SUPUESTAMENTE, EL ACUERDO PRETENDÍA ZANJAR LOS CONTENCIOSOS POR LA INCAUTACIÓN

San Ginés intentó evitar la sentencia del contrato con Canal incluyendo este pleito en el convenio con Club

En una de las cláusulas, la empresa se comprometía a retirar el recurso que presentó pidiendo que se anulara la adjudicación del ciclo del agua. Sin embargo, el acuerdo con el presidente no ha impedido que se dicte el fallo

16 de mayo de 2018 (11:03 CET)
San Ginés intentó evitar la sentencia del contrato con Canal incluyendo este pleito en el convenio con Club
San Ginés intentó evitar la sentencia del contrato con Canal incluyendo este pleito en el convenio con Club

El presidente del Cabildo y del Consorcio del Agua, Pedro San Ginés, intentó evitar que el Tribunal Superior de Justicia de Canarias dictara sentencia sobre la posible ilegalidad de la adjudicación del ciclo del agua a Canal de Isabel II, incluyendo para ello una cláusula relativa a este pleito en el convenio que negoció el pasado verano con Club Lanzarote, que fue quien llevó ese contrato a los tribunales.

Ese polémico convenio estaba supuestamente destinado a zanjar los pleitos por la incautación de la desaladora de Montaña Roja y ambas partes se comprometían a desistir de los recursos que estaban pendientes de resolverse, después de que la Justicia anulara esa medida cautelar ordenada por San Ginés. Sin embargo, también se incluyó una cláusula relativa a otro procedimiento que nada tenía que ver con esa incautación, y que se centraba solo en la adjudicación del ciclo del agua a Canal de Isabel II en el año 2013.

Concretamente, Club Lanzarote se comprometía a desistir del recurso que presentó contra la sentencia de primera instancia, que había rechazado su demanda sin entrar al fondo del asunto, limitándose a concluir que la empresa no estaba legitimada para interponerla. Sin embargo, el convenio negociado por San Ginés no logró evitar que se dictara el segundo fallo, tal como este martes desveló La Voz de Lanzarote

 

El convenio no llegó a ser aprobado por la asamblea del Consorcio


En esa sentencia que el Consorcio había mantenido oculta, el TSJC ordena revisar el procedimiento negociado por el que se realizó la adjudicación a Canal Gestión, al concluir que se introdujeron "sorprendentes alternaciones" con respecto al pliego del concurso "en beneficio" de esta empresa, lo que podría hacer que el contrato fuera declarado nulo.

El fallo está fechado el pasado mes de noviembre, tres meses después de que se conociera el acuerdo entre San Ginés y Club Lanzarote. Sin embargo, los problemas para aprobar ese convenio, que no llegó a ser avalado por el Consorcio del Agua ni por el Consejo Insular de Aguas, pudieron ser la causa de que no sirviera para evitar una sentencia que estaba a punto de dictarse.

Finalmente, tras varios intentos infructuosos con convocatorias y desconvocatorias de reuniones de ambos órganos, lo único que consiguió el presidente fue el visto bueno de la Asamblea del Consorcio, donde CC ostenta la mayoría, para "remitir ese convenio a los Juzgados", aunque sin firmar ni ser aprobado. 

 

Un acuerdo "para eludir su responsabilidad penal"


En aquel momento, distintos partidos de la oposición denunciaron que lo que pretendía San Ginés con este acuerdo no era zanjar los pleitos contenciosos sino tratar de "influir" o de "eludir su responsabilidad" en la causa penal por la incautación de la desaladora de Montaña Roja, en la que está imputado por un delito de prevaricación y otro de coacciones tras la querella interpuesta por Club Lanzarote.

De hecho, poco después de alcanzar ese acuerdo, la empresa se retiró como acusación particular en esa causa penal, aunque en este caso el procedimiento sigue su curso, ya que en él está personado el Ministerio Fiscal y también el grupo Podemos en el Cabildo como acusación popular. "Era lo razonable y lógico", señaló el presidente tras conocerse la noticia de que Club no presentaría finalmente escrito de acusación contra él a raíz de firmar ese convenio.

Fue justo después de dictarse el auto que puso fin a la instrucción de esa causa, abriendo el trámite para llevar a juicio a San Ginés y a otras tres personas, cuando se conoció el convenio, que entre otras cosas reconoce el derecho de Club Lanzarote a producir a agua y le permite seguir vendiéndola a cambio del pago de un canon al Consorcio. Hasta entonces, el presidente venía insistiendo en que las plantas de Club Lanzarote en Montaña Roja debían ser clausuradas e incluso solicitó al Gobierno canario que ordenara esa medida, además de haber acusado en los tribunales a la empresa de hasta cinco delitos, dando lugar a la apertura de unas diligencias que después fueron archivadas al no encontrarse ningún indicio de los hechos denunciados por San Ginés.

 

Las consecuencias para el pleito contra Canal, una incógnita


Ahora, a las consecuencias que ha tenido ese convenio con Club Lanzarote en la causa penal contra el presidente, se suman también las que pudieran producirse en este pleito contra el contrato de Canal Gestión, que también se ve afectado por el acuerdo. De momento, el TSJC sí llegó a dictar sentencia, pero el Consorcio no la había dado a conocer ni por tanto ha explicado si interpuso algún tipo de recurso contra ella. 

Además, en virtud del acuerdo tampoco está claro qué ocurrirá con el fallo en caso de que Club Lanzarote, como demandante, no solicite su ejecución. De llevar a término la sentencia, ésta obliga a iniciar un procedimiento administrativo para revisar la adjudicación del ciclo del agua. Según el fallo, esto implicaría entre otras cosas solicitar un informe al Consejo Consultivo de Canarias, para determinar si fue legal la adjudicación de este contrato a través de un procedimiento negociado. Y es que aunque la ley permite recurrir a esta fórmula cuando se declara desierto un concurso, como ocurrió en este caso, en el procedimiento negociado no se pueden introducir "modificaciones sustanciales".

Sin embargo, el TSJC concluye que eso fue lo que ocurrió en el caso de la adjudicación del servicio a Canal Gestión. De hecho, llega a afirmar que el contrato que se firmó "es radicalmente distinto al que fue objeto de la licitación inicial". De hecho, la sentencia advierte incluso de que "muy difícilmente podrá esta polémica actuación del Consorcio superar el obstáculo que supone el dictamen del Consejo Consultivo", en caso de que se cumpla el fallo y se inicie ese expediente.

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