Política

El TSJC confirma la legalidad del Decreto que prohibió la demolición de edificios que se iban catalogar en Arrecife

La Sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias el pasado 2 de junio de 2008 desestima el recurso que formularon varios propietarios de Arrecife contra el Decreto que la ...

El TSJC confirma la legalidad del Decreto que prohibió la demolición de edificios que se iban catalogar en Arrecife

La Sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias el pasado 2 de junio de 2008 desestima el recurso que formularon varios propietarios de Arrecife contra el Decreto que la entonces concejal delegada del área de Urbanismo, Nuria Cabrera, dictó el 15 de julio de 2005 por el que se ordenó la "suspensión de las licencias de demolición que se hubieran podido conceder a edificaciones incluidas en la propuesta de ampliación del catálogo municipal".

Tal y como se dice en su Exposición de Motivos, dicho decreto se dictó en un momento en que hacía más de un año que se había levantado la suspensión de licencias derivada de la Revisión del Plan General de Arrecife que nunca fraguó, en cuyo lapsus de tiempo (en que no había suspensión de licencias) diversos propietarios solicitaron y obtuvieron permisos del propio Ayuntamiento que autorizaban la demolición de un total de cuatro inmuebles que se pretendían catalogar, entre los que se encontraban el antiguo cuartel de la Guardia Civil en la Plazuela y la Librería Lasso.

Ante ese panorama, derivado del empantanamiento de la Revisión del Plan General que se estaba tramitando, el Área de Urbanismo decidió iniciar un nuevo procedimiento, distinto de la revisión del Plan, exclusivamente dirigido a ampliar el catálogo del viejo Plan General añadiendo al mismo algunas edificaciones que se consideraba necesario proteger, lo que se llevó a efecto mediante el Decreto de 15-7-2005 en el que también se acordó suspender todas las licencias de demolición que se habían concedido por el propio Ayuntamiento para derribar inmuebles que estaban incluidos en el catálogo de la Revisión que no salía adelante.

Varios de los propietarios afectados recurrieron la decisión municipal, porque consideraban que no se podían volver a suspender las licencias de demolición porque según ellos era ilegal y ya se había agotado el tiempo máximo en el que pueden suspenderse las licencias de conformidad con el Reglamento del Planeamiento.

El Alto Tribunal canario ha zanjado la cuestión pronunciándose a favor del Ayuntamiento de Arrecife porque considera que los motivos que se adujeron en el propio decreto para acordar la suspensión de las licencias resultan plenamente ajustados a Derecho recordando que el mismo se dictó para salvaguardar "la situación en que se encuentran diversos inmuebles del municipio que pudieran ser merecedores de preservación" a los que en su día "se concedió licencia de demolición sin haberse tomado en consideración circunstancias que derivan de la inclusión de dichos inmuebles en el Catálogo Municipal actualmente en formación, ligado al proceso de Revisión del Plan General de Ordenación Urbana; "siendo objeto de esta Concejalía impulsar con carácter urgente la ampliación del vigente Catálogo arquitectónico tras detenido estudio de los que fueron propuestos para su protección en el documento de revisión del Plan General como medio más rápido de evitar el posible expolio o destrucción de bienes inmuebles de interés municipal", razones que el Tribunal avala plenamente.

Además, la sentencia dictada por el TSJC concluye sus razonamientos manteniendo que ni siquiera puede considerarse que se trate de una misma suspensión de licencia o de la "prolongación" de la que se acordó durante la revisión, porque "si la finalidad de las suspensiones acordadas fue evitar la iniciación o consolidación de situaciones contradictorias con la Revisión del Planeamiento en estudio, la del Decreto impugnado es la posible inclusión de una serie de Inmuebles en el Catálogo Municipal actualmente en formación, ligado al proceso de Revisión del Plan General de Ordenación Urbana para evitar la destrucción de los mismos. Por tanto no se da el imposible discernimiento que exige la Jurisprudencia para apreciar la idéntica finalidad".

La decisión del Alto Tribunal canario supone un nuevo espaldarazo a la ampliación del Catálogo municipal de Arrecife, que fue definitivamente aprobada por el Ayuntamiento en el pleno celebrado el pasado viernes.