Política

"No sólo es posible sino también conveniente que el Plan Territorial incluya oferta de ocio complementario"

. - ¿Cuáles fueron los argumentos que usted puso sobre la mesa a los responsables del Cabildo insular y a los miembros de la oposición que se trasladaron a Las Palmas?- En principio nosotros hablamos de ...

"No sólo es posible sino también conveniente que el Plan Territorial incluya oferta de ocio complementario"

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- ¿Cuáles fueron los argumentos que usted puso sobre la mesa a los responsables del Cabildo insular y a los miembros de la oposición que se trasladaron a Las Palmas?

- En principio nosotros hablamos de que la Consejería puede opinar en las cuestiones de legalidad, pero las cuestiones de oportunidad corresponden al Cabildo, que es el promotor y el que tiene esa competencia de decidir qué modelo turístico quiere. Es verdad que este Plan Territorial Especial es un Plan relativamente simplificado porque así lo ha hecho la ley, para tenerlo en un tiempo razonablemente corto. Tiempo en el que ninguno de los planes territoriales se ha aprobado pero la mayoría están pendientes de redacción, como pasa con el Plan de Lanzarote. En este contexto reiteramos la posición de la Consejería respecto a la legalidad, de que el Plan contenga todos los parámetros y las determinaciones que tienen que ver con el turismo en la Isla, algo que le da coherencia al documento. La planificación es más perfecta cuando más contenido tiene y da una visión más global. Y en ese contexto no encontramos ninguna razón legal para que no contenga la solución real, no sólo en un proyecto de implantación territorial de las camas turísticas sino de todo lo asociado a esas camas: la oferta turística, la infraestructura, etc. Con lo cual a la pregunta de si es posible que el Plan contenga la oferta complementaria turística, planteamos que no sólo es posible sino que desde nuestro punto de vista, es conveniente. Pero es una cuestión a valorar por la Corporación insular, por tanto, la Consejeríatiene que velar para que el Plan tenga el contenido mínimo que establece la ley, y el contenido mínimo lo contiene, tenga esa oferta complementaria o no la tenga. Desde ese punto de vista, la decisión es del Cabildo Insular.

- Vista las divergencias en el grupo de gobierno del Cabildo de Lanzarote, ¿hasta cuando está dispuesto el Gobierno a esperar para que el Plan se haga realidad?

- El Gobierno no puede imponer los instrumentos de planeamiento. El Gobierno tiene que esperar tanto cuanto sea necesario a la Institución insular que ponga sobre la mesa el documento que considere oportuno. Los efectos son los que dice la ley. Nosotros no ponemos plazo, existen unos plazos legales que, efectivamente, están ya sobrepasados. Pero es bueno que las cosas lleguen al mayor consenso posible porque será la primera señal de que ése es el mejor documento, el que va a ser aceptado por todos. Yo no veo tampoco grandes diferencias, ha surgido una cuestión nueva ahora, que obliga a realizar la Evaluación Ambiental Estratégica del Plan.

- Esta nueva ley que puso usted mismo sobre la mesa el lunes, y cuyo reglamento para Canarias acaba de ser aprobado, ¿cómo va a repercutir en la aprobación del Plan TerritorialEspecial? ¿No retrasaría más su aprobación si se contempla ocio complementario?

- El Plan Territorial no puede clasificar ningún tipo de suelo, porque para eso habría que ir a modificaciones del Plan Insular. En cuanto a la aplicación de esta ley , que es una ley básica estatal, el Gobierno de Canarias ya ha aprobado el reglamento de procedimiento de los instrumentos de planeamiento, y ahora tendrá que hacerse una evaluación de impacto, que no se había contemplado en este Plan Territorial. Eso requeriría un periodo de información pública importante, y sería deseable que se hiciera a la par que el periodo de información pública normal, para no perder más tiempo.

- ¿Y no hay posibilidades de que el PTE no tenga que cumplir con este nuevo trámite?

- Hay una posibilidad en la Ley de exonerar a determinados planes que se hayan empezado su tramitación y su redacción con anterioridad al 21 de junio de 2004, pero esa posibilidad aquí es remota. Y en ese sentido si el Cabildo lo solicita para hacer una tramitación rápida, yo la sometería a la Dirección General de Servicios Jurídicos, pero yo soy escéptico en las posibilidades de éxito que eso pueda tener. Lo más seguro y coherente es que se haga esa evaluación, y eso requerirá que el periodo de información pública sea no ya de 30 días, sino de 45 días. Se retrasaría algo, pero sería un documento de mayor solidez desde el punto de vista jurídico.

- Carlos Espino sostiene que en la reunión que mantuvieron el lunes no se dieron las razones para incluir la oferta complementaria en el Plan Territorial Especial. Si no hay razones para incluir la oferta complementaria, ¿no sería más propicio elaborarla en un documento, en otro plan específico?

- Puede hacerse de esa forma, pero la reunión no tenía como misión dar razones o no para que contenga o no contenga la oferta complementaria el Plan Insular, empezó la reunión diciendo que esas son valoraciones que tiene que hacer el propio Cabildo, es decir, que son cuestiones de oportunidad, y yo no me pronuncio en cuestiones de oportunidad de otras instituciones. Si me piden una opinión se la puedo dar, pero nosotros no dimos ninguna justificación para que tenga que estar, dijimos que legalmente puede estar, y por tanto, no hay ningún problema desde el punto de vista legal para que la contenga, y particularmente, a mí, como consejero, me parece un documento mucho más coherente cuanto más contenido tenga en relación con la materia que está planificando. Hay ventajas y hay inconvenientes. Los inconvenientes son que cuando se hace un planeamiento y otro aparte sobre el mismo tema, no se suele tener en el mismo texto el contenido que le da la coherencia al documento, el análisis global de lo que se está planificando. Es mucho más riguroso que el Plan contenga la totalidad de lo que se pretende planificar. Lo mismo pasa con la planificación sectorial. Otra cosaes que si eso puede retrasarlo, la otra alternativa también puede ser válida, pero eso es una cuestión que debe valorar la Corporación Insular.