Política

San Ginés solo tenía asesoramiento verbal de Calatayud cuando incautó la desaladora

El presidente pidió un informe jurídico después de haber ejecutado ya la incautación. El expediente revela que previamente no había dictámenes de ningún funcionario de la Corporación, a excepción de la propuesta de Duchemín?

San Ginés solo tenía asesoramiento verbal de Calatayud cuando incautó la desaladora

El presidente del Cabildo y del Consejo Insular de Aguas, Pedro San Ginés, ordenó incautar la desaladora de Montaña Roja sin tener ningún informe jurídico que respaldara esa decisión. El único que consta se elaboró después de ejecutar la incautación y está firmado por el abogado Ignacio Calatayud, según se desprende del expediente al que ha tenido acceso La voz. 

El propio abogado, que no es funcionario del Cabildo, empieza su escrito explicando que San Ginés le requirió este informe después que se hubiera producido ya la incautación. Y entre otras cosas, San Ginés preguntaba si era "viable la subrogación o incautación del servicio por parte del Consejo e, igualmente, los requisitos necesarios para ello", pese a que ya se había ejecutado esta medida.

En su respuesta, emitida el 29 de septiembre de 2014 (es decir, 11 días después de la incautación), Ignacio Calatayud no sólo avalaba la decisión de San Ginés, sino que dejaba constancia escrita de que previamente había dado asesoramiento verbal al presidente sobre este tema. "Con carácter previo a la incautación se consultó a este letrado, el cual consideró que dicha medida era viable jurídicamente", dice literalmente en su informe. Además, este dictamen de un abogado externo y emitido ‘a posteriori’ fue asumido por el secretario del Cabildo, Pancho Perdomo, que estampó su firma mostrando su conformidad con el dictamen de Calatayud.

Sin embargo, no constan informes jurídicos ni del secretario ni de otro funcionario del Cabildo antes de ejecutar la incautación. Lo único que hay en el expediente es un informe del entonces gerente del Consejo Insular de Aguas, José Juan Hernández Duchemín, proponiendo que se abriera un expediente sancionador a Club Lanzarote por tres faltas leves y una menos grave y que se adoptaran "medidas cautelares", sin concretar cuáles. Al día siguiente, San Ginés dictó una resolución abriendo ese expediente y ordenando la incautación de la desaladora, y en 48 horas se había ejecutado esta medida y entregado la planta a Canal Gestión.

 

"No es necesaria autorización judicial", según Calatayud


Uno de los argumentos que sostiene Ignacio Calatayud en el informe que elaboró tras la incautación, avalando esa medida ya consumada, es que no era necesaria autorización judicial para acceder a las instalaciones, ya que "sólo es necesaria para entradas domiciliarias". "No es necesaria autorización judicial porque, a juicio de este letrado, la desaladora y la depuradora nunca van a tener la consideración de domicilio o lugar equivalente, único caso a nuestro juicio que requiere una orden judicial para poder ejecutar la orden de incautación", sostiene en su informe.

Sin embargo, tanto el Tribunal Superior de Justicia de Canarias como la Audiencia Provincial han dictaminado ya lo contrario en sendas resoluciones relativas a esta incautación (una en la vía contencioso administrativa y otra en la vía penal). De hecho, éste fue uno de los motivos por los que el TSJC ordenó anular la incautación, en una sentencia dictada el pasado 17 de junio. En esa sentencia, el Tribunal subraya que la ley protege el "derecho a la inviolabilidad del domicilio o de aquellos locales en que se desarrolle una actividad empresarial", por lo que son los tribunales quienes deben autorizar una entrada que requiera consentimiento del titular.

Por su parte, en el auto en el que ordenó tramitar la querella contra San Ginés y contra los gerentes del Consejo y del Consorcio Insular de Aguas, la Sección Sexta de Audiencia Provincial señala que ve un acto "presuntamente delictivo" en el modo en que se ejecutó esa incautación, entrando en la planta sin una orden judicial. Al respecto, recuerda que hasta dos leyes distintas establecen que es necesaria una orden judicial para autorizar "la entrada en domicilios, así como en los restantes edificios o lugares cuyo acceso requiera el consentimiento de su titular, cuando proceda para la ejecución forzosa de actos de la administración". Así, a diferencia del criterio sostenido por Calatayud en su informe, la Audiencia subraya expresamente que la necesidad de requerir una autorización judicial no afecta sólo a los domicilios.

