarote por violar a una menor en Galicia

Un vecino de Lanzarote de 24 años ha sido condenado por la Audiencia Provincial de La Coruña a 14 años y seis meses de prisión por una agresión sexual cometida en 2017 en Galicia. La víctima fue una menor con la que "tenía una relación de parentesco", a la que deberá además indemnizar con al menos 50.000 euros. Asimismo, la Sala ha acordado que se le imponga al condenado la medida de libertad vigilada por un plazo de ocho años una vez cumpla la pena de cárcel. 

Los hechos tuvieron lugar en la madrugada del 5 de agosto de 2017, cuando la menor tenía 14 años y se encontraba con varias amigas en una fiesta que se estaba celebrando en La Coruña, donde también se encontraba el acusado, con quien tenía "una relación de confianza por conocerse y tratarse desde hacía varios años" . Y es que, según se indica, su abuela paterna es tía del procesado.

Según se recoge en el fallo, fechado el pasado 26 de junio, en un momento determinado, la menor y una amiga "se dirigieron hasta un lugar apartado, siendo seguidas" por el acusado, quien se dirigió a la joven diciéndole "que quería hablar en privado con ella", a lo que ésta accedió "quedando ambos a solas". En esta situación, según la Audiencia Provincial de La Coruña, el acusado se llevó a la menor "en volandas hacia una zona oscura" donde, "con el propósito de satisfacer sus deseos sexuales, la sujetó y comenzó a besarla", ante lo que ella "trató de oponerse" sin conseguir "desasirse debido a la mayor fortaleza" del procesado. 

Así, señala la sentencia, éste siguió "besándola" y "manoseándola en la zona genital" hasta que "le bajó totalmente los pantalones" llegando a penetrarla tanto vaginal como analmente, sin que la menor, "pese a gritar pidiéndole que la dejase y que no le hiciera eso", pudiese impedirlo. Además, "para evitar que se escuchasen sus quejidos de dolor", se apunta que el procesado tapó la boca a la joven. Asimismo, la Audiencia Provincial de La Coruña señala que la menor se vio "obligada" a "realizarle una felación" para que "le permitiera marcharse".

 

Lesiones como consecuencia de la agresión


Como consecuencia de los hechos, se indica que la menor sufrió diversas lesiones precisando "de exploración ginecológica, atención psicológica y tratamiento psiquiátrico", y que son por las que la Audiencia Provincial ha fijado una indemnización de 50.000 euros, en concreto de 40.000 por los daños morales sufridos y de 10.000 "por los días invertidos para la estabilización de su cuadro lesional".

Asimismo, el condenado deberá pagar a la víctima por "los gastos médicos farmacéuticos derivados de los hechos enjuiciados" en aquella cantidad "que se acredite en fase de ejecución de sentencia". 

 

El acusado alegó intoxicación por consumo de alcohol 


En el juicio, el acusado no negó los hechos, pero su defensa solicitó su absolución alegando "intoxicación plena por el consumo de bebidas alcohólicas". Sin embargo, la Audiencia Provincial de La Coruña considera, en base a declaraciones de testigos y de mensajes que el procesado envió aquella noche, que el consumo de alcohol no fue el descrito por el procesado y que "no afectó de manera relevante ni a sus facultades intelectivas ni a sus facultades volitivas". 

Además, la Audiencia Provincial de La Coruña considera que el testimonio de la víctima fue "sincero, creíble y sin contradicción alguna" y que "existen además diversas corroboraciones objetivas", como los informes médicos, que concluyeron que las lesiones que presentaba "son compatibles" con la agresión sexual narrada, y los estudios genéticos que se realizaron y que evidenciaron la presencia de ADN masculino" en la ropa interior de la menor, "compatibles con la muestra" obtenida del acusado. 

Así, condena al procesado a una pena de 14 años y seis meses de prisión como autor de un delito de agresión sexual cometido sobre una menor con la agravante "de obrar con abuso de confianza" con la prohibición de acercarse a la víctima y a su madre o comunicarse con ellas "por tiempo de 20 años" y le impone la medida de libertad vigilada por un plazo de ocho años una vez cumpla la condena de cárcel. No obstante, contra esta sentencia cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.