El Boletín Oficial de Canarias (BOC) publica este jueves 30 de abril una orden de la Consejería de Sanidad mediante la que se regula la realización de pruebas diagnósticas del coronavirus en medios ajenos al Servicio Canario de la Salud (SCS) mientras continúe vigente el estado de alarma.
Según la orden publicada este jueves, todos los centros, servicios y establecimientos sanitarios de titularidad privada de Canarias con capacidad diagnóstica para la detección de Covid-19 estarán a disposición de las autoridades sanitarias autonómicas, por si resultaran necesarios para complementar a los centros públicos.
Por su parte, los centros de investigación y universidades que hayan sido capacitados por el Instituto de Salud Carlos III como centros de apoyo al sistema sanitario también formarán parte del sistema de pruebas diagnósticas bajo la coordinación del SCS, que los podrá requerir para realizar pruebas diagnósticas cuando resulten necesarios.
Desde la Consejería de Sanidad se afirma que esta orden se ha emitido "para asegurar la homogeneidad y calidad de todos los servicios, públicos o privados, que pudieran ser necesarios de cara a la previsible continuidad de la presencia de coronavirus en Canarias durante los próximos meses y la necesidad de contener su avance". ?
Autorización de pruebas diagnósticas
Para poder realizar estas pruebas, los laboratorios deberán contar con una autorización emitida por la Dirección General de Salud Pública del SCS, en la que se certificará que se cumplen con una serie de requisitos.
El primero de ellos es que la prescripción de la prueba se realizará siempre por un facultativo en ejercicio y se ajustará a los criterios y procedimientos vigentes por la autoridad sanitaria. Asimismo, se deberá garantizar que las técnicas y materiales utilizados estén validados por el organismo nacional competente y contar con los medios necesarios para completar el proceso diagnóstico de infección activa por Covid-19.
Los laboratorios también deberán notificar diariamente los resultados de las pruebas realizadas a la Dirección General de Salud Pública. El facultativo que prescriba la prueba debe comprometerse a notificar la información de los casos diagnosticados con arreglo al Protocolo de actuación frente a casos sospechosos de Covid-19.
Adquisición de material de diagnóstico
Los centros y establecimientos sanitarios, públicos o privados, tendrán que notificar a la Dirección General de Salud Pública toda la adquisición de material diagnóstico para Covid-19, especificando el número, tipo y destino de uso, para poder llevar un control de los productos y materiales utilizados en Canarias.