 

"Dotaciones públicas"


En su informe, Ignacio Calatayud también insiste en considerar "dotaciones públicas" la desaladora y la depura de Montaña Roja, aunque hubieran sido ejecutadas por la empresa Club Lanzarote. "No son propiedad privada de Club Lanzarote, sin perjuicio de su obligación de conservación y mantenimiento", sostiene el abogado, que equipara la situación de estas instalaciones, por ejemplo, a la de los "viales, zonas verdes y aparcamientos" que debe ejecutar y entregar a la administración el promotor de un plan parcial.

Además, insiste en que Club Lanzarote no tenía autorización para producir ni vender agua. Al respecto, sí recuerda que la empresa recibió incluso una autorización en 2004 para ampliar la planta y para explotarla "por un plazo de ocho años o hasta cuando entre en servicio en la zona la red de abastecimiento del Consorcio Insular de Aguas de Lanzarote o de Inalsa", cosa que aún no ha sucedido.

Sin embargo, Calatayud sostiene que el permiso ya no está en vigor y además agrega que esa autorización se concedió "como no podía ser de otro modo, para "el autoabastecimiento del complejo Club Lanzarote SA y no para la venta". Aunque, aunque la empresa pidió una prórroga en 2012 y el Consejo Insular de Aguas no respondió, el abogado defiende que se denegó "por silencio administrativo", por lo que no existe autorización.

Sobre este punto también se pronunciaba en su auto la Audiencia Provincial, considerando "sorprendente" este argumento, que fue utilizado por San Ginés al abrir el expediente y ordenar la incautación. "Por más que el sentido del silencio sea negativo, no lo es menos que la Administración está obligada a resolver", sostenía al respecto la Audiencia, que considera que "escudar la ausencia de autorización en un previo incumplimiento no parece de recibo". Además, el auto añadía que en cualquier caso la denegación no era firme, ya que "en ausencia de acto expreso, el plazo de seis meses para recurrir en sede contenciosa no ha vencido. Es más, ni tan siquiera se ha iniciado".

 

Otra causa penal por decisiones basadas en informes de este letrado


Además de haber representado al Cabildo en varios pleitos en los últimos años, como el de la Cueva de Los Verdes, Ignacio Calatayud también ha elaborado distintos informes externos para la Corporación bajo el mandato de San Ginés. Y una decisión basada en otro informe de este letrado también ha terminado siendo investigada en un procedimiento penal. La denuncia partió de Alternativa Ciudadana y hace unos meses, la Fiscalía Provincial de Las Palmas pidió abrir de diligencias penales en los Juzgados, al encontrar "irregularidades constatadas" e indicios de posibles delitos

Entre otras cosas, en la denuncia se analizaba lo ocurrido en el año 2013, cuando el Consorcio del Agua aprobó la fórmula de pago a los acreedores de Inalsa. En aquel momento, la interventora del Consorcio emitió un informe en el que advirtió de que los acuerdos de pago a los acreedores eran "nulos de pleno derecho" y "atentaban contra los intereses del Cabildo", ya que se pagaban deudas de Inalsa con el dinero del concurso con el que se privatizó la gestión del agua. Sin embargo, en base a dos informes externos (uno de ellos encargado a Ignacio Calatayud y otro a Pedro Lasso), se decidió seguir adelante. Poco después, la interventora presentó su dimisión.

"Le sobran motivos a ella para presentar la renuncia y a mí para cesarla. Le sobran los motivos de preocupación", señaló entonces el presidente, Pedro San Ginés, después de que la interventora dejara su puesto, adelantándose así a su destitución por parte de San Ginés. Los informes de Intervención salieron a la luz de la mano de la oposición, que denunció que se estaba "regalando" dinero del Consorcio a Inalsa para "librar" a los gestores de la responsabilidad que pudieron tener en su quiebra, y que les podría haber llevado a responder de la deuda con su patrimonio personal. Uno de los partidos más críticos fue Alternativa Ciudadana, que en julio de 2013 decidió presentar una denuncia en Fiscalía, advirtiendo de éste y otros hechos que podían ser delictivos en la gestión de Inalsa desde el año 2006.