¿Conoces las posibles sanciones de Hacienda?

1 de mayo de 2017 (10:48 CET)
¿Conoces las posibles sanciones de Hacienda?
¿Conoces las posibles sanciones de Hacienda?

La campaña de la Renta 2016 ha comenzado ya este mes de abril, permitiéndonos solicitar el borrador online para presentarlo hasta el 30 de junio de 2017. Aunque aún tenemos tiempo suficiente los expertos recomiendan preparar la información para la declaración de Hacienda con suficiente antelación.

El consejo de un asesor es crucial para evitar una inspección y problemas futuros. Y es que, Hacienda cuenta con cada vez más herramientas informáticas para el control patrimonial. Además, otro de los objetivos de su Plan de Control es incrementar las personaciones en entidades donde se realiza la actividad económica de los obligados tributarios, para regularizar situaciones de infradeclaración de ingresos. Algunos sectores son más susceptibles de inspección si suponen un incumplimiento en el IVA y otros impuestos, sobre todo en negocios y empresas con actividades de venta al consumidor final.

TIPOS DE SANCIONES

Incurrir en fraudes con Hacienda supone tres tipos de sanciones: leve, grave y muy grave. La primera de ellas se da cuando la base de la sanción no supera los 3.000€, haya o no ocultación o cuando la base de la sanción supere los 3.000€ y no exista ocultación. En este caso los infractores tendrán una multa pecuniaria proporcional del 50%.

El segundo caso, el de las sanciones graves, se da cuando la base de la sanción sea superior a 3.000 euros y exista ocultación. Asimismo, e independientemente de la cuantía de la base de sanción, cuando se hayan usado facturas o documentos falsos, sin que sea constitutivo de medio fraudulento; por una llevanza incorrecta de los libros o registros superior al 10% e inferior o igual al 50% de la base de la sanción; y cuando se hubieran dejado de ingresar cantidades retenidas o ingresos a cuenta repercutidos, cuando dichas cantidades no superen el 50% de la base de la sanción. En este caso, se aplicará una multa proporcional del 50% al 100%, que se graduará atendiendo a los criterios de comisión repetida de infracciones tributarias y de perjuicio económico para la Hacienda Pública.

Por último, la sanción muy grave se produce cuando se hubieran utilizado medios fraudulentos, y en caso de dejar de ingresar cantidades retenidas o ingresos a cuenta repercutidos, cuando dichas cantidades superen el 50% de la base de la sanción. Aquí, la multa pecuniaria sería proporcional del 100% al 150%, que se graduará atendiendo a los criterios de comisión repetida de infracciones tributarias y de perjuicio económico para la Hacienda Pública.

EN BUENAS MANOS

Una sanción de este tipo puede complicar mucho nuestra situación laboral y personal, por eso, el asesoramiento de expertos en los ámbitos laboral, fiscal, contable y jurídico, es crucial para evitar disgustos. La pérdida de tiempo juega en nuestra contra, sobre todo si nos queda poco para organizar toda nuestra información de cara a la declaración. Contar con una asesoría online especializada en aspectos fiscales es una solución práctica y económica para realizar una declaración correcta y evitar inspecciones.

Por ejemplo, en Emprendeon se encargan de todos los trámites necesarios, tanto para autónomos como para empresas o particulares. Online no significa impersonal. Que la mayoría de la gestión se tramite vía web no quiere decir que no haya un equipo detrás con gran experiencia para resolver todo tipo de dudas. Además, podemos plantearlas por distintas vías las 24 horas del día. Esta asesoría online se compone de expertos en relaciones laborales, abogados y economistas, con más de 20 años de experiencia. Aparte de vía online a través de mail o de su propia app, se puede contactar con ellos telefónicamente en horario de oficina para consultar cualquier duda.

LA MEJOR ASESORÍA FISCAL

Aún estamos a tiempo de contar con los servicios de asesoramiento online, que nos permitirán el mayor ahorro fiscal posible gracias a su experiencia sobre los impuestos a pagar en todos los ámbitos de la Administración. Contratar con ellos cubrirá  todas las gestiones necesarias, planificación y seguimiento de cualquier actividad fiscal, entre las que nos encontramos: Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF); Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA); Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE); Impuesto de Sociedades (IS); Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos; Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) y Actos Jurídicos Documentados (AJD); Impuestos sobre Sucesiones y Donaciones; Fraccionamiento de pagos, aplazamientos y liquidaciones periódicas; Estimación directa simplificada y estimación objetiva por módulos: y Reclamaciones en asuntos tributarios y asistencia antes inspecciones fiscales.

Aunque en un primer momento puede parecernos un gasto, a corto plazo será una ganancia. Teniendo en cuenta la falta de tiempo, que no todos somos buenos con los números y, sobre todo, que la fiscalidad de nuestro país no es precisamente fácil de entender, ir de la mano de un profesional del ámbito fiscal y poder contactar con él en cualquier momento nos evitará muchos problemas con los que no contábamos.

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