El Juzgado de lo Penal número 1 de Arrecife ha condenado a Ángel Domingo Bermúdez de León a una pena de un año y tres meses de prisión y al pago de una multa de 3.240 euros y de una indemnización de 7.400 euros por un delito contra la propiedad intelectual. Según la sentencia, el acusado ejercía las funciones de director comercial de Cash and Carry Lanzarote e incluyó en un folleto publicitario del establecimiento la imagen del cartel de Carnaval de Arrecife de 2013, modificándolo y sin contar con "autorización para su reproducción y modificación". Tanto el Ayuntamiento de Arrecife como la autora del cartel, Nuria Meseguer, que es quien recibirá la indemnización, estaban personados como acusación particular en el procedimiento.
En la sentencia se explica que el Consistorio encargó el cartel anunciador de las fiestas a la artista y le pagó por ello 1.400 euros. Se considera probado que el 3 de marzo de 2013, el periódico Canarias 7 incluyó como separata de su publicación un folleto del supermercado Cash and Carry Lanzarote, en cuya portada aparecía el dibujo artístico elaborado por la artista paras fiestas de Carnaval. "La obra de Meseguer se encontraba modificada, al haberse superpuesto sobre la imagen de su hija, la de la tarjeta de fidelización de puntos del supermercado y la expresión Consíguela", se indica en la sentencia.
En la misma se señala que la elección del dibujo y del diseño que se incluyó en el folleto publicitario se llevó a cabo siguiendo las órdenes de Ángel Domingo Bermúdez de León, que ostentaba las funciones de director comercial del establecimiento. Se considera probado que "actuó conociendo que la obra artística había sido utilizada en el cartel anunciador del Carnaval de Arrecife y careciendo de autorización para su reproducción y modificación".
"Perjuicio moral"
El periódico Canarias 7 vendió el 3 de marzo de 2013 en Lanzarote un total de 1.640 ejemplares, según la sentencia, que contenían el folleto publicitario del supermercado lo que, según recoge la sentencia, "ocasionó un perjuicio moral a Nuria Meseguer, a quien sus amistades y familiares le llamaron preguntándole por la causa de dicha alteración, mostrándole su estupor".
En la resolución del Juzgado de lo Penal número 1 de Arrecife se indica que los perjuicios económicos causados a la artista "no han sido acreditados". Tampoco ha quedado acreditado, según se recoge, que el otro acusado, Domingo José Robayna del Castillo, administrador de Cash and Carry, "fuera conocedor ni tuviera intervención en la actuación llevada a cabo por Ángel Domingo Bermúdez de León", por lo que le absuelve del delito del que había sido acusado.
Así, la sentencia no da crédito a la declaración del condenado, que "para exculparse en el acto del juicio oral declaró que comenzó a trabajar en el año 1985 y que desde el año 2011-2012 ya no tenía autonomía en el trabajo, por lo que tenía que dar a Domingo José Robayna (dueño y administrador de la empresa) cuenta de todo lo que hacía, incluida la publicidad".
Contradicciones
En el juicio, como se detalla en la resolución judicial, comparecieron dos trabajadores como testigos propuestos por la defensa de Ángel Domingo. "Apoyando su tesis vienen a declarar que dado que Domingo José era el dueño y administrador suponen que debería ser conocedor de todas las particularidades de la empresa". No obstante, indicaron que "no presenciaron conversación alguna entre el mismo y Ángel Domingo a propósito del cartel de la publicidad" ni tenían "conocimiento de tal circunstancia de modo a ciencia cierta".
Además, en el juicio el propio Domingo José Robayna lo negó "categóricamente, afirmando que tenía otra empresa que era adonde acudía diariamente" y que en Cash and Carry el otro acusado "era el director" y "tomaba todas las decisiones e incluso negociaba con los bancos". Y ante lo opuesto de ambas declaraciones, el fallo da verosimilitud a la versión de Domingo José y no a la de Ángel Domingo, "por las contradicciones en las que incurre". En este sentido se indica, por ejemplo, que él mismo en la fase de instrucción afirmó "que tenía funciones de director". Además, una de las testigos propuestas por su defensa manifestó en el juicio que fue él quien la nombró encargada. "Por lo que sus facultades comprendían incluso la designación del personal de la empresa", se pone de manifiesto en la sentencia.
Por otra parte, otro empleado, un auxiliar administrativo, señaló tanto en el juicio como previamente que era el director, Ángel Domingo Bermúdez, "quien le daba órdenes y bajo cuya dependencia actuaba". En cuanto a la publicación en cuestión del folleto, el trabajador afirmó que "una vez encontró el cartel en internet, Ángel Domingo le dijo que lo utilizara", pese a que él le advirtió de que "lo estaba utilizando el Ayuntamiento para anunciar los carnavales y que igual tenían problemas". A lo que le respondió "que no iba a pasar nada porque iban a repartir pocos folletos".