Política

La Audiencia rechaza otro recurso de Camero en Unión y le hace pagar las costas

Pretendía que su propio perito participara en una prueba acordada por la juez instructora. "El derecho a la tutela judicial efectiva no se debe confundir con el derecho a obtener una decisión favorable"?

La Audiencia rechaza otro recurso de Camero en Unión y le hace pagar las costas

La Audiencia Provincial ha vuelto a respaldar la instrucción que está realizando la juez Silvia Muñoz en el caso Unión y ha rechazado un recurso de Felipe Fernández Camero, imputado en la causa por presuntos delitos de cohecho y alteración de concursos públicos en su etapa como secretario del Ayuntamiento de Arrecife. En su auto, la Sección Segunda de la Audiencia desestima la pretensión de Camero, que quería llevar su propio perito a una prueba acordada por la juez instructora, y le impone además el pago de las costas generadas con este recurso.

El auto, fechado el pasado 20 de noviembre, recuerda que "el derecho a la tutela judicial efectiva", al que apelaba Fernández Camero, "no se debe confundir con el derecho a obtener una decisión favorable a los intereses de la parte". Además, cita una sentencia del Tribunal Constitucional, que deja claro que el "derecho a la prueba" no está "consagrado con carácter absoluto" ni permite a las partes "llevar a cabo una actividad probatoria ilimitada" ni "exigir cualesquiera pruebas que tengan a bien proponer", sino que éstas deben tener relación con el hecho que se pretende "esclarecer".

Concretamente, Fernández Camero pretendía aportar su propio perito para la prueba que se va a realizar sobre el disco duro de un ordenador del Juzgado, para despejar las dudas sembradas por los imputados sobre la validez de varios autos de la causa. Con esta pericial, acordada por la juez, se pretende confirmar que algunos autos que no aparecen con la firma del magistrado (bien por un error material o por desaparición o sustracción de los originales, como ha denunciado el propio César Romero Pamparacuatro), fueron dictados y elaborados en su momento por el primer juez instructor desde su ordenador.

Fernández Camero trasladó a la juez instructora su petición de que en la prueba participara su propio perito y, cuando ésta rechazó su pretensión, elevó un recurso a la Audiencia Provincial, al que también se adhirió la defensa de Dimas Martín. Sin embargo, la Audiencia ha desestimado su solicitud, confirmando que la resolución de Silvia Muñoz es "correcta y ajustada a derecho".

 

"No acaban de entender" su petición


En su resolución, los integrantes de la Sección Segunda de la Audiencia subrayan que "no acaban de entender" en "qué basa" Fernández Camero su pretensión, dado que él mismo reconoce en su recurso que la prueba pericial "podría volver a repetirse en un momento posterior".

Al respecto, la Audiencia aclara que lo que se ha "denegado en estos momentos es que el examen a efectuar por la Policía Nacional tenga intervención un perito de parte", ya que la "pretensión" del recurrente de "actuar en la diligencia es contraria a la naturaleza y los objetivos de la misma". Además, subraya que la propia juez "deja claro" en su resolución que "ha ordenado que se tomen las medidas precisas justamente para garantizar que esa prueba, en su caso, pudiera llevarse a cabo" más adelante. 

En cualquier caso, sobre esa hipotética pericial paralela, la Audiencia señala que se valoraría en su momento "si realmente fuese necesaria y pertinente", "algo que en estos instantes aún se desconoce". 

 

"Sería como presumir que el resultado va a ser perjudicial"


Respecto a los argumentos de Camero para solicitar un perito propio en esa prueba, la Audiencia señala que darlos por válidos "sería tanto como presumir que, necesariamente, el resultado de la pericial, que no ha sido ordenada por las partes sino por el instructor, que está obligado a incorporar al proceso tanto lo que perjudica como lo que beneficia a los imputados, va a ser perjudicial para los intereses de la parte recurrente, cuando ni siquiera consta que se haya llevado a cabo por funcionarios públicos, de cuya imparcialidad y profesionalidad tampoco debemos dudar".

Así, con este auto que es firme y contra el que no cabe recurso, la Audiencia zanja el debate abierto por Camero sobre este tema, y al que se sumó también la defensa de Dimas Martín. Cabe recordar que tanto ellos como otros imputados de Unión han intentado alegar supuestas irregularidades en la instrucción para solicitar la nulidad de la causa.

 

La trama de Urbaser


La pieza en la que se ha ordenado esta diligencia tiene en total 17 imputados, entre los que se encuentran la ex alcaldesa de Arrecife, María Isabel Déniz, y varios directivos de Urbaser, además de técnicos del Ayuntamiento de Arrecife. Durante años, el que era gerente de Urbaser en Lanzarote, Jacinto Álvarez, apuntó en varias libretas los presuntos sobornos que entregó a políticos y técnicos del Consistorio, incluyendo al entonces secretario, Felipe Fernández Camero, en relación con la adjudicación del contrato de limpieza a esta empresa y con las revisiones anuales de precios.

Tras su detención, tanto Álvarez como el que era mano derecha de Dimas Martín en el PIL, Matías Curbelo, confesaron el pago de sobornos en relación con estos hechos. "Urbaser pagó una comisión ilegal de entre 25 y 50 millones de pesetas (entre 150.000 y 300.000 euros) por la adjudicación del contrato de limpieza con el Ayuntamiento de Arrecife. Lo sé a ciencia cierta, con total seguridad, porque Dimas me lo dijo. Me dijo que la comisión era de 50 millones de pesetas y que se la iba a repartir a medias con Isabel Déniz (entonces alcaldesa de Arrecife y secretaria del Partido de Independientes de Lanzarote)", llegó a declarar Matías Curbelo, que confesó haber recogido personalmente uno de los sobres, con el "segundo pago".