El senador Pedro San Ginés (Coalición Canaria) ha ofrecido este viernes una rueda de prensa en la que ha valorado el archivo de una de las causas que el Tribunal Supremo investigaba contra él. En concreto, del caso que analizaba la presunta contratación irregular del abogado Ignacio Calatayud en las empresas públicas Inalsa y el Consorcio del Agua de Lanzarote, cuando San Ginés era presidente del Cabildo de Lanzarote y también presidente de ambas entidades.
El alto tribunal recibió la causa que primero el Juzgado de instrucción número 2 de Arrecife, bajo la titularidad de Jerónimo Alonso, investigaba contra San Ginés por la presunta comisión de los delitos de fraude a la administración, prevaricación, tráfico de influencias, apropiación indebida y deslealtad profesional. Tras la solicitud de recusación por parte de San Ginés e Ignacio Calatayud, la causa pasó al Juzgado de Instrucción número 4, del que es titular Ricardo Fiestras.
Tras su aforamiento como senador por la Comunidad Autónoma de Canarias, por iniciativa de Coalición Canaria, la investigación fue enviada por el Juzgado de Instrucción al Tribunal Supremo. El alto tribunal concluyó en el auto de archivo que el juez instructor "no aclara ni analiza" en la exposición razonada "aquella contratación supuestamente irregular" y que "tal y como está redactada, no ofrece ningún principio de prueba, que avale razonablemente en realidad unos hechos".
Según San Ginés, la decisión del alto tribunal explica que "queda más que probado que no existe ningún elemento que pueda avalar la existencia de hechos delictivos atribuidos a mi persona, como durante años ha intentado hacer creer interesadamente la expresidenta socialista del Cabildo de Lanzarote Dolores Corujo”.
Además, en una nota de prensa emitida por Coalición Canaria, San Ginés ha atacado al primer juez instructor Jerónimo Alonso, y ha asegurado que el Supremo determina que el proceso de instrucción del caso estuvo "plagada de abusos judiciales [...] hasta que fue apartado por la Audiencia Provincial. Si bien es cierto, el auto del Supremo al que ha tenido acceso La Voz no recoge estas afirmaciones.
San Ginés ha continuado indicando que esta causa judicial es "una persecución por motivos exclusivamente de índole política, alentada por dirigentes y cargos públicos del PSOE de Lanzarote".
Además, ha acusado al partido en la oposición de "minar la honorabilidad y la imagen pública" del actual presidente del Cabildo de Lanzarote, Oswaldo Betancort, en respuesta a la nota de prensa enviada por los socialistas donde amenazan con acudir a los tribunales por las presuntas acciones llevadas a cabo por el Cabildo de Lanzarote para desistir en la acusación de Inalsa y el Consorcio en la causa contra San Ginés.
El expresidente del Cabildo de Lanzarote ha asegurado que "quien debiera estar muy preocupada es Dolores Corujo porque el auto confirmado por el Supremo desvela la falsa denuncia".
Al respecto, Pedro San Ginés ha explicado que cuando el auto señala que un reciente informe “implica el desestimiento implícito de la acción”, lo que en realidad revela es “que los servicios jurídicos del Consorcio, una vez que se han hecho con las riendas del caso, han venido a informar al tribunal que Dolores Corujo ocultó a la asamblea, a los alcaldes y al Juzgado informes jurídicos, actas oficiales y presupuestos, todos ellos exculpatorios, para incriminarme recurriendo a servicios jurídicos externos”.
Durante una comparecencia pública desarrollada en Arrecife, San Ginés ha destacado que con su decisión el Tribunal Supremo “ha dejado muy claro que no es procedente” la admisión a trámite de esta causa judicial contra su persona, por lo que el alto tribunal ha decidido su devolución al Juzgado de Instrucción remitente para que, si lo considera, se continúe con la investigación de los hechos.
En este sentido, el senador por la Comunidad Autónoma de Canarias ha defendido que el alto tribunal "evidencia el escaso rigor de la acusación de unos presuntos hechos que, como ahora ve, carecen del fundamento adecuado para imputar presuntos delitos de fraude a la administración, prevaricación, tráfico de influencias, apropiación indebida y deslealtad profesional”.
El Supremo indicó en su auto que "no existe por parte del instructor" que envía la causa al Tribunal "una previa valoración jurídica ni de indicios de participación” del aforado "en los hechos denunciados".
San Ginés ha recordado que esta actuación previa es, como se recoge en la decisión del Tribunal Supremo, “exigible conforme a una interpretación de la norma ajustada al canon que informa el sistema constitucional de derechos y libertades, el cual conduce a excluir la apertura de un proceso penal para la investigación de unos hechos de relevancia penal meramente sospechosa”.
El senador por la Comunidad Autónoma de Canarias también ha valorado el hecho de que el Tribunal Supremo haya considerado que la exposición razonada “no aporta ningún elemento o principio de prueba” que pueda considerarse un “aval razonable con la realidad” de los presuntos hechos irregulares.
En este sentido, San Ginés ha destacado que el Ministerio Fiscal solicitó el archivo de la causa, ya que, según recoge el auto, “debe rechazarse la imputación contenida en la exposición razonada” de este procedimiento judicial, ya que “los hechos contenidos en el relato fáctico, tal y como está redactada, no ofrecen ningún elemento o principio de prueba que avale razonablemente en realidad unos hechos que sean susceptibles de ser subsumidos en un precepto penal” por parte del senador, "limitándose el instructor a afirmar sobre la existencia de las denuncias formuladas e investigaciones, sin ningún apoyo objetivo de los hechos”.
“De ahí procede la rotundidad con la que se expresa el alto tribunal”, ha incidido San Ginés, “porque deja absolutamente claro que no procede la admisión a trámite de la causa y que lo único que en derecho procede es acordar su archivo con devolución al juzgado instructor para que continúe con la investigación de los hechos en relación con las actuaciones de otras personas afectadas”.
Horas después de la rueda de prensa se dio a conocer que el Supremo había archivado una segunda causa que investigaba la presunta comisión del delito de falso testimonio y denuncia falsa por parte del expresidente del Cabildo de Lanzarote.