El caso Unión sigue avanzando y otra de las piezas de esta macrocausa judicial, concretamente la relativa a la casa de Carlos Morales y Alexia de Grecia, ya tiene fecha de juicio. Será el próximo 27 de noviembre cuando el ex alcalde de Yaiza, José Francisco Reyes, se siente en el banquillo de los acusados por un delito de prevaricación urbanística y otro de prevaricación administrativa.
Aunque el propio Morales estuvo imputado en esta causa, finalmente será sólo el ex alcalde quien responda por las licencias presuntamente ilegales que concedió al primo político del rey de España. Hace año y medio, la juez que entonces instruía el caso Unión, María Jesús Hernández Elvira, decidió archivar la imputación contra Carlos Morales, al entender que éste podría haber incurrido en una infracción administrativa, pero no en un delito.
Sin embargo, sí veía indicios de delito en la actuación de José Francisco Reyes, que concedió licencias para construir esa casa a sabiendas de su ilegalidad, incurriendo por tanto en presuntos delitos de prevaricación. Así lo entiende también la Fiscalía, que pide para Reyes dos años de prisión y 16 años de inhabilitación para empleo o cargo público.
Reyes ya tiene una condena por prevaricación urbanística a sus espaldas y aún debe enfrentarse a varios juicios, incluyendo el de mayor envergadura que se sigue contra él, por la concesión masiva de licencias ilegales en Playa Blanca. Esa causa, bautizada como "caso Yate", también está pendiente de juicio, y en ella la Fiscalía pide 25 años de prisión para José Francisco Reyes, por presuntos delitos de cohecho (cobro de sobornos), prevaricación urbanística, blanqueo de capitales, actividades y negociaciones prohibidas a los funcionarios públicos, malversación de caudales públicos y falsedad documental.
Licencias con reiterados informes negativos
Los hechos que volverán a sentar a Reyes en el banquillo comenzaron en julio de 2005, cuando Carlos Morales pidió al Ayuntamiento de Yaiza una licencia municipal de obra mayor sobre proyecto básico, para la construcción de una vivienda unifamiliar en la calle Barranco del Agua, ubicada entre los planes parciales de Puerto Calero y Cortijo Viejo.
El 5 de diciembre de 2006, según el escrito de Fiscalía, el entonces alcalde firmó un decreto concediendo esa licencia, pese a que era "plenamente consciente de la ilegalidad de su concesión" e incluso contaba con informes contrarios que se lo advertían.
En uno de ellos, el entonces secretario de Yaiza, Vicente Bartolomé Fuentes, (actualmente apartado de su cargo por una condena en otra causa) le advirtió de que ese suelo estaba calificado como rústico, tanto en el Plan General que estaba vigente como en el Plan Insular. Además, hizo constar que no se había solicitado la preceptiva calificación territorial del Cabildo y que por tanto no podía concederse la licencia.
También un aparejador de la Oficina Técnica había realizado esa advertencia en otro informe, apuntando además que "el proyecto básico para la construcción de la vivienda unifamiliar estaba realizado en base a una normativa que no estaba vigente, por cuanto el procedimiento de aprobación se encontraba suspendido por la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias".
Además, el 4 de diciembre, un día antes de que Reyes firmara el decreto otorgando la licencia, el secretario del Ayuntamiento le informó de nuevo de que no se podía conceder, ya que el Plan General de Yaiza no estaba adaptado a la legislación canaria en vigor, "estando vigente el planeamiento general de 1973, afectado por la clasificación directa que realiza el Plan Insular".
Por todo ello, el fiscal concluye que "el acusado era perfecto conocedor y aún sabiendo de su imposibilidad manifiesta por la falta de todo lo ordenado por la normativa urbanística para poder ejecutar la edificación de vivienda unifamiliar aislada, no dudó en vulnerar la normativa urbanística" y conceder la licencia.
Una segunda licencia contra el criterio de los técnicos
A esa licencia hay que sumar otra concedida por Reyes sobre la ejecución del proyecto definitivo, pese a que también tenía informes negativos tanto de la Oficina Técnica de Yaiza como del secretario del Ayuntamiento.
"El mismo día en el que el secretario del Ayuntamiento le advirtió por escrito en su informe de que el suelo era rústico y de la necesidad de obtener la calificación territorial del Cabildo de Lanzarote, el entonces Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Yaiza contravino lo dispuesto por sus técnicos y obviando las más elementales normas procedimentales administrativas, vulnerando las más básicas reglas de obligada observancia impuesta por la normativa urbanística aplicable, prescindiendo de los trámites esenciales en el otorgamiento de las licencias urbanísticas al no contar con informes jurídico previo exigido" y al "no disponer de un estudio jurídico adecuado que certificara la concordancia entre el proyecto de urbanización y el planeamiento aplicable a la licencia, sin contar con el informe preceptivo y vinculante de compatibilidad con el PIOT a emitir por el Cabildo de Lanzarote, concedió sin motivación alguna y apartándose de lo dispuesto por el técnico de la oficina municipal la licencia sobre proyecto de ejecución del proyecto de urbanización en la fecha de 14 de marzo de 2006", sostiene el escrito de calificación del fiscal Javier Ródenas.
El fiscal pide la anulación de las licencias
Además de la condena a José Francisco Reyes, la Fiscalía reclamará también en el juicio la anulación de las dos licencias concedidas por Reyes para construir la casa de Carlos Morales y Alexia de Grecia. Sin embargo, al respecto cabe recordar que el actual Plan General de Yaiza, aprobado el pasado mes de julio por la Cotmac, recalifica ese espacio como suelo urbanizable, dando cabida a esta vivienda, que podría ser legalizada.
Cuando se conoció este cambio en el documento, el redactor del Plan, Jorge Coderch, defendió esta decisión y aseguró que le había resultado "lógico" regular el espacio en el que se ubica la casa de Morales. "Es un suelo residual entre dos sectores, que respondía a una ordenación que entendía que las piezas turísticas debían estar separadas. Pero a esto sólo le se hizo caso en Puerto Calero, en Playa Blanca no sirvió de nada", defendió.
"Intento quitarme todos los prejuicios con independencia de mis valoraciones personales y de quién esté afectado. Jamás he tenido en cuenta para resolver este problema que este señor es muy famoso y está imputado", afirmó entonces Coderch, cuando aún se seguía la causa penal contra Morales.
A diferencia de lo que sucede con los delitos de prevaricación urbanística cometidos por cargos públicos, los delitos de particulares contra la ordenación del territorio requieren que lo construido no sólo sea ilegal, sino también ilegalizable, lo que ya no sucedería en el caso de la vivienda de Carlos Morales con el Plan General que acaba de aprobarse.