Cada vez con mayor frecuencia los vemos circulando por las carreteras de la Isla, y si en un principio nos causaban sorpresa y extrañeza, ya nos hemos habituado a su (muchas veces ruidosa) presencia. Nos referimos a los quads, un vehículo que empieza a gozar con gran aceptación por parte de muchos usuarios, ya que según ellos mismos definen, se trata de un medio de transporte cómodo, seguro y que permite gran libertad de movimientos.
A pesar de ello, son muchos los interrogantes que se ciernen sobre el tipo de carné que se necesita para conducir quads, así como sobre el número de plazas de determinados modelos, la obligatoriedad del casco o su posibilidad de transitar por las calles de cualquier pueblo o ciudad. En este sentido, la proliferación de modelos en el mercado está creando un parque móvil considerable que debiera estar perfectamente regulado y que actualmente, en multitud de casos, no cumple muchas veces con todos los requisitos legales.
Vacío legal
Las nuevas creaciones de las marcas cuentan ya con la posibilidad de transportar un pasajero además del conductor y circular libremente por el asfalto, así como hay viejos conocidos del mercado que nos permiten elegir entre dos versiones para su uso por el campo o ciudad.
Cierto es que existe un vacío legal considerable con respecto a los quads, que con la legislación en la mano pueden ser considerados de mil y una maneras, ateniéndose a su vez a distintas leyes, pero hay ciertos aspectos legales básicos que todos debemos tener claros, ya que según explicó José Luis Hernández, propietario de J.H. Sport, no sería la primera vez que, con el quad en el garaje y las llaves en la mano, su usuario descubre que debe obtener un permiso de conducir o que sólo puede circular por recintos privados.
Con el objeto de aclarar muchos de los interrogantes que se ciernen sobre este novedoso medio de transporte, Hernández acudió al programa "Balcón al Mar", de Radio Lanzarote, conducido con gran maestría por Laura San José.
Incremento considerable de ventas
Durante el transcurso de su intervención, Hernández confirmó el incremento considerable de ventas que ha experimentado este tipo de vehículos en la Isla, ya que se le han encontrado multitud de utilidades y los usuarios se dan cuenta de que se trata de un medio de transporte bastante fiable y seguro.
En este sentido, el perfil del usuario de los quads en la Isla corresponde a una persona adulta, de entre 30 y 60 años, mayoritariamente varón (aunque muchas mujeres también empiezan a adquirir sobre todo la versión deportiva), y que lo utilizan principalmente para trabajar.
"Se ha incrementado mucho la venta del quad 4X4, que es un vehículo para carga, para llevar a cabo trabajos en el campo, de arrastre etc...", declaró Hernández, quien añadió que presenta algunas ventajas sobre el tractor tradicional, ya que con éste no se puede circular por la carretera, al contrario de lo que sucede con los quads y es mucho más económico.
No es un juguete
José Luis Hernández también quiso dejar claro que el quad, al contrario de lo que piensan muchos usuarios, no se trata de ningún juguete, ya que lleva consigo un periodo de adaptación y de práctica para poder conducirlo con garantías. En este sentido, afirmó que tiene un funcionamiento más complejo que el de una motocicleta. "En los últimos meses se están produciendo algunos accidentes precisamente por el escaso respeto y por la aparente facilidad de manejo que tienen estos vehículos, pero no debemos de llevarnos a engaño, ya que conducirlos con eficiencia lleva su tiempo", declaró el propietario de J. H. Sport.
Aspectos generales
Aunque todos los quads comparten básicamente su aspecto y construcción, las peculiaridades de cada uno, según Hernández, nos obligan a encuadrarlos dentro de normativas diferentes. Así, como norma general, los deportivos y ATV de máxima capacidad son considerados Vehículo Especial, una categoría muy genérica que engloba a su vez a la maquinaria agrícola y de obras. En este caso, el título necesario para su manejo es la licencia B, y en ningún caso se podrá conducir con acompañante.
Los modelos infantiles no matriculables no son considerados en ninguno de los apartados a los que se refiere el Reglamento General De Vehículos, por lo que su uso está restringido a fincas privadas o circuitos cerrados al tráfico.
Un peldaño por encima se encuentran los ciclomotores (hasta 50 cc), que son aquellos quads destinados generalmente al público adolescente y cuya legislación permite circular legalmente con pasajero, aunque el uso del casco y la posesión de la licencia de ciclomotor y seguro son condiciones indispensables para poder conducirlo.
Cuatriciclo
El verdadero problema llega con los hasta ahora considerados Cuadriciclos, pues según el Reglamento General de Vehículos su denominación correcta es Cuatriciclo. La condición indispensable para su homologación es la potencia del motor, que no debe superar los 15 kw, y el peso, que no debe exceder de los 400 kg.
Por este motivo, hay modelos de generosas dimensiones capaces de transportar dos pasajeros, que cuentan con señalización óptica y acústica y no tiene la consideración de cuatriciclos. En primer lugar, estos vehículos pueden ser utilizados por conductor y un acompañante, circular por la calzada como un automóvil e incluso acceder a autopistas y autovías.