Sucesos

La Audiencia absuelve al acusado de agredir sexualmente a una niña de 8 años en un garaje de Tahíche

A pesar de que "el testimonio de la menor ha sido firme y persistente en su imputación al acusado", sin otras pruebas "no es suficiente para darle virtualidad probatoria decisiva"

El acusado de una agresión sexual a una menor en Lanzarote Juan José Saavedra. Foto: Juan Mateos.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha absuelto a un acusado de agredir sexualmente a una menor de edad cuando tenía ocho años en la casa de su padre en Tahíche. Ante la resolución, que no es firme, cabe presentar un recurso de apelación. 

Los hechos denunciados se remontaban a los meses de mayo y agosto de 2017, cuando el acusado Juan José Saavedra se quedó a dormir en el garaje de la vivienda de un amigo en Tahíche. En la misma habitación también dormía la hija de su amigo, una menor, que en ese momento tenía ocho años, su hermano mayor y sus dos hermanastros. 

El Tribunal señala que "no hay prueba de cargo suficiente" contra Juan José Saavedra, defendido por el despacho Fuenmayor Abogados, para "desvirtuar la presunción de inocencia" y "justificar razonablemente un pronunciamiento inculpatorio". 

El Juzgado ha señalado que "no ha quedado acreditado" que "en algún momento de la noche", el acusado se acercara al colchón de la niña, la girase y le metiera la mano por dentro del pantalón de la menor, frotando su zona genital e introduciendo uno de sus dedos en la vagina y que esto hiciera despertar a la menor del dolor. Tampoco ha visto acreditado que el acusado cogiera la mano de la niña y la llevara hacia su pene para masturbarse.

La prueba presentada en el juicio se centró en el testimonio de la víctima menor de edad, que tenía 14 años en el momento en el que prestó declaración. A pesar de que "el testimonio de la menor ha sido firme y persistente en su imputación al acusado", sin otras pruebas "no es suficiente para darle virtualidad probatoria decisiva", ha expuesto la Sala en el fallo al que ha tenido acceso La Voz

La Sala resalta que la menor "sitúa y contextualiza adecuadamente los hechos", además de que "no existe constancia alguna, ni se alega" que alguien la haya forzado a contar la historia y que el tiempo que tarde la víctima en denunciar "en nada socaba la credibilidad y la fiabilidad del testimonio". 

Además, ha continuado señalando que en el caso "concurren una serie de circunstancias externas que impiden dotar al testimonio de la necesaria suficiencia y conclusividad" por lo que "carece" de la corroboración periférica necesaria. Mientras ha señalado que los testimonios del padre, la madre y la profesora son creíbles, pero que "se limitan a exponer el relato de la menor".

Lo mismo que ocurre con el informe psicológico-forense que "concluye que no se encuentran indicios de simulación o sobresimulación", que narra "criterios propios y suficientes indicios para considerarla probablemente creíble" y que muestra "una huella psíquica compatible" con los hechos denunciados.

Sin embargo, expone que el informe psicológico "omite cualquier referencia" a otros casos de abusos sexuales vividos por la menor y producidos por otros autores. "A la menor se le han detectado unas importantes secuelas psicológicas y emocionales", pero "tampoco queda claro que tengan su origen en el ataque directo contra su indemnidad y libertad sexual imputado al acusado" o que estén "conectadas con otras vivencias alternativas" porque no se plantea en el informe psicológico. 

El Juzgado expone que "el daño a la infancia maltratada proyecta sus negativos efectos durante mucho más tiempo del que es propio de otro tipo de infracción penal", pero que "el derecho a la presunción de inocencia no conoce modulaciones". 

El Ministerio Fiscal pedía para el entonces acusado, la pena de 12 años de prisión y una orden de alejamiento que le prohibiera acercarse a menos de 500 metros de la menor durante 20 años, así como la inhabilitación para trabajar con niños por un tiempo de 17 años. Además solicitaba al hombre que indemnizara a la niña con 6.000 euros